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Los suboficiales del Ejército de Tierra. 
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La web sargenteria.es, que es la web oficial de los premios "In Memoriam. Mª Manuela (Mané) González-Quirós", pone a disposición del público
la descarga gratuita de la obra ganadora de la tercera edición de estos premios. Este año el premio ha sido para el Teniente de Transmisiones
D. Jerónimo F. Naranjo García por su trabajo titulado "Los suboficiales del Ejército de Tierra. La memoria de los olvidados (1931-1999)". Pinchando
en el enlace se puede acceder a la obra en formato pdf:


http://www.sargenteria.es/wp-content/up ... -Final.pdf


2016 07 16, 1:22
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ÍNDICE

INTRODUCCIÓN ......................................................................................................................... 6
Estado de la cuestión............................................................................................................. 7
Metodología y estructura del libro .......................................................................................... 9
Agradecimientos .................................................................................................................. 10
CAPÍTULO I............................................................................................................................... 11
Protohistoria de los suboficiales ............................................................................................... 11
Reclutamiento...................................................................................................................... 13
Promoción ........................................................................................................................... 16
Carrera de la segunda clase de tropa .................................................................................. 19
De la dictadura de Primo de Rivera a la Segunda República ............................................... 20
CAPÍTULO II.............................................................................................................................. 25
La Segunda República y el Cuerpo de Suboficiales (1931-1936)............................................. 25
Proyecto de una creación .................................................................................................... 25
Azaña y ley de creación del Cuerpo de Suboficiales............................................................ 29
Leyes de reorganización del CS .......................................................................................... 36
Justicia............................................................................................................................ 45
Formación ....................................................................................................................... 46
Promoción....................................................................................................................... 47
Nuevos Cuerpos de Suboficiales ......................................................................................... 52
CAPÍTULO III............................................................................................................................. 55
El Cuerpo de Suboficiales en la Guerra Civil (1936-1939)....................................................... 55
El CS del Ejército Popular.................................................................................................... 59
Reclutamiento, formación y promoción............................................................................ 65
El CS del Ejército Nacional .................................................................................................. 73
Reclutamiento, formación y promoción............................................................................ 77
CAPÍTULO IV ............................................................................................................................ 84
El Primer Franquismo: Consolidación del CS del Ejército (1939-1955) .................................... 84
Evolución del CS en el nuevo régimen. Continuismo........................................................... 85
Transformación de sargentos provisionales y de complemento. .......................................... 89
La formación del CS. ........................................................................................................... 98
Promoción ......................................................................................................................... 100
El ingreso en la EA de oficiales: El deseo de superación .............................................. 101
La Academia Militar de Suboficiales: Vuelta al pasado.................................................. 102
La Escala Auxiliar EAUX........................................................................................ 105
CAPÍTULO V ........................................................................................................................... 108
El segundo Franquismo: Ley del Voluntariado (1955-1974) ................................................... 108
Progresión y estancamiento de la carrera del CS .............................................................. 109
Formación y perfeccionamiento: Herencia de un pasado................................................... 114
Promoción: La Academia Auxiliar Militar AAM ............................................................ 119
Primera sección AAM: Ingreso en la EAUX................................................................... 120
Segunda Sección AAM: Preparación para el ingreso en la AGM................................... 121
Tercera Sección AAM: Ingreso en la EA de oficiales..................................................... 124
La Academia de la Escala Especial AEE: Nuevo modelo de promoción................. 125
Fin de una época: CS se integra en la Escala Básica EB ........................................... 127
El Cuerpo de Suboficiales de La Legión ............................................................................ 128
El Cuerpo de Suboficiales de la Compañía de Mar............................................................ 134
CAPÍTULO VI .......................................................................................................................... 137
Cuerpo de Suboficiales Especialistas (1940-1989)................................................................. 137
Cuerpo Auxiliar de Subalternos del Ejército CASE ..................................................... 137
Reclutamiento y formación............................................................................................ 140
Carrera.......................................................................................................................... 140
Creación del Cuerpo de Especialistas CE: 1940......................................................... 142
Reclutamiento ............................................................................................................... 144
Formación y carrera ...................................................................................................... 144
Especialidad Operadores de Radio............................................................................... 145
Especialidad Mecánicos-Electricistas............................................................................ 146
Especialidad Paradistas ................................................................................................ 146
Especialidad de Picadores ............................................................................................ 147
Las EFPO y los IPE....................................................................................................... 147
Primera reforma: Cuerpo de Suboficiales Especialistas CSE: 1957............................ 150
Reclutamiento y formación............................................................................................ 153
Carrera.......................................................................................................................... 156
Promoción..................................................................................................................... 156
Última reforma de los especialistas: El Cuerpo Auxiliar de Especialistas CAE............ 159
CAPÍTULO VII ......................................................................................................................... 160
Otros Cuerpos de Suboficiales del Franquismo (1940-1974).................................................. 160
Cuerpo Auxiliar de Practicantes de Sanidad Militar (1945-1989)........................................ 161
Reclutamiento ............................................................................................................... 163
Formación ..................................................................................................................... 164
Modelo de Carrera ........................................................................................................ 166
Cuerpo Auxiliar de Practicantes de Farmacia Militar (1945-1974)...................................... 168
Reclutamiento ............................................................................................................... 169
Formación ..................................................................................................................... 170
Modelo de Carrera ........................................................................................................ 170
Cuerpo de Músicas Militares (1932-1989).......................................................................... 171
Reclutamiento y formación............................................................................................ 172
Modelo de Carrera ........................................................................................................ 173
Cuerpo Auxiliar de Oficinas Militares (1941-1989) ............................................................. 176
Reclutamiento y formación............................................................................................ 177
Modelo de Carrera ........................................................................................................ 178
Agrupación Obrera y Topográfica del Servicio Geográfico (1944-1974)............................. 180
Reclutamiento y formación............................................................................................ 180
Modelo de Carrera ........................................................................................................ 181
Guardias de escolta de los Jefes de Estado (1931-1989).................................................. 182
Guardia Presidencial..................................................................................................... 182
Guardia de S. E. el Jefe del Estado y Generalísimo de los Ejércitos ............................. 183
Ingreso y formación .................................................................................................. 183
Modelo de carrera..................................................................................................... 184
Guardia Real................................................................................................................. 185
Reclutamiento y formación ....................................................................................... 186
Modelo de carrera..................................................................................................... 187
El suboficial de complemento ............................................................................................ 188
Instrucción Premilitar Superior IPS......................................................................... 190
Instrucción Militar de la Escala de Complemento IMEC ......................................... 194
Reclutamiento y formación............................................................................................ 195
Modelo de carrera y retiro ............................................................................................. 197
CAPÍTULO VIII ........................................................................................................................ 199
Génesis de un Nuevo Modelo de Suboficial (1973-1989)....................................................... 199
Comisión de estudios del Estado Mayor Central EMC................................................ 201
Creación del nuevo modelo: Ley 13/1974.......................................................................... 203
Reclutamiento: selección y acceso................................................................................ 205
Formación: La Academia General Básica de Suboficiales AGBS........................... 215
Organización de la AGBS.............................................................................................. 218
El Segundo Curso: Academias e IPE............................................................................ 222
El Tercer Curso: Prácticas, perfeccionamiento y especialización .................................. 225
CAPÍTULO IX .......................................................................................................................... 230
La Escala Básica de Suboficiales EBS: Un nuevo modelo de Suboficial ......................... 230
Carrera de la EBS.............................................................................................................. 230
Promoción ......................................................................................................................... 235
Retribuciones..................................................................................................................... 239
Recompensas y condecoraciones ..................................................................................... 242
Cruz de la Constancia................................................................................................... 243
Cruz del Mérito Militar ................................................................................................... 244
Real y Militar Orden de San Hermenegildo ................................................................... 245
CAPÍTULO X ........................................................................................................................... 246
Reformas de un modelo ......................................................................................................... 246
Primera reforma: Ley 14/1982 ........................................................................................... 246
Reforma en profundidad del nuevo modelo: Ley 17/1989 La Escala Básica EB ......... 249
Ingreso.......................................................................................................................... 253
Formación ..................................................................................................................... 255
Carrera.......................................................................................................................... 258
Promoción..................................................................................................................... 263
BIBLIOGRAFÍA ....................................................................................................................... 265
ALONSO BAQUER, M., 1997. D. MANUEL AZAÑA Y LOS MILITARES. MADRID: ACTAS. 265
SIGLAS.................................................................................................................................... 266
ÍNDICE DE TABLAS................................................................................................................ 268
ANEXOS.................................................................................................................................. 269
Anexo I Cuerpo de Suboficiales ............................................................................................. 270
Anexo II CS de La Legión....................................................................................................... 271
Anexo III Compañías de Mar.................................................................................................. 272
Anexo IV CE, CSE y CAE ...................................................................................................... 273
Anexo V Cuerpo Auxiliar de Practicantes de Sanidad ............................................................ 274
Anexo VI Cuerpo Auxiliar de Practicantes de Farmacia.......................................................... 275
Anexo VII Cuerpo de Músicas Militares .................................................................................. 276
Anexo VIII Cuerpo Auxiliar de Oficinas Militares..................................................................... 277
Anexo IX AOT del Servicio Geográfico................................................................................... 278
Anexo X CS Guardias de Escolta de Jefes de Estado............................................................ 279
Anexo XI CS de la Escala de Complemento........................................................................... 280
Anexo XII Escala Básica de Suboficiales 1974....................................................................... 281
Anexo XIII Escala Básica de Suboficiales 1982...................................................................... 282
Anexo XIV Divisas empleo del CS.......................................................................................... 283
Anexo XV Divisas de los empleos de Suboficiales durante la Guerra Civil 1936 a 1939 ........ 284
Anexo XVI Divisas empleos de Suboficiales 1939 a 1989 ...................................................... 285
Anexo XVII Divisas empleos de Suboficiales de 1989 a la actualidad .................................... 286
Anexo XVIII Distintivos CE ..................................................................................................... 287
Anexo XIX Insignias CASE..................................................................................................... 288
Anexo XX Distintivos CSE...................................................................................................... 289
Anexo XXI Especialidades EBS Especialistas........................................................................ 292
Anexo XXII Distintivo de especialidades de la EBS................................................................ 293
Anexo XXIII Insignias y distintivos escolares de la AGBS....................................................... 297
Anexo XXIV Paradigma de los Suboficiales de 1931 a 1999.................................................. 299
Anexo XXV Línea del Tiempo de los Suboficiales de 1931 a 1999......................................... 300


2016 07 16, 1:27
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INTRODUCCIÓN

Esta historia podría estar escrita en sepia y su papel tener la pátina amarilla que el tiempo imprime a las vetustas obras literarias. Pero sus rasgos son inequívocamente de la era digital, lo que le da un carácter de inmediatez y una cierta ausencia de perspectiva.
Escribir sobre un grupo social siempre es difícil, debido a la gran cantidad de recovecos que el ser humano posee. Pero hacerlo sobre un determinado grupo de militares es aún más difícil, dado el hermetismo con el que siempre se ha rodeado en España a la Institución, que ha sido protagonista de la política nacional durante el siglo XIX y tres cuartas parte del siglo pasado, y que Unamuno definió como pretorianismo.
¿Por qué la historia del suboficial? Los suboficiales como profesionales de los ejércitos, separados de la clase de tropa y con carrera propia, son relativamente jóvenes, una historia corta dentro del Ejército español, que tienen a sus espaldas, una pesada carga. En el caso de los componentes del Ejército, data del primer año de la Segunda República. Los de la Armada, al finalizar la Guerra Civil. Y para el Ejército del Aire coincide con el de su propia creación, a finales de la década de los años treinta. En estos apenas 85 años se han promulgado, solo para el caso del Ejército, un total de 34 leyes exclusivamente para regular al grupo, además de las tres últimas leyes conjuntas para todos los militares del Ministerio de Defensa. Estas leyes han generado, a su vez, innumerables decretos y órdenes para desarrollarlas. Ningún otro grupo militar del Ejército, presenta cifras tan abultadas de
legislación. Le han suprimido empleos, se los han aumentado, al igual que la fechas de retiro, condecoraciones y un largo etcétera de vicisitudes que han ido conformado a los suboficiales a lo largo de este tiempo.
Los suboficiales están íntimamente ligados a los ejércitos permanentes, creados por los Reyes Católicos, y con el nacimiento mismo de España como nación. Aparecen como componentes indispensables para el mando directo de la tropa y como nexo de unión entre ésta y los oficiales, de los que reciben directamente las órdenes. Y por último, son el grupo de mandos más numeroso y especializado de los ejércitos. Pero también, los de menor
influencia en la toma de decisiones, aunque no así en las de asumir responsabilidades. En ese periodo han ido creciendo en sus logros y aspiraciones y en la actualidad están totalmente igualados, dentro de su escalón de responsabilidades, con los oficiales de carrera, junto con los que trabaja en todas las áreas.
Ha demostrado a lo largo de su historia, su capacidad de amoldarse a los retos que le han supuesto los constantes cambios de legislación, que en la mayoría de los casos han frustrado sus expectativas de carrera. Y lo han acatado con la disciplina propia que se requiere de ellos, en un tiempo en el que las reivindicaciones les estaban vedadas, como al resto de la sociedad.
Existe un desconocimiento generalizado sobre la historia del suboficial, tanto fuera como dentro del Ejército. Con este libro espero que se aclaren dudas, se destierren prejuicios y se comprenda mejor al suboficial como grupo y como persona. No he tratado de sacar conclusiones, ni siquiera aparece ese apartado en el trabajo, tan solo exponer de manera coherente, la problemática legal con la que ha convivido durante estos años el suboficial del Ejército. Quizá ha llegado el momento de cambiar la mentalidad que existe en el Ejército con respecto a este personal, comenzando por eliminar el concepto de básica, que parece más adecuado a la tropa profesional, porque la labor que realiza no la es en absoluto básica.
Con la ley 39/2007 desapareció la Escala Media de Oficiales y con ella la promoción que tenía el suboficial, con el eufemismo de dignificar su carrera. Pero no ha desaparecido la promoción de la tropa para suboficial, por lo que hay que entender que no forma un grupo digno. La sociedad percibe al militar como un todo, y se integra en ella junto a su familia con naturalidad, pero el legislador se empeña en lo contrario, poniendo apellidos y justificando acciones más propias de otros tiempos, mientras olvida las tradiciones de la Institución, en su afán por realzar la jerarquía, que ya está suficientemente afianzada en los empleos.

Estado de la cuestión

Se ha tenido que entrar de lleno en el siglo XXI para que, gracias al empuje y constancia de historiadores civiles y militares, se haya empezado a vencer su resistencia y misterio.
Fundaciones como el Instituto Universitario General Gutiérrez Mellado (IUGM), o instituciones como la Asociación Española de Militares Escritores (AEME) y la Asociación Española de Historia Militar (ASEHISMI), han iniciado una labor divulgativa sobre todos los aspectos militares que interesan a los lectores. En el ámbito universitario aparecen publicaciones dedicadas a la historia militar, es el caso de la Revista Universitaria de Historia Militar (RUHM). Demuestra que hay un importante grupo de interesados que quiere saber sobre la milicia. Incluso los suboficiales tienen su propia asociación para la difusión de todo lo relacionado con él a lo largo de la historia, Amigos del Museo Específico del
Suboficial del Ejército de Tierra AMESETE, muy relacionado con la Academia General Básica de Suboficiales AGBS.
Anteriormente a este reciente movimiento historiográfico, hubo un grupo de historiadores, sobre todo militares, que comenzaron a abrir vías de estudio. Pero siempre con la vigilancia de la Institución, presta a preservar su intimidad, con el temor a que no fuera entendida adecuadamente por los no iniciados. Autores como el general y humanista Miguel Alonso Baquer, y los comandantes Gabriel Cardona o Julio Busquets, militares con formación universitaria, escribieron en una época muy difícil, en la que la influencia militar en el ámbito de la política, se hacía notar de manera importante. A ellos les siguieron otros como el coronel Fernando Puell de la Villa, cuya bibliografía marca una inequívoca vocación hacia un campo que tiene un brillante camino por recorrer. O civiles como Fernando Fernández Bastarreche o Muñoz Bolaño, que desde la universidad han profundizado en un
campo vedado hasta entonces.
Un autor verdaderamente implicado en el estudio del suboficial del Ejército ha sido, y continúa siéndolo, el general Fernández Maldonado. Su trabajo abarca desde el siglo de las Luces hasta los ejércitos de Ultramar, en donde se encontraban presentes los sargentos, como principales protagonistas. Especial mención al realizado con motivo del XXV aniversario de la Academia General Básica de Suboficiales, a la que está íntimamente ligado. Otros autores se introdujeron en el estudio del suboficial con trabajos poco profundos, pero de gran interés, como Gárate y Olivencia, el primero incluso con los suboficiales en la Guerra Civil; Miguel Parrilla ha dedicado una buena parte de su obra a la biografía de determinados suboficiales.
El estudio del suboficial sufrió un gran impulso cuando, gracias a la celebración del quinientoes aniversario de la creación del empleo de sargento, una modesta cantidad de trabajos vieron su publicación en varios medios de comunicación.
España goza de una rica e inagotable historia militar, forjada a través de los siglos, con extensos archivos por todo el territorio nacional, pero nunca han sido del todo explotadas por los investigadores debido, quizás, a lo apuntado anteriormente. Y es que en España, sobre todo a partir del siglo XIX, los militares han sido los protagonistas indiscutibles de la política. Solo a partir de los últimos años del siglo xx, los políticos han tomado las riendas
del poder, y el militar ha ocupado el lugar que le corresponde en la sociedad moderna en la que se ha convertido España.
En otros países, sobre todo anglosajones, el estudio e investigación del estamento militar, en todas sus facetas, ha sido un referente para el resto. Autores como el británico sir Basil Liddell Hart o el estadounidense Morris Janowicz, han marcado el camino a seguir por toda una generación de académicos militares.
De todos modos, el estudio del suboficial del Ejército, no está muy extendido, si acaso se ve reflejado de manera muy ligera en la bibliografía militar, como mera referencia.
Aunque está cambiando esta tendencia.


2016 07 16, 1:43
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Metodología y estructura del libro

El presente trabajo tratará de poner en valor a los suboficiales del Ejército, durante casi 70 años de la historia que abarca desde su creación como Cuerpo independiente, en diciembre de 1931, hasta la segunda ley conjunta del personal militar, promulgada en mayo de 1999. Por tanto se intenta conseguir un trabajo de referencia para futuras investigaciones sobre la carrera profesional de este personal.
Mediante el sistema metodológico histórico, se analizarán a través de la construcción de modelos, el Cuerpo de Suboficiales del Ejército, y los diferentes modelos de suboficiales creados después de la Guerra Civil, hasta llegar a la aparición del último de ellos, la Escala Básica de Suboficiales que marcó el camino para los suboficiales del siglo XXI, en los que continúa su evolución, adaptándose a las nuevas leyes del Estado y de la guerra.
Al tratarse de un estudio sobre un grupo social muy definido, es difícil dividirlo de manera precisa, como si no tuvieran continuidad entre sí, pero resulta más sencillo si se acude a la metodología de los modelos dentro de los diferentes momentos históricos que lo jalonaron y a la necesidad que de ellos tuvo el Ejército. Se acudirá a fuentes primarias, en donde encontrar la legislación como hitos que marcarán el camino definido, con el riesgo que
supone mostrar tan solo el armazón que lo sostiene, y dejar de lado el componente humano.
Estas fuentes proceden de la publicaciones legislativas oficiales, tanto estatales como castrenses, de las épocas estudiadas: Colección Legislativa del Ejército CLE, Boletín Oficial del Estado BOE, Boletín Oficial del Ministerio de la Guerra BOMG, Boletín Oficial del Ministerio de la Defensa Nacional BOMDN, Boletín Oficial de la Junta de Defensa Nacional BOJDN, Diario Oficial del Ejército DOE y por último del Boletín Oficial del Ministerio de Defensa BOD.
También han sido muy importantes las Escalillas de las diferentes Armas, Cuerpos y Especialidades del Ejército, así como las Memorias de las Legislaturas del Ministerio de Defensa. Y no hay que olvidar las Memorias de las Promociones de la AGBS que la Academia custodia. Las pocas fuentes secundarias, además de la escasa bibliografía sobre el tema, han dificultado el estudio sobre los suboficiales.

El libro se divide en tres partes, y sigue una línea del tiempo marcada por los acontecimientos legislativos importantes para el Grupo social estudiado.
La primera parte arranca con un preámbulo para comprender la situación social y profesional de los suboficiales entre la tropa, continúa con el nacimiento y desarrollo del Cuerpo de Suboficiales durante la Segunda República, su transformación durante la Guerra Civil en ambos bandos contendientes hasta la finalización del conflicto armado.
En la segunda nos adentraremos en la dictadura franquista, en donde se continuó con el modelo heredado de la República antes de la Guerra Civil, asistimos al nacimiento y evolución de los nuevos modelos que se crearon después del conflicto armado, con el fin de dar solución a los problemas específicos en cada área del Ejército. La tercera parte estará dedicada al impulso definitivo que supuso la creación de un nuevo modelo de suboficial para el Ejército, y finaliza con las consecuencias para los suboficiales de las leyes 17/1989 y 17/1999, que introducirían al suboficial en una nueva centuria.
Todas las tablas y gráficos representados en el presente trabajo son elaboración del autor, si no se dice lo contrario, y han tenido como fuentes las diferentes publicaciones oficiales citadas.

Agradecimientos

No me extenderé mucho en este apartado, al ser del todo imposible nombrar a los que han hecho posible este trabajo, pero siempre hay personas y organismos a los que es imprescindible su agradecimiento, por un simple hecho de justicia. En primer lugar al comandante e historiador Miguel Parrilla, rico en conocimientos y reconocimientos, por su ayuda y paciencia; una parte importante de este trabajo se debe a su memoria y documentos guardados a lo largo de años de investigación; han sido muchas horas de teléfono e innumerables correos. Al general Maldonado, insustituible en la elaboración de la tesis de la que emana este trabajo; siempre esperando servir y ayudar en lo que a los suboficiales se refiere, y a todo lo que de él se requiera, como ejemplo el patrocinio de este premio.
Quiero agradecer muy especialmente su colaboración a dos instituciones: a la Biblioteca Virtual de Defensa, por su desmesurado trabajo por poner en valor la documentación legislativa de los ejércitos, en constante evolución y carga de nuevos archivos, que tanto ayudan a los historiadores e investigadores. Y a la Delegación de Defensa en Extremadura, que sin medios humanos y apenas materiales, conserva un legado legislativo de
incalculable valor, y que ha puesto a mi disposición.
Por último a mi esposa Isabel, por su comprensión y soledad en las largas horas de estudio.

Badajoz, a 19 de marzo de 2016


2016 07 16, 2:01
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PRIMERA PARTE
CAPÍTULO I
PROTOHISTORIA DE LOS SUBOFICIALES


Al principio fue la tropa. Para entender íntegramente la historia del suboficial del Ejército hay que remontarse a sus orígenes más inmediatos. Los empleos y funciones de los que hoy conocemos como suboficiales hay que buscarlos en la clase de tropa, que estaba formada por personal de reemplazo y sobre todo reenganchados, cuyas vicisitudes regulaba la normativa de reclutamiento de cada momento histórico.
Por tanto, fueron sus herederos directos. La primera ley en la que aparecen consignados los empleos de la clase de tropa, que después serían suboficiales, fue la Constitutiva del Ejército, en 1878, impulsada por Francisco de Ceballos, marqués de Torrelavega1.
Además del soldado, se encontraba el cabo segundo, cabo primero, sargento segundo y el sargento primero. Once años más tardes, se publicó la ley Adicional a la Constitutiva, siendo ministro José Chinchilla2.
En ella se simplificaron los empleos de la clase de tropa a dos: cabo y sargento. En ninguna de las dos leyes se hacía referencia alguna a las funciones ni a la carrera de los sargentos. Pero tenían sus misiones, que de manera general se podían definir como “auxiliar “de los oficiales en destinos de mando de la tropa, cocina, almacenes, administrativas etc.
Los sargentos ya habían tomado conciencia de su importancia y querían un mayor protagonismo, así como una especial diferenciación de la tropa, en la que estaban integrados. Y hacían sus pequeñas reivindicaciones cada vez que tenían oportunidad. La vida profesional de la clase de tropa era muy intensa no solo en los cuarteles y unidades, también en sus momentos de asueto.
Tenía las mismas obligaciones que los oficiales, para contraer matrimonio3. Para entender el deseo de los sargentos de diferenciarse resto de latropa, cabría explicar que convivían juntos, lo que hacía difícil y pesado mantener una disciplina y separación entre ellos, por lo que un cambio exterior, concretamente en la uniformidad, supondría un paso hacia la consolidación de su autoridad.
Los símbolos visuales reforzaban la autoridad y cuanto más distantes parecían, más respetados eran (Lozano, 2011, p. 115). Un cambio importante sucedió durante el cuarto mandato en la cartera de Guerra del general Weyler, defensor impenitente de los sargentos y posteriormente de los suboficiales. El general se hizo eco de aquellas mejoras y las hizo suyas en numerosas normas e iniciativas legales.
Así comenzó un decidido impulso para proyectar un cambio social de su situación. Primero ordenó que en los nuevos acuartelamientos que se construyeran, sus alojamientos estuvieran separados de los del resto de la tropa4. Y en los ya existentes, mediante «mamparos o tableros, dotados de utensilios decorosos y luz»5. Se habilitaron locales como salas de estudios de sargentos, con mobiliario y presupuestos mensuales para su mantenimiento. Y en los Cuerpos de Guardia, se separó a los sargentos del resto de la tropa, además de dotarlos de mesa individual y del resto de utensilios necesarios para sus funciones y descanso.
Se les permitió pernoctar fuera de los acuartelamientos, tuvieran o no familia, excepto a los que fuera necesario por razón de servicio, que lo harían en el cuartel. Se generalizó el uso de botas, en lugar de las alpargatas, y el uniforme de paño. Las licencias se ampliaron a dos meses cada dos años, con media paga. Se administraban sus comidas de manera individual, sin intervención de los oficiales, aunque bajo inspección de sus jefes.
Estos logros, que podrían parecer pequeños a día de hoy, eran en realidad grandes avances en aquellos tiempos hacia la unificación de estos mandos intermedios en el Ejército moderno. Eran momentos de cambio para los auxiliares del mando, a la espera del definitivo que ya se vislumbraba en el futuro cercano, de manera ineludible. Pero aún no había llegado el momento.
Un hito importante, que se podría calificar de trascendental en el devenir del sargento, fue la ley del ministro Luque y Coca de 1912. El general, de tendencias republicanas, impulsó durante su tercer ministerio la ley mediante la cual las clases de tropa se dividieron en dos categorías. En la segunda se encontraban los empleos de los futuros suboficiales: sargento, brigada y suboficial. Parece que fue una ocasión desperdiciada, pues los cambios introducidos, que eran valientes, poco iban a diferir de los que realizó la Segunda República, que sí les aumento la categoría.
Con el fin de dignificar su jerarquía dentro de las clases de tropa, se les dio el tratamiento de don; eran dados a conocer en la orden de la unidad cuando se incorporara a ella, además de presentarse a sus respectivos jefes y ayudantes. Podían casarse, a partir de los 27 años de edad, previa autorización del Capitán General de su Región Militar, sin constituir depósito pecuniario ni demostrar renta alguna. Y tendrían un cuarto o sala propios en donde cumplir sus arrestos6. Este hecho, significó la aparición de un término hasta entonces desconocido en el ejército: el de suboficial. Aún no suponía un grupo aparte, como al final se tradujo, sino la graduación superior dentro de la segunda categoría de las clases de tropa7.


1 Ley Constitutiva del Ejército, 29 de noviembre de 1878, art. 19: Gaceta de Madrid (GM) n.º 354.
2 Ley Adicional a la Constitutiva del Ejército, 19 de julio de 1889: GM n.º 201. Con esta ley desapareció el cabo primero que ya no aparecería hasta 1940.
3 En 1885 se estableció, por real decreto, que para contraer matrimonio, los sargentos reenganchados debían tener al menos 12 años de servicio, es decir algo más de 30 años de edad; además debían hacer un ingreso en metálico de 2.500 pesetas (una pequeña fortuna de la época) en el momento de solicitar la dispensa correspondiente, 20 de julio: GM. n.º 202. A partir de 1901, un real decreto estableció el método de solicitud de la dispensa matrimonial, y las garantías muebles e inmuebles que los militares debían presentar para ello, 27 de diciembre: GM. n.º 362, y fue rectificado por otro en 1904; 5 de abril: GM. n.º 97. Un año después, la ley estableció las penas a las que se enfrentarían los que incumplieran la norma anterior, 15 de mayo de 1904: GM. n.º 136. Los incumplimientos debieron ser reiterados, además de que no se habían contemplado todos los supuestos, como la reparación del honor, por lo que en años sucesivos, se fueron publicando sendos reales decretos de indulto: 31 de mayo de 1906: GM. n.º 151; 9 de febrero de 1912: GM. n.º 041; y 16 de mayo de 1914: GM. n.º 137.
Con la llegada de la República, comenzaron a desaparecer las trabas para que el militar pudiera contraer matrimonio, primero mediante una orden que permitía a los Capitanes General autorizarlo antes de los 27 años, siempre que concurrieran causas morales o especiales, de 15 de junio de 1931: Diario Oficial del Ministerio de la Guerra (DOMG). n.º 132; después mediante la ley de 18 de septiembre de 1931, sin más limitaciones que las marcadas por las leyes: GM. n.º 262.
4 Orden por la que se establece en los nuevos acuartelamientos, la separación efectiva, mediante locales diferenciados, entre los soldados y los sargentos, 28 de agosto de 1905: DOMG. nº 191.
5 Orden por la que se introducen medidas de mejoras para los sargentos, 2 de enero de 1907: DOMG. nº 2. El preámbulo de la orden decía: “Los sargentos, por su larga permanencia en las filas, funciones que desempeñan cerca del soldado, y como auxiliares del mando de los oficiales, por su acrisolada disciplina y amor al servicio, merecen atención especialísima y deben ser acreedores á que se mejore su situación actual dentro del concepto moral militar, dictando reglas que tiendan á dignificar á estos individuos en armonía con la época presente á fin de que se aproximen en lo posible á la categoría inmediata superior, sin separarse ni perder contacto directo con la inferior y el soldado, á los que deben servir de modelo...”
6 Ley por la que se establecen dos categorías en las clases de tropa entre las armas y cuerpos del Ejército, 15 de julio de 1912: GM. nº 300. Se desarrolló por orden de 14 de diciembre de 1912: DOMG. Nº 284. Se ampliaron a los componentes de intendencia y sanidad por la ley de 6 de enero de 1915: GM. nº 8.
7 El término suboficial aparece por primera vez en el diccionario de la Real Academia Española RAE en 1925: “Categoría militar comprendida entre las de oficial y sargento, creada recientemente”. En 1980 no figura ni en ninguna de las ediciones anteriores. En el Ejército no existió ni como empleo ni como grupo hasta 1912. En esa fecha aparece como graduación superior de la segunda categoría de clases de tropa y
posteriormente, en 1931, Azaña le dio ese nombre al Cuerpo que se creó.


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Reclutamiento

El acceso a la segunda clase de tropa se conseguía mediante la promoción desde la primera, sin vocación ni tradición por el acceso directo desde la vida civil, porque las expectativas eran limitadas. El método empleado para progresar en el escalafón era escalonado. El ascenso a sargento se producía por selección entre los cabos primeros de cada unidad, a diferencia de los cabos que lo eran entre los de las compañías, con la única condición escolar de saber leer y escribir. Para ascender a sargento segundo, era necesario además, superar una prueba. Los conocimientos eran acumulativos y la experiencia la piedra angular del sistema, lo más valorado.
Para la preparación y ascenso de las clases de tropa, se optó por las academias regimentales8. Se trataba de un sistema creado a mediados del siglo XIX, y que ya había mostrado repetidamente su ineficacia. Para el caso del empleo de sargentos, se establecieron dos tipos de academias: las de cabos para sargentos, y la de los propios sargentos. Los principales fracasos de las academias regimentales, que nunca pudieron ser soslayados, fueron por una parte, que se encontraban en las unidades, y al mando del sus jefes, lo que sin duda repercutía negativamente en la operatividad, o en el desenvolvimiento educativo de las academias; en la mayoría de los casos en ambas simultáneamente. Por otra el profesorado, oficiales de las unidades, que no estaban preparados y casi nunca motivados para ejercer las funciones docentes. Y así lo entendió el preámbulo de la orden por la que se publicaron los programas muchos años después9:

“Los actuales programas y planes de estudio de las Academias regimentales, no han dado en la práctica, debido a su extensión, los halagüeños resultados que de ellos se podía esperar. Los informes de los Cuerpos, unánimes en reconocer la dificultad de compaginar su desarrollo intensivo con las exigencias de la vida de guarnición…a cuya dificultad se suman las resultantes de la reducción del servicio en filas consignadas en la nueva ley de
Reclutamiento…”

El problema de la formación de los sargentos y suboficiales no se solucionó. Solo una vez se mostró cierto interés, por parte de los responsables militares y políticos por sustituirlo. Fue en octubre de 1889 cuando el ministro José Chinchilla promulgó un decreto de creación de una escuela de aspirantes a cabos, aprovechando las instalaciones de la Academia Especial de Sargentos en Zamora que tenía previsto cerrar sus puertas, y que se estudiará en el apartado de promoción. Al final fue elegida Segovia. Se trataba de crear un centro de formación de cabos, con una duración de dos semestres. Los alumnos serían soldados que formarían un batallón de infantería, un escuadrón de caballería y una compañía mixta formada por una sección de artillería y otra de ingenieros10.
El objeto de la escuela era proporcionar al mayor número de soldados, los conocimientos indispensables para desempeñar el empleo de cabo en las diversas armas del Ejército, como paso previo para el ascenso a sargento. En enero del año siguiente se publicó la correspondiente orden de convocatoria para que el curso comenzara el primero de julio siguiente11. Pero los gastos que suponía el traslado de los alumnos, el mantenimiento de las instalaciones y la reducción del contingente de las unidades, decidieron anular la convocatoria y de la escuela de cabos nada más se supo12. Sin duda este intento se puede considerar como el precursor de la Academia General Básica de Suboficiales, al menos en sus preceptos. Pero quedó en un intento que el componente económico acabó por sepultar.
Porque el reclutamiento desde la vida civil mediante el voluntariado, había sido descartado de manera categórica en la exposición de real decreto de reorganización de las clases de tropa de 1885, que se decantó por las academias regimentales por motivos que, al menos hoy, parecen cuanto menos presuntuosos y ocultan la verdadera realidad del momento, que era la motivación económica y social. Y es que el ministro Genaro de Quesada partía de bases falsas y realizó suposiciones erróneas, que perfectamente se podían aplicar al caso del reclutamiento y formación de los oficiales de la época. Merece la pena ver los perjuicios que expone el ministro para el reclutamiento de sargento desde esa vía:

“Expónese, respecto al segundo de los sistemas indicados, que siendo necesario admitir a los voluntarios en las Escuelas a la edad de 15 o 16 años, que es ordinariamente cuando ya se definen las inclinaciones del hombre respecto a su futura profesión, y puesto que hay necesidad de atraerlos antes que las corrientes de la vida les aparten, distraiga o imposibiliten de consagrarse a la carrera militar, produce este sistema, por regla general, clases de bastante instrucción para el buen desempeño de sus cargos; pero sin el aplomo indispensable para el mando a consecuencia de su poca edad; con falta de carácter las más veces, por no haber sido posible estudiarlos en acción, si así cabe decirlo, antes de conferirles el empleo; con escasa experiencia del servicio; con muy limitadas condiciones para el mando, sin embargo de que las escuelas se organizan desde luego en forma de batallones y compañías; con poca afición a las prácticas minuciosas y detalles del servicio que, no por nimios muchos de ellos, son menos necesarios para el buen régimen de los cuerpos; con grandes aspiraciones frecuentemente, como quien se propone hacer su profesión de la carrera de las armas; y, en fin, con todos los defectos inherentes a las circunstancias de proceder de aquellas clases de la sociedad que menos garantías ofrecen por sus hábitos de laboriosidad y buen gobierno en la vida privada; siendo algunos de incorregible conducta, malos estudiantes o peores obreros, que se enganchan atraídos por la esperanza de vivir y medrar a poca costa, y luego, al verse defraudados en sus ilusiones, se disgustan y sirven muy mal”.

Acusaba a la juventud que él tenía en mente que acudiría a la llamada del voluntariado de sargentos, de escasa cultura, debido a lo humilde de su origen, y falta de hábito de estudio. Y así, el sistema de academias regimentales continuó, con los perjuicios que de ello se derivaron, hasta el último cuarto del siglo pasado. La carrera de la segunda clase, se fue perfilando desde finales del siglo XIX y a lo largo del primer tercio del siglo pasado. Se regularon los reenganches como método para continuar en filas, sin posibilidad de efectuar una carrera militar con la suficiente dignidad13.
La continuidad trienal dependía de la Junta de Reenganches. Eran concedidos por la Junta a propuesta de los jefes de unidad, que debían fundamentarlas convenientemente, y en correspondencia con el informe de la Junta de Reenganches de la unidad, a la que asistía, con voz y voto, el capitán de la compañía del interesado en solicitar su permanencia en filas14. La Junta de Reenganches era permanente y estaba presidida por el Subsecretario y los vocales, los jefes de las Secciones de Infantería, Caballería, Artillería e Ingenieros. Estudiaba todos los asuntos relacionados con las clases de tropa en lo referente a períodos de reenganches, declaración de aptitud, ascensos, vestuario, equipo y armamento, licencias y retiros.
En cuanto al retiro de la segunda clase de tropa, llegó a ser un problema, tanto para el Ejército como para los interesados. El pase a esa situación de los sargentos, se efectuaba a partir de los 25 años de servicio, y hasta los 28. Y las pensiones en dicha situación iban desde el 70 al 90 por ciento de los haberes que pudieran corresponderles, insuficiente teniendo en cuenta sus ingresos en aquella época. Para los empleos de la segunda clase se podía llegar hasta los 29 años de servicio. El pase a la situación de retiro forzoso se realizaba a los 48 y 51 años de edad respectivamente.

8 Orden de 10 de octubre de 1891, por la que se publica el reglamento de las Academias Regimentales de Infantería: Colección Legislativa del Ejército (CLE). n.º 393. Fue ampliado y muy detallado por la Orden de 29 de octubre de 1918: GM. n.º 224.
9 Orden por la que se publica el reglamento de las Academias Regimentales, de 9 de junio de 1925: DOMG. n.º 134.
10 Real decreto por el que se crea la escuela de cabos, de 9 de octubre de 1889: GM. n.º 283.
11 Orden por la que se convocan plazas para la escuela de cabos, de 13 de enero de 1890: DOMG. n.º 11. Se convocaron 580 plazas para infantería, 168 para caballería, 108 para artillería y 44 para ingenieros.
12 Orden por la que se anula la convocatoria para la escuela de cabos, de 4 de febrero de 1890: DOMG. n.º 27.
13 Real decreto de 20 de julio de 1885: GM. n.º 202, por el que se desarrolla la ley Constitutiva del Ejército en lo que a la tropa se refiere. En él se marcaron las plantillas, reenganches, matrimonios y todo lo relativo a la vida de la tropa. Las plantillas de tropa volvieron a retocarse por real decreto de 27 de octubre de 1886: GM. n.º 302.
14 Orden de 14 de diciembre de 1912, por la que se desarrolló la ley 15 de julio de 1912 y que publicó el reglamento: GM. n.º 284.


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Promoción

Pertenecer a la segunda clase de tropa se había convertido en un medio. En ningún caso en un fin. La aspiración primordial era ascender a oficial. La promoción a oficial hay que entenderla desde el punto de vista de la precaria situación profesional en que se encontraba la clase de tropa. Alcanzar la categoría de oficial, aseguraba un bienestar económico y sobre todo social, además de la confirmación de una permanencia definitiva en el Ejército.
El problema de la promoción entre los sargentos venía desde el siglo XIX. Para poder ascender a oficial, debían pertenecer a las Armas de infantería o caballería, por lo que los sargentos de los Cuerpos Facultativos, artillería e ingenieros, debían pasar a las dos armas. Era una cuestión de prestigio entre los oficiales que repercutía negativamente entre los sargentos.
A finales del siglo XIX, los conflictos en ultramar se estaban intensificando y el ejército allí estacionado no era suficiente, por lo que había que mandar constantes reemplazos. Y para ello no había oficiales suficientes, por lo que se optó por el ascenso a segundo teniente de la Reserva Retribuida, a los sargentos que tuvieran las condiciones para ello y siempre que fuera para el ejército de ultramar. Aquellas condiciones se fueron relajando conforme los conflictos se fueron agudizando y las necesidades iban en aumento.
El desastre de 1898 tuvo una profunda repercusión no solo social, sino militar. Continuó la inercia de los ingresos en la Escala Retribuida, desde la segunda clase de tropa, para dar salida al problema creado en ésta después de los acontecimientos en ultramar. Para entonces, se había convertido en una escala de oficiales paralela a la existente de la activa, regulada y perfectamente reglada. Los requisitos para su ingreso fueron contar con doce años de servicio y ocho en el empleo, así como superar los cursos en las academias regimentales.
Superados estos, ascendían a segundo teniente y se integraban en sus escalafones15. Con la ley de bases para la reorganización del Ejército de 1918, se quitaron todas las trabas y los suboficiales ingresaron en la Escala Retribuida, con el único requisito del informe positivo del jefe de Cuerpo. Supuso un cambio radical para su estabilidad. Incentivó el ingreso de voluntarios, en un Ejército que acababa de sufrir una verdadera hecatombe en Cuba y Filipinas, y que no era bien visto por la sociedad. Con el tiempo, la existencia de dos escalas de oficiales paralelas en el Ejército, con orígenes, edades y formación diferentes, se convertiría en una tradición con nefastas consecuencias y muy difícil de erradicar. En lugar de una dignificación de la carrera militar de los suboficiales, se convirtió en una especie de paternalismo mal entendido. No desaparecería hasta principios del siglo XXI16.
También podían ingresar en las academias militares para el acceso a la Escala Activa de oficiales. Para ello tenían que superar, como el resto de opositores, los exámenes de ingreso y el plan de estudios correspondiente. El Ejército les facilitaba su preparación y auxiliaba económicamente durante su permanencia en la academia. Pero hay que entender que era puramente testimonial, ya que muy pocos se encontraban preparados para superar las pruebas y posterior formación. Un caso especial, aunque efímero, fue el de la Academia Especial de SargentosAES17.
Para empezar el nombre puede resultar engañoso, pues parece que se trataba de una academia para formar sargentos. En realidad fue un centro de formación de oficiales para sargentos y sargentos primeros de infantería y de caballería. Los aspirantes tenían que superar un examen de ingreso. Una vez que eran nombrados sargentos alumnos, realizaban dos cursos de un semestre de duración cada uno, en régimen académico, esto es, internos y con una especial preparación militar además de la humanística necesarias para ser oficial.
Una vez superados, ascendían a alféreces18. Un poco más duradero resultó el intento del ministro José Marina en 1918 cuando creó dos colegios preparatorios con el fin de que las clases de tropa adquirieran la instrucción necesaria para el ingreso en las academias militares19.Fue como consecuencia de la promulgación de la ley de reorganización del Ejército que se verá más adelante.
Se ubicaron en las ciudades de Burgos para la cuarta, quinta, sexta, séptima y octava regiones militares además de Baleares, y Córdoba para la primera, segunda y tercera, además de Canarias y África. Se tenía previsto el aumento o disminución, atendiendo a lo que dictara la práctica.
Las plazas se asignarían a partes iguales, atendiendo a dos grupos: la primera agrupación sería para los que llevaran entre tres y seis años de servicio; la segunda para los de más de seis años de servicio y 24 años de edad.
Los de la primera agrupación deberían superar todas las pruebas, mientras que los de la segunda debían demostrar su aptitud y no cubrían plazas en la oposición. El número de plazas para cada una de las agrupaciones era de 60 en cada uno de los colegios. Y el periodo de enseñanza iba desde el primero de septiembre al 30 de junio del año siguiente, con sus correspondientes vacaciones escolares. Los aspirantes no podían permanecer más de tres años en los colegios, regresando a sus unidades en caso de no superar las oposiciones de ingreso. Con aquella ley, el ministro Marina creó también la denominada Escala Práctica de Oficiales20.
Los colegios fueron disueltos por Primo de Rivera en agosto de 1924, al no tener previstas nuevas oposiciones para el ingreso en las academias militares21. Este modelo lo veremos con más profundidad, para el Cuerpo de Suboficiales, durante la Segunda República, en donde volvió a aparecer con más éxito, y durante la dictadura de Franco, que perduró durante toda ella.

15 Ley para el ingreso en la Escala Retribuida, 1 de junio de 1908: DOMG. n.º 121.
16 Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar: Boletín Oficial de Defensa (BOD). n.º 278. Como no se reconocía la carrera de los sargentos, se crearon mecanismos para integrarlos en escalas de oficiales devaluadas, pero que al menos les aportaban mayor nivel económico y social. 17 La AES se inscribía en el marco del ya citado real decreto de 20 de julio de 1885 de reorganización de las clases de tropa. El reglamento se publicó por real orden de 16 de julio de 1886: CLE. n.º 325. Y Zamora fue elegida como sede de la Academia por real orden de 16 de agosto de 1886: CLE. n.º 354.
18 Rafael de la TORRE CASPONSA ha realizado un excelente trabajo, de recomendada lectura, sobre la Academia de Zamora, que ha sido merecedor del II premio In Memoriam Mª Manuela (Mané) González-Quirós en el año 2015. (Torres Casaponsa, 2015)
19 Orden por la que se organizan los colegios preparatorios para el ingreso en las academias militares, 9 de noviembre de 1918: DOMG. n.º 253. El reglamento se publicó por orden de 15 de marzo de 1919: DOMG. n.º 61.
20 Ley de bases por la que se reorganiza el Ejército, 29 de junio de 1918: GM. nº 181. Por Orden de 29 de octubre del mismo año, se regularon las normas de ascenso y promoción de las clases de tropa: DOMG. nº 224.
21 Orden por la que se disuelven los colegios preparatorios de ingreso a las academias militares para las clases de tropa de Burgos y Córdoba, 16 de agosto de 1924; DOMG n.º 182. Los ingresos a las academias militares se suspendieron por orden de 17 de agosto de 1923: DOMG n.º 180 y se regularon por orden 18 de octubre de del mismo año: DOMG. n.º 232.


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Carrera de la segunda clase de tropa

Sargentos, brigadas y suboficiales seguían siendo clases de tropa, pero distinguidas; esto quería decir que tenían una consideración superior a la que habían tenido hasta ese momento, con claras diferencias frente a las de primera categoría. Ambas vestían el mismo uniforme y compartían alojamiento, comedores, armamento, etc., pero ya se apreciaba que las responsabilidades de unos y otros diferían considerablemente. Se les concedió autorización para pasaje con el que podían viajar en ferrocarril y en las empresas de transportes concertadas22. Y se le asignaron misiones:

“El personal de brigadas y suboficiales que por su larga permanencia en filas adquirirá sólida instrucción y practica en el servicio, tendrá como misión primordial la de facilitar la gestión del mando, llenándose así la necesidad de disponer de categorías intermedias o de enlace entre el oficial y las demás clases”. “… habrá en cada Cuerpo un suboficial para auxiliar el despacho de los asuntos pertenecientes a la oficina del jefe principal, una en la de Mayoría, existiendo además otro de dicha categoría, que ejercerá las funciones administrativas que están hoy a cargo del abanderado, portaestandarte o segundo ayudante. El oficial de almacén tendrá a sus órdenes un brigada en concepto de auxiliar”23.

Con la reorganización del Ejército llevada a cabo en 1918 por José Marina, desapareció el empleo de brigada, mientras que se les aumentó el sueldo a los sargentos un 30 por ciento. Aunque las funciones de los suboficiales estaban limitadas a las propias de su clase, se ampliaron a los servicios económicos y de armas correspondientes de los oficiales, cuando por sucesión de mando les correspondiera24.
A diferencia de los oficiales, la segunda clase de tropa carecía de corporativismo, al no tener una academia común en la que formarse, además de que nadie los contemplaba como auténticos profesionales con una carrera militar definida. Pero como aquéllos, comenzaron a organizarse en el movimiento juntero militar que floreció, con el amparo de Alfonso XIII, a partir de 191725. Se trataba de sindicatos encubiertos que amenazaban con romper la disciplina militar. El gobierno se opuso a ellos, pero la situación política era inestable y el peligro para la Institución militar era grande.
En esta situación, el Rey se puso de parte de los militares y el nuevo gobierno aprobó un real decreto por el cual se creaban lo que se definió eufemísticamente «Comisiones Informativas» para cada una de las armas y cuerpos26.
En este tipo de asociacionismo militar no solo estuvieron presentes los oficiales. La segunda clase de tropa no estaba en las mismas condiciones profesionales y sociales que los oficiales, aunque tenían las mismas reivindicaciones, y aún más que ellos. Había una falta total de corporativismo entre sus miembros, más allá de los componentes de la propia unidad. Así que crearon sus propias Juntas, de un gran peso pero de efímera vida, siguiendo el mismo modelo que las de los oficiales. Con estos movimientos, la segunda clase de tropa no tenía por objetivo desestabilizar el gobierno y mucho menos el sistema político, tan solo conseguir un reconocimiento social y profesional acorde con su trabajo diario es decir, una dignificación que vieron posible gracias a las Juntas y reconocida por la Dictadura y la República.
A partir de entonces, les fue mucho mejor para sus aspiraciones. Comenzaron a conseguir anhelos ya viejos, siempre desde la humildad de su contexto militar y social. Sus reivindicaciones fueron importantes y en varias direcciones, que en la mayoría de los casos, se vieron realizadas con posterioridad: ingreso en la AGM, disponer de sus propios Casinos, un empleo en propiedad y la creación de su propio Cuerpo (Parrilla, 2000, 36-39). Sin embargo, las juntas de las Clases fueron suprimidas, como las de oficiales, en los primeros días de 1918 por el ministro de la Cierva y el general Castillo expulsó del Ejército a sus componentes. Ese mismo año fueron readmitidos la mayoría de los que lo solicitaron, con todos sus derechos, no sabemos si por la necesidad que de ellos tenía el Ejército, o por la discriminada actuación que con ellos tuvo el Ministerio en comparación a la contemplada con los oficiales junteros27. No cabe duda que las Juntas se hacían notar en partidos políticos y sindicatos.

22 Real decreto de 11 de abril de 1917: GM. n.º 102.
23 Párrafos segundo y tercero del artículo primero de la ley de 15 de julio de 1912.
24Orden por la que se establece la sucesión de mando para los servicios de los oficiales por parte de los suboficiales, 13 de enero de 1921: DOMG. nº 10.
25 La doctora Isabel ALONSO IBÁÑEZ, escribió su tesis doctoral sobre ellas y en la segunda parte trata íntegramente sobre el movimiento juntero de la segunda clase de tropa del Ejército. El Rey no fue nunca partidario de las Juntas de Clases. El ministro La Cierva manifestó el miedo de que los sucesos de Rusia se repitieran en España.
26 Real decreto por el que se crean las Comisiones Informativas de las Armas y Cuerpos, 30 de diciembre de 1919: GM. nº 2 de 1920. Con la creación de las Comisiones, no se dio al oficial el mismo trato que a las clases de segunda categoría, que fueron expulsados del Ejército.
27 Ley de amnistía, 8 de mayo de 1918: Boletín Oficial del Estado (BOE). nº 129.


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De la dictadura de Primo de Rivera a la Segunda República

En esta situación se encontraba la segunda clase de tropa cuando el general Primo de Rivera dio su golpe de estado, en septiembre de 1923, de nuevo con la aquiescencia de Alfonso XIII. Fue una época de logros para la segunda clase de tropa. Comenzaron con los Casinos de Clases. Había que encontrar lugares con ambientes de menor rigor disciplinario fuera de los cuarteles, en los que proteger las aspiraciones de sus miembros para una mejor integración social y proyección hacia la cohesión del compañerismo.
Además, existía una necesidad de acrecentar las aspiraciones intelectuales y artísticas de este personal que, aun perteneciendo a la clase de tropa, se sentía de una manera indefectible, diferente a ella. Atendiendo a esta pretensión, en 1924 Bermúdez de Castro creó los Casinos de Clases, bajo la dirección e inspección de los jefes militares28. El origen era las denominadas «Casas del Soldado», centros recreativos de la tropa, que iban adquiriendo relevancia. En ellas se desarrollaba la vida social y buenas costumbres. Varias señoras de la alta sociedad madrileña, entre las que se encontraba la duquesa de Talavera, cuñada del Rey, fomentaron sus fundaciones y las protegieron, como expresión de su celo por los soldados del Ejército.
Así, las Casas fueron reorganizadas en Cassinos de Clases por los Gobiernos Militares, en los mismos lugares en donde estaban ubicadas. En un principio se asignaron 250.000 pesetas para su creación y entretenimiento, por lo que los fondos de material del Ministerio dejarían de soportar la carga económica que ello suponía. A partir de entonces sería la autoridad militar la encargada y responsable de ellos, quedando excluidas toda clase de asociaciones o juntas compuestas por civiles. Había que evitar toda influencia ajena al Ejército que pudiera ser perniciosa o que influyera en las opiniones reivindicativas de sus miembros. El reglamento, publicado al año siguiente, estableció los fines y reglas básicas para su funcionamiento. Como rezaba su artículo primero, se pretendía, ante todo:29

Estrechar los lazos de unión y de franco compañerismo entre las clases de las distintas Armas e Institutos del Ejército y de la Armada, atender al desarrollo e instrucción por medio de conferencias y veladas, proporcionando a los socios, recreos lícitos y facilidades para el acrecentamiento de la cultura general y profesional y para la práctica de ejercicios gimnásticos y deportivos.

Los Cassinos habían sido diseñados para la segunda clase de tropa, en servicio activo, que estuvieran destinados en la guarnición correspondiente, aunque se permitía la entrada a los que se encontraran de transeúntes en la plaza, sin limitaciones de tiempo30. Al pasar a otra situación ajena al servicio, continuaban como socios de pleno derecho, aunque con consideración de paisanos. A partir de 1928, se cambió el artículo 4º del reglamento, y fueron admitidos también a los militares asimilados, como eran los de banda, y los civiles que tenían asimilación a los empleos militares de la segunda clase de tropa, esto es, una parte importante de los denominados Cuerpos Políticos-Militares del Ejército. Eran socios honorarios el Rey, el cual era considerado como el primero de ellos, y los Capitanes Generales y Gobernadores Militares. También contaban con socios benefactores, civiles y militares, que se hacían acreedores a ellos por sus obras o dádivas a la institución, como donar libros, cuadros o mobiliario, o impartir conferencias. Disponían de instalaciones para la práctica de gimnasia y deportes, como la esgrima. Biblioteca, cafetería o cantina y salón de actos, la estrella de los Cassinos de Clases31.
Contaban con un local anexo que se denominaba salón de cabos y soldados, en el que los componentes de la primera clase de tropa podían permanecer y recibir la influencia positiva de los socios. Eran los socios protegidos, y tenían a su disposición «mesa y recado de escribir»; podían leer la prensa y los libros que no estuvieran siendo utilizados por los socios. Además disfrutaban de los servicios de bar o cantina. Estaban exentos de cuotas, aunque abonaban las correspondientes a aquellas actividades que sí las tenían. Eran inspeccionados periódicamente, por el vocal de semana. Durante la República, como veremos más adelante, adquirieron una gran importancia. Azaña los definió como “una de las invenciones más absurdas de Primo de Rivera”32. Durante la Segunda República, una vez que se creó el Cuerpo de Suboficiales, los Cassinos de Clases fueron convertidos en Cassinos de Suboficiales, y a partir de 1934, una vez que los sargentos fueron incorporados al Cuerpo, se les permitió la entrada de manera oficial.
A partir de entonces “se prohibieron conversaciones y discusiones sobre temas de carácter político y religioso, además de las que pudieran suscitar desavenencias o antagonismos y relajación de la subordinación o menoscabo de los fundamentos esenciales de la disciplina”33. Para acrecentar su corporativismo y acercar posturas y pensamientos, la segunda clase de tropa, tenía una publicación propia, llamada Vida Militar, que llegó a convertirse en su portavoz y órgano de comunicación.
Se trataba de una publicación privada autorizada por el Ministerio34. A partir de 1931 continuaron los suboficiales como responsables de la misma. Se dejó de publicar en 1936 después de 138 números. Tanto los Cassinos como la revista Vida Militar, alcanzaron prestigio entre la intelectualidad dentro y fuera de la profesión. En la revista se puede apreciar el movimiento intelectual de los Cassinos de Clases primero, y de Suboficiales después. Aunque no tenía un carácter reivindicativo, no cabe duda que se utilizó para hacer constantes referencias a su situación profesional y social. Se puso de manifiesto que algo comenzaba a moverse, precisamente en la dirección de crear una nueva corporación en la estructura del Ejército, ya que la propia ley los definía como clase intermedia o de enlace entre los oficiales y las demás clases.
Mediantes ambos instrumentos, se alcanzaron cotas de libertad, tanto de expresión como vindicativas, sin precedentes entre los suboficiales, y nunca más se han vuelto a lograr. Pero continuaron con sus pequeños logros: quedaron autorizados al uso de impermeable, gorra y polainas como los oficiales, con los que no querían diferencias35. Para atender a los gastos de uniformidad se les dotó de una asignación anual, la denominada masita: 325 pesetas a los suboficiales y 275 a los sargentos36. La segunda clase de tropa comenzó a adquirir cierta relevancia entre la sociedad y dentro de la propia Institución castrense, siempre en el entorno de su humilde desempeño profesional. En 1926 se ordenó que los componentes de este personal serían los únicos que opositarían al Cuerpo de Vigilantes de la Policía37. La Dirección General de Seguridad confió en ellos para engrosar las filas de la Policía a pesar de que la ley orgánica de este Cuerpo de 1908 establecía que el ingreso como vigilantes sería por oposición libre38.
Con el advenimiento de la República en 1931, el gobierno declaró ilegal el reclutamiento de los suboficiales para el Cuerpo de Vigilantes y Azaña ordenó que los 358 componentes de la segunda clase que habían ingresado hasta entonces cesaran en sus funciones y reingresaran en sus unidades de origen del Ejército, con sus haberes correspondientes39. Esto supuso un duro revés para este personal, no solo por tener que regresar cinco años después a sus antiguos destinos y funciones ya olvidadas, sino también por la pérdida de una gratificación de 1.500 pesetas anuales, importantísima para lo menguado de sus ingresos. Después de seis años de dictadura, y ante la falta de apoyo del Ejército, dimitió Primo de Rivera, encargando el Rey el nuevo Gobierno al también general, Dámaso Berenguer.
Con él, la segunda clase de tropa continuó consiguiendo logros y comenzaban a tener un carácter casi gremial. El más importante de ellos fue que antes del advenimiento de la Segunda República, Dámaso Berenguer les concedió el empleo en propiedad, en las mismas condiciones que a los oficiales. A partir de entonces, solo podían ser desposeídos de él como consecuencia de sentencia de un consejo de guerra o tribunal competente, por lo que se acabaron las degradaciones arbitrarias y sin control. El preámbulo del real decreto describe con una claridad desgarradora, la situación en que vivían y las pocas opciones que les quedaban conforme pasaba el tiempo40:

Existen en el Ejército unas clases, cuales son los sargentos y suboficiales, que, constituyendo indispensables y eficaces auxiliares del Mando, no gozan de la permanencia y estabilidad necesarias, ya que al terminar los distintos períodos de reenganches pueden o no ser admitidos al siguiente, y cabe se dé el caso de que después de beneméritos servicios y en época de la vida en que es difícil rectificar orientaciones de trabajo, se vean privados del fruto legítimo de penosos esfuerzos.

Pero a Berenguer le faltó subir el último escalón que diera el espaldarazo definitivo para la creación del Cuerpo de Suboficiales. Tal vez, si hubiera tenido el tiempo necesario, no cabe duda que tenía la intención, habría conseguido lo que logró la Segunda República. A pesar de ello, todo estaba preparado para un paso más en la historia de los suboficiales. La República hizo poco por la segunda clase de tropa, pues tenía decidido un cambio trascendental con ellos como protagonistas; de todos modos aportó su grano de arena para su bienestar y reconocimiento social y profesional. Además del libre matrimonio ya estudiado, autorizó a los sargentos el uso del impermeable, reglamentario para los suboficiales y oficiales, tal vez porque tenía previsto no integrarlos dentro del nuevo Cuerpo que iba a crear41.



28 Orden por la que se crean los Casinos de Clases, 22 de junio de 1924: DOMG. 139. Fue firmada por orden. Al día siguiente, en el DOMG. nº 140, volvió a publicarse, firmada por el dictador.
29 Orden por la que se aprueba el reglamento para el régimen de los Casinos de Clases, 13 de junio de 1925: DOMG. nº 130. Se publicó en la CLE nº 29 del mismo año.
30 En este sentido, por una orden se aclaró el artículo 4º del reglamento, para especificar que se trataba del personal de la segunda clase de tropa que estuvieran en activo, 11 de marzo de 1928: DOMG. 60. Los Centros Culturales militares para oficiales, tuvieron que regular el libre tránsito de sus socios con otros Centros por orden de 19 de julio de 1929: DOMG. nº 191.
31 El semanario Mundo Gráfico dedicó un amplio artículo, con reportaje fotográfico incluido, sobre los Casinos de Clases, el 14 de marzo de 1928, pp. 5 y 6.
32 Orden de 22 de junio: DOMG. n.º 139 y 140 (se repitió su publicación).El reglamento se publicó por real orden de 13 de junio de 1925: CLE. n.º 29.
33 Orden de 13 de marzo de 1935, por la que se publica el reglamento de los Casinos de Suboficiales: DOMG. 62.
34 Fue autorizada por el ministro por orden de 26 de abril de 1924: DOMG. n.º 79.
35 Orden de 16 de diciembre de 1926: DOMG. n.º 286. Este estado de cosas fue reflejado, de manera jocosa, por Fernández Flores, en El secreto de Barba Azul. En esta novela de 1923, los protagonistas militares de un supuesto golpe de estado, no transigen con la petición por parte de los sargentos, de poder llevar impermeable en caso de apoyar al levantamiento. El general Mikrí expresó: ¡Imposible!...No es una cuestión de humanidad; es una cuestión de categoría. El impermeable ha señalado siempre en todos los ejércitos del mundo una categoría. Donde comienza el impermeable, comienza la oficialidad. No podemos transigir en ese ruego.
36 Orden de 11 de marzo de 1927: DOMG. n.º 58.
37 Orden de 29 de marzo de 1926: GM. nº 92. La oposición para cubrir 66 plazas de no más de 45 años de edad, se anunció por orden 3 de mayo de 1926: DOMG nº 106.
38 Ley de la Policía Gubernativa, de 27 de febrero de 1908: GM. nº 60.
39 Orden por la que cesan en la Policía y se incorporan a sus cuerpos de procedencia, los sargentos y suboficiales del Ejército, de 30 de abril de 1931.
40 Real decreto por el que los empleos obtenidos por los sargentos y suboficiales, con más de seis años de servicio, no podían ser desposeídos de ellos sino en las mismas condiciones que los oficiales, es decir, por sentencias de los tribunales o expedientes gubernativos. Real decreto de 29 de diciembre de 1930: DOMG n.º 293.
41 Orden por la que se autoriza el uso de impermeable y leggin a los sargentos, de 13 de noviembre de 1931: DOMG. n.º 256. Como se trataba solo de una autorización, ellos tenían que correr con los gastos de la compra. En una orden posterior se aclaró que dichas prendas debían ser usadas fuera de los actos de servicio, 23 de abril de 1932: DOMG. nº. 99. El color caqui fue de nuevo definido durante la República por la orden de 28 de septiembre de 1935: DOMG. n.º 229.



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CAPÍTULO II
LA SEGUNDA REPÚBLICA Y EL CUERPO DE SUBOFICIALES (1931-1936)


La Segunda República trató de atraerse desde el principio, la fidelidad al régimen de un nuevo grupo intermedio de mandos militares del Ejército. Estaba claro que la oficialidad no ofrecía las garantías necesarias para sostener el sistema republicano, la historia de España lo había demostrado en épocas recientes; como tampoco las clases de tropa, que en su mayoría eran de reemplazo y con elevados niveles de analfabetismo. Con aquel fin, creó el CS, aprovechando la inercia que en los años de la dictadura de Primo de Rivera se había imprimido a la segunda clase de tropa, y que había continuado con la de Berenguer; lo equiparó en la mayoría de los casos, con los privilegios que tenían los oficiales en la vida profesional militar, dotándolo de todos los mecanismos legales. Sus orígenes y el gran número de sus miembros, sería garantía suficiente de fidelidad dentro del Ejército para un futuro inmediato. La clausura de la AGM les daría acceso a la oficialidad mediante el ingreso en las academias militares, al tener una reserva de plazas mayoritaria.
Les dotó de una cerrera perfectamente reglada. Fue un logro sin parangón en la historia del Ejército en España que le llevó cinco años perfilarlo definitivamente. La proyección con que se les dotó duró hasta los primeros meses de 1974, con una Guerra Civil incluida, cuya problemática superó ampliamente las expectativas en ambos bandos, y una dictadura militar de casi cuarenta años. Extendió el modelo a otros Cuerpos armados de especial sensibilidad, por las misiones que cumplían, como fueron la Guardia Civil, El Tercio y Aviación así como a la siempre desvalida Escala de Complemento. La República trató de reestructurar y modernizar al Ejército y dinamizar la carrera de su personal, proporcionándoles el verdadero sitio que le correspondía en la sociedad, alejándolo de las batallas políticas para que pudiera centrarse en sus tareas profesionales, de las que había vivido apartada durante demasiado tiempo. En ese nuevo modelo de Ejército, incrustó al Cuerpo de Suboficiales, a imagen y semejanza como el de otros de países de nuestro entorno más cercano.
La historia les daría la razón.


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Proyecto de una creación

A los siete meses de la proclamación de la Segunda República, Manuel Azaña, ministro de la Guerra, presentó a las Cortes el proyecto de ley para la creación de un nuevo escalón claramente definido entre la clase de tropa y los oficiales: El Cuerpo de Suboficiales42. Se enmarcaba dentro de las profundas reformas que introdujo en los primeros meses del nuevo régimen y en la trayectoria de la segunda clase de tropa heredada de la época anterior. Azaña pensaba crear dentro del Ejército, una sólida base republicana que sustituyera a la vieja estructura militar y conseguir una adhesión incondicional. Para ello creó dos cuerpos, desde los estamentos bajos de la sociedad y desde los escalafones inferiores del mismo Ejército. El primero fue el Cuerpo Auxiliar de Subalternos del Ejército  CASE  y el segundo el CS43.
El proyecto de creación del CS, consistía en establecer unos auxiliares del mando en los escalones inferiores, con carácter profesional y permanente, cuyo origen sería la tropa sobre todo la voluntaria. Al conocerse el proyecto, la segunda clase de tropa, que iba a ser llamado a llenar de contenido aquel nuevo Cuerpo, comenzó a movilizarse, pues suponía su fragmentación y la pérdida de los derechos que había ido acumulando a lo largo de los años, estudiado en el capítulo anterior. El mismo Azaña se sorprendió de las protestas de los suboficiales y sargentos que, reunidos en los Casinos de Clases, manifestaron de manera tumultuosa su malestar ante el proyecto de ley. Éstos acudieron a la prensa, que por lo general se mostraba muy receptiva e interesada en publicar todo lo relativo a temas militares. Ante la avalancha de preguntas en los pasillos del Congreso, Azaña intentó apaciguar el malestar de los suboficiales y sargentos, aclarando algunos puntos oscuros, antes del debate parlamentario correspondiente al proyecto de ley citado.
El 19 de noviembre, el general Villegas, jefe de la 1.ª División Orgánica, trasladó al ministro el descontento de los sargentos y su deseo de hacerle llegar los perjuicios que, en su opinión, les causaría el proyecto de ley en cuestiones de sueldo y ascensos, así como su intención de presentarle un escrito con sus aspiraciones. El ministro aceptó la primera petición, siempre que le llegase por el conducto reglamentario, pero no aceptó la segunda (Azaña, 2000, 368 y 369). Hoy puede sorprender el hecho de que un grupo de militares pudiera elevar protestas a tan alto nivel, y más teniendo en cuenta su bajo status en la escala social y profesional. Ya se ha expuesto la ascendencia de la que gozaban, gracias a los instrumentos que poseían. Al día siguiente Azaña recibió al general Villegas en su despacho, quien le informó de los supuestos perjuicios que alegaban. Azaña no ocultó su disgusto por la transigencia poco disimulada que mostraban el general y el resto de jefes del Cuerpo, y amenazó con expulsar del Ejército a todos los sargentos de la guarnición de Madrid, si se ponían “pesados”, y le expresó que en la República no mandaban los sargentos sino el Gobierno, y que en el Ejército mandaba él (Azaña, 2000, 373).
El 20 de noviembre, dos periódicos se hicieron eco del malestar. En un largo editorial, El Heraldo de Madrid expuso punto por punto los desacuerdos, sobre todo en lo relativo al apartado económico, no sin antes destacar la total lealtad a la República del colectivo, procedente, por otra parte, de las clases más humildes de la sociedad (20 de noviembre de 1931, 1 y 2). Cuatro fueron los principales puntos de fricción con el proyecto de Azaña:

 El primero, como no podía ser de otra manera, era por cuestiones económicas. En general, salían perjudicados, excepto los que eran más antiguos. En el primer periodo de reenganche, que comprendía los cinco primeros años, los sargentos cobraban 253,53 pesetas mensuales, reducidas a 229,16 según el proyecto, con lo que perdían 24,37 pesetas. En el segundo, entre los cinco y diez años en el mismo empleo, pasaban de 271,20 pesetas a 229,16, por lo que perdían 42,54 pesetas. Y en el tercero, desde los diez a los quince años, como la mayoría de ellos había cumplido ya veinte años de servicio, lo cual aparejaba la paga de suboficial, pasaban de 289,95 pesetas a 291,16 pesetas, es decir 1,71 pesetas más, mientras que el resto perdía 50 pesetas mensuales.

Este hecho irrefutable impulsó a Azaña a insertar en la ley, la siguiente disposición adicional: “Los sueldos se regularán de modo que en ningún caso pueda sufrir disminución en los haberes que disfruten por su empleo en la actualidad”. La realidad fue que, excepto el personal que en aquel momento prestaba servicio como clase de tropa de segunda categoría, los que se incorporaron después ganaron menos que el resto de sus compañeros y, por tanto, la nueva clase nacía con desventajas y agravios retributivos.

 El segundo punto era el relativo a la promoción a oficial. En julio, Azaña había suprimido la Reserva Retribuida, por lo que las aspiraciones de los futuros suboficiales se veían seriamente mermadas44. El nuevo horizonte que se les presentaba, pasaba por prepararse para superar los exámenes de ingresos y, posteriormente, completar el plan de formación en las academias de oficiales, en igualdad de condiciones que el resto de opositores civiles, pero con edades muy superiores a éstos.

Por otra parte, aunque en un principio se concediera el empleo de alférez a los más antiguos del escalafón, es decir a los subtenientes, el resto debía seguir el camino marcado para la promoción, si pretendía ascender a oficial, lo que obstaculizaba su aspiración de pertenecer a esta categoría y a percibir una pensión de retiro más cuantiosa.

 El tercero, el más controvertido, fue la no inclusión del empleo de sargento dentro del nuevo Cuerpo. El sargento había sido el más característico para todo el personal militar, e incluso para los civiles por varias razones: era el empleo más antiguo, pues databa de finales del siglo XV; también el más nutrido, y el que más contacto tenía con la tropa desde el momento de incorporarse a filas, durante el periodo de adiestramiento e instrucción, hasta el aprendizaje de la dura disciplina de horarios, saludos, uniformidad, etc.

Aquella disciplina no era dura en sí, o al menos no muy diferente de la actual, pero había que tener en cuenta que la tropa era de reemplazo, con un nivel de analfabetismo muy elevado, fiel reflejo de la sociedad de la que procedía; a muchos de los integrantes de la tropa, procedentes de los llamamientos, se les apartaba bruscamente de su entorno, normalmente rural, y eran trasladados a las ciudades, para realizar funciones totalmente desconocidas para la inmensa mayoría. De igual modo, se les sometía a un régimen de horarios, comidas, instrucción, etc., que llevaba algún tiempo asimilar. Y el sargento siempre estaba ahí para guiarlos y corregirlos.

 Por último, la gran cantidad de empleos que formarían parte del nuevo Cuerpo: pasaba de dos a cuatro. Sin duda, se trataba de una carrera de obstáculos para los nuevos suboficiales.

Inicialmente, el diario Crisol respaldó la postura de Azaña sobre la necesidad de crear el Cuerpo de Suboficiales, pues mejoraría la moral y la situación material de las clases, pero después criticó el proyecto de ley: si la reforma pretendía simplificar, no se entendía la razón de la proliferación de empleos. A Crisol le parecían suficientes los de sargento y suboficial para continuar atendiendo las labores auxiliares que estos militares venían desarrollando hasta entonces. Igualmente, incidía en la cuestión del ascenso a oficial, para lo que pedía que dos tercios de los suboficiales pudieran ascender por antigüedad a oficial, como sucedía en la Guardia Civil y en Carabineros, pero admitía el pase por las academias militares, aunque por un solo año. Del mismo modo se hizo eco de las reivindicaciones sobre los destinos, ya que se proponía que los suboficiales ocuparan vacantes de carácter burocrático en regimientos, cajas, zonas, etc. (Crisol, 19 de noviembre de 1931, 8).
No todos los autores concuerdan en el acierto de las reformas republicanas, y más concretamente en las que atañen a la creación del CS. Según Payne, el esfuerzo realizado para crearlo pretendía socavar el de oficiales. Los cambios estructurales nada tenían de revolucionarios, ya que no se alteró la organización y composición del Ejército, y el CS se mantuvo como una entidad pequeña, casi insignificante (1974, 19). Alonso Baquer discrepa en cuanto al concepto de creación del Cuerpo, apelando a la antigüedad del empleo de sargento. Se trató más bien de un fenómeno sutil en términos burocráticos: del viejo “oficio de las armas” se pasó a la “carrera de las armas”, como ya había sucedido con los oficiales en el siglo XIX; el militar de armas se convirtió en militar de carrera. En el estudio que realizó sobre los discursos de Azaña, Baquer recalca el constante olvido del presidente de la República por el nuevo Cuerpo, al que no nombró en momentos clave, y del que tampoco llegó a aclarar si se encontraba entre los mandos o entre los soldados (1997, 127-133).
El más crítico con las nuevas reformas en general, y más en particular con las relativas al Cuerpo de Suboficiales, fue Nazario Cebreiros que, estando de acuerdo con la creación del Cuerpo, opinaba que lo más prudente hubiera sido no pasar bruscamente de un sistema a otro sino gradualmente, para que no se truncara de modo tan radical, el modesto porvenir de unas clases que ya estaban en posesión de ciertos derechos y determinadas aspiraciones profesionales (1931, 270).



42 Decreto por el que se presenta el proyecto de ley de creación del Cuerpo de Suboficiales, de 18 de noviembre de 1931: GM. n.º 322
43 Se estudia en el capítulo seis, en el marco de los Especialistas.
44 Decreto de supresión de la Reserva Retribuida, de 13 de julio de 1931: DOMG. n.º 154.
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Azaña y ley de creación del Cuerpo de Suboficiales

El 2 de diciembre de 1931, durante el debate del proyecto de ley en el Congreso, Azaña pronunció un largo discurso en contestación a las interpelaciones de los diputados Eduardo Ortega y Gasset, y Antonio Fernández Bolaños, quienes se oponían a la promulgación de la ley, aunque por motivos diferentes. Ortega y Gasset, a quien el debate sorprendió porque no había leído el orden del día, incidió en dos problemas que creyó indispensable reparar, aunque al no haberlo hecho por escrito, no pudieran figurar como enmiendas. Por una parte, pensaba que cuatro empleos eran demasiados, pues lastraban inevitablemente la carrera de suboficial y elevaban la edad de los que ascendieran a oficial, así que propuso mantener sólo dos empleos: sargento y suboficial. Y por otra en lo relativo a los sueldos, que creía muy cortos, solicitaba que se les reconocieran quinquenios de 750 pesetas anuales.
Fernández Bolaños expresó la preocupación de la segunda categoría de clases de tropa respecto a la imposibilidad de alcanzar el empleo de oficial, dada la cantidad de tiempo de servicio y esfuerzo cultural exigidos, por lo que solicitó la retirada del proyecto45. Azaña replicó en su discurso improvisado, según él mismo reconoció, por no haber previsto tales preguntas. Además de aclarar y defender las reformas militares que había puesto en marcha hasta ese momento, negó los temores de ambos diputados sobre la pérdida de sueldo por parte de los suboficiales, puesto que había introducido la referida disposición adicional. Sin embargo, no se mostró dispuesto a transigir en dos temas: aumentar el sueldo y pagar quinquenios, ni a ninguna otra cosa que pudiera suponer un incremento presupuestario. Entendía que los suboficiales estaban mal pagados, pero también lo estaban los oficiales, y sobre eso nada podía hacer, pues había un techo presupuestario imposible de rebasar.
Respecto al ascenso a oficial sin estudios ni formación, pensaba que debía exigirse a los suboficiales, futuros oficiales, un mínimo de esfuerzo en el campo de la preparación escolar, ya que no tenía sentido ascender a cabo, a sargento, a oficial, y llegar a general sin estudiar ni formarse. Y por ello había abolido la Escala de Reserva Retribuida, que permitía el ascenso a oficial sin cursos ni estudio alguno, previendo la creación de las academias necesarias para adquirir unos conocimientos mínimos en aras de la eficacia profesional. Reiteró las razones principales que le habían llevado a crear el CS: satisfacer las aspiraciones de la segunda categoría de clases de tropa y su dignificación moral, tan larga y reiteradamente reivindicada, y que una gran mayoría de oficiales tuvieran su origen en este cuerpo, ya que se les suponía de ideas republicanas.
Otra ventaja que la ley concedió a los suboficiales fue la asignación del retiro voluntario con el empleo de alférez y el sueldo íntegro consolidado, algo que nadie le había pedido pero que él otorgó con el concurso de las Cortes (Azaña, 1966, 85-102)46. Su discurso fue muy celebrado tanto por la prensa de la capital como por la de provincias. Se elogió su capacidad política y su elocuencia, y se reprodujo el discurso íntegramente en las ediciones del día siguiente47. Fue algo que Azaña no esperaba, como tampoco el haberlo pronunciado (2000, 392 y 393). En realidad, el discurso poco tenía que ver con el proyecto de ley de creación del Cuerpo de Suboficiales, y mucho sobre las recientes reformas en el campo del Ministerio de la Guerra que había impulsado desde su llegada al Palacio de Buenavista. Superado el trámite parlamentario, la ley se publicó el 5 de diciembre de 1931, contemplándose alguno de los cambios que venían siendo demandados por los que, a partir de entonces, serían conocidos genéricamente como suboficiales; cambios que, con pequeños retoques, permanecieron vigentes hasta 197448.
Entre aquellos cambios no se encontraba el empleo de sargento entre los suboficiales, que siempre se ha considerado un error trascendental. El sargento, ya desprovisto de protección de la segunda clase de tropa, desaparecida con la nueva ley, se integró de lleno en la clase de tropa, única que había quedado. Por lo que se vio desprotegido de los logros que, a lo largo de los años, había ido consiguiendo. Los empleos que contemplaba la ley eran cuatro:

 Sargento primero.
 Brigada.
 Subayudante.
 Subteniente49.

Para ingresar en el CS se exigía tener al menos cuatro años de antigüedad en el empleo de sargento, superar un curso de seis meses en las escuelas regimentales y el examen correspondiente. El ingreso se realizaba por el empleo de sargento primero, con ocasión de vacante y escalafonándose en función de la puntuación obtenida en el examen. Aquel apartado fue ampliado en una orden de mayo de 1932, que dispuso que los sucesivos ascensos se obtuvieran por antigüedad y con ocasión de vacante, sin reglamentarse el tiempo de permanencia en cada empleo para el inmediato superior50. La antigüedad fue el método elegido por la República para los ascensos en el CS, con el fin último de corregir las arbitrariedades que pudieran existir con los ascensos por méritos, y persistió hasta 1989. Para el ascenso de subayudante a subteniente se requería realizar otro curso de capacitación de seis meses en las academias de sus Armas, para el que debían ser convocados por la Dirección General de Reclutamiento y Personal del Ministerio de la Guerra. En todos los casos era condición imprescindible un mínimo de dos años de permanencia en destinos de su arma. Los empleos obtenidos lo serían en propiedad, no pudiendo ser desposeídos de ellos sino por sentencia judicial firme, como resultado previo de expediente gubernativo. Con eso finalizaron las degradaciones arbitrarias que se producían en las clases de tropa51.
Se concedió un plazo de treinta días a la segunda clase de tropa para que se acogiera a los preceptos de la ley, en lo relativo a su integración, siendo posteriormente prorrogado52. De los 9.500 individuos que aproximadamente constituían la segunda clase de tropa, se acogieron voluntariamente a la nueva ley más de 9.000, y solo unos 300 prefirieron continuar acogidos a la antigua, por lo que se podría afirmar que fue un éxito53.
También se les concedieron las mismas situaciones y prerrogativas que a los oficiales: licencias por enfermedad y asuntos propios, uso del mismo uniforme, correaje, pistola y sable propio, obligatorio tan solo en los actos de servicio, etc.54.
El armamento que debían disponer en dotación las unidades para los suboficiales era muy variado, dependiendo del arma y de los diferentes encuadramientos tácticos, pero como línea general, llevaban pistola y sable Puerto Seguro; los sargentos fusil y machete modelo 1913 y sable Puerto Seguro modelo 187955.
El tratamiento sería de “don” y debían recibir el saludo de todas las clases de tropa y de los empleos inferiores, ya fueran del Ejército como de la Guardia Civil o de los Carabineros56. Dispondrían de sala propia en los acuartelamientos, dormitorios separados de los de oficiales y de la tropa, y locales específicos para el cumplimiento de arrestos y penas. Igualmente tendrían salas independientes en los hospitales militares y, en los traslados en tren o en barco a cargo del Estado, viajarían en segunda clase57. Se resolvió presentar a los suboficiales ante su compañía, con el fin de acomodar el rito que había venido empleándose para dar a reconocer a los jefes y oficiales en las unidades a las que eran destinados.
La fórmula era la siguiente58:

“De orden del Presidente de la República, se reconocerá como …… a don ………….., obedeciéndole y respetándole en todo lo que mandare concerniente al servicio, por convenir así al interés de la Patria y ser mandato de la Ley.”



45 Diario de Sesiones de las Cortes Constituyentes n.º 83, 2 de diciembre de 1931, 2774-2812.
46 Los suboficiales aptos para el ascenso antes del 13 de julio de 1931 les correspondieran el ascenso, después de haberlo solicitado, se retiraban con el sueldo íntegro de alférez o con el que tenían, el que fuera más alto, aclarado por la orden de 8 de junio de 1933: DOMG. n.º 138.
47 Crisol, 4 de diciembre de 1931, p. 1; El Sol, 4 de diciembre de 1931, p. 1; El Imparcial, 4 de diciembre de 1931, p. 1; El Socialista, 3 de diciembre de 1931, p. 1; El Heraldo de Madrid, 3 de diciembre de 1931, p. 8; La Libertad, 3 de diciembre de 1931, p. 4.
48 Ley de creación del Cuerpo de Suboficiales del Ejército, 4 de diciembre de 1931: GM. n.º 339. Ver anexo I.
49 Hasta 1867, empleo de subteniente se encontraba entre los alumnos de las academias militares. Desapareció y apareció el de alférez por real decreto de 23 de abril 1867: GM. n.º 114. Y reapareció en el CS en 1931. Sería un empleo que desaparecería y volvería aparecer con posterioridad, como se irá viendo. Ver anexo XIV.
50 Orden por la que se dictan instrucciones para regular el ingreso y ascenso en el Cuerpo de Suboficiales del Ejército, 27 de mayo de 1932: DOMG. n.º 125. La antigüedad, con ocasión de vacante, fue el método empleado para los ascensos en el CS hasta el año 1989, en el que se introdujo, además, el de selección y el de elección.
51 Aquí hay que recordar que con ello, Azaña no hacía más que confirmar lo ya concedido por Berenguer: real decreto de 29 de diciembre de 1930: DOMG. n.º 293. Del mismo, dentro de la igualdad de que hizo gala el ministro, con los oficiales, que ya lo poseían.
52 El artículo 17 de la ley así lo expresaba, pero debieron presentarse dificultades porque por decreto de 23 de diciembre del mismo año se volvió a dar un nuevo plazo de otros treinta días: GM. n.º 359.
53 Proyecto de ley para el reclutamiento y ascenso de la oficialidad del Ejército, exposición de motivos: Diario de Sesiones de las Cortes Constituyentes, apéndice 2.º al n.º 158, 3 de mayo de 1932.
54 En el caso del correaje y sable (Puerto-Seguro), se estableció que debían ser facilitados por las unidades, con cargo al fondo de material, y la pistola por los Parques, debiendo figurar en las dotaciones de las Unidades, por orden de 6 de setiembre de 1932: DOMG. n.º 214. En 1933 se ordenó que fuera de las instalaciones del cuartel, los suboficiales no llevaran armas, de 9 de enero: DOMG. n.º 8.
55 Orden por la que se establecen las dotaciones de material de guerra para las unidades, de 24 de septiembre de 1932: DOMG. n.º 238.
56 Orden por el que se regula el saludo a los componentes del Cuerpo de Suboficiales, de 28 de junio de 1932: DOMG. nº. 153. Se amplió en el caso del saludo de los miembros de la Armada a los componentes del Cuerpo, por orden de 27 de enero de 1933: DOMG. n.º 29. Y se volvió a reiterar por orden de 29 de diciembre de 1933: DOMG. n.º 305. En ésta se señalaba: … este Ministerio ha resuelto que el personal de referencia (suboficiales) practique con respecto a sus superiores y exija a sus inferiores, los mismos saludos que los reglamentos tácticos señalan para los oficiales. Se confirmó de nuevo por orden de 30 de septiembre de 1935: DOMG. n.º 226.
57 Azaña aglutinó en un único cuerpo legal lo que anteriormente se había legislado para la segunda clase de tropa y de las que venían disfrutando. 58 Orden por la que se publica la fórmula para dar a conocer a los jefes, oficiales y suboficiales, de 14 de junio de 1932: DOMG. n.º 142.


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A partir de la aprobación de la ley, el Ministerio inició su rápido desarrollo, pues la heterogeneidad de empleos, destinos etc. suponía un gran esfuerzo de planificación. A principios de 1932 se publicaron las plantillas del nuevo Cuerpo, que servirían de base para clasificar a las clases de segunda categoría acogidas a los preceptos de la nueva ley, acoplando su número a las necesidades del servicio y a las funciones asignadas a cada uno de los distintos empleos, siempre dentro de los límites marcados en el proyecto de presupuesto redactado en enero de 1932, y que Azaña se negó a superar59.
Dada la complejidad del proceso, y con el fin de evitar perturbaciones a las unidades, se procuró mantenerlos en sus mismos destinos, previa petición de los jefes de Cuerpo. No hay que olvidar el número e importancia del trabajo que desarrollaba el suboficial, sin los cuales, una unidad no podía desenvolverse y a veces no era nada fácil desprenderse de ellos. Ante la eventualidad de que se superaran las previsiones presupuestarias, la norma tuvo carácter provisional hasta que se conocieran las auténticas necesidades y los límites establecidos por las plantillas. Estos datos eran aproximados mientras no se llegara a saber el número exacto de clases que iban a acogerse a la nueva ley. Se había previsto que, si el número de los que quisieran ingresar en el nuevo Cuerpo excedía del previsto en las plantillas, se redujera el de oficiales subalternos y aumentara el de subtenientes, al objeto de evitar que quedaran en situación de excedencia. Las plantillas marcaron el siguiente personal del CS:

Resumen Inf. Cab. Art. Ing. Int. San.
Total Subtenientes 129 13 51 30 7 4 234
Subayudantes 398 52 159 97 25 16 747
Brigadas 853 93 363 189 50 36 1.584
Sargento Primero 1.000 103 392 221 52 45 1.813
Sargento 2.604 248 998 599 132 97 4.678
Total 4.984 509 1.963 1.136 266 198 9.056
Tabla 1. Plantilla inicial CS

Como se puede observar los sargentos, que no formaron parte del Cuerpo, fueron incluidos y representaban el 51,6 por ciento. Un importante peso específico para un único empleo. Se normalizó el acceso a todo aquel personal de la segunda clase de tropa a que hacía referencia la ley. El problema consistía en que ésta estaba compuesta en ese momento, antes de la aprobación de la ley, por los empleos de sargento y suboficial, y el nuevo Cuerpo lo formarían los cuatro empleos ya expuestos, en los que no se contemplaba ninguno de los dos citados. Había, pues, que dar instrucciones para su correcta distribución entre los distintos escalafones de cada arma y cuerpo, de cada uno de los empleos creados por la ley60.
Los interesados tenían que solicitar su incorporación en el CS, ya que la ley no obligaba a ello de manera automática. Los que solicitaron integrarse en el nuevo Cuerpo cubrirían los escalafones, uno para cada arma y cuerpo, y las vacantes producidas en la categoría inferior, a medida que se cumplieran las condiciones de efectividad que marcaba la ley, hasta completarlos. Los sargentos que no solicitaron su integración tuvieron que acogerse a lo que marcaba la anterior legislación. Serían integrados en un escalafón independiente de sargentos y subtenientes, ascendiendo con sus tiempos y condiciones al empleo de suboficial.
Se vieron obligados a ocupar las vacantes, hasta la edad de retiro, que se produjeran en su escalafón por muerte, separación del servicio, retiro o pérdida de empleo de los subtenientes, es decir, no por el ascenso de éstos a alférez, lo que sin duda retrasó mucho sus expectativas, con respecto a los miembros del recién creado Cuerpo. Asimismo, debían desempeñar las funciones asignadas al que sí lo hizo, con todos los derechos y preeminencias inherentes, ostentando las divisas reglamentarias, sin diferencias entre unos y otros, aparte de las circunstanciales derivadas de estar acogidos a diferentes leyes61. Eso, sin duda, suscitó problemas de adaptación y funcionamiento. Para aquellos sargentos, ahora clase de tropa, se tuvieron que implementar nuevas normas, algunas continuistas, otras no tanto, que les hicieron llevar una vida difícil en los cuarteles.
A los que llevaran más de cuatro años de antigüedad en el servicio, se les permitió pernoctar fuera del cuartel, pero si vivían en él, podían retirarse hasta tres horas después del toque de silencio o incluso más tarde, con autorización de sus jefes; además no estaban obligados a asistir a los actos de servicios económicos, siempre que no los estuvieran prestando62. Como estaba muy adelantado el proyecto de ley de la creación del CS, se publicó el escalafón de cabos y sargentos reenganchados de las armas y cuerpos, que serían los que tendrían que realizar los cursos que en la ley se habían previsto, con el fin de poder ingresar en él63.
Pero para facilitar el ingreso y su progreso en los escalafones de tropa, suprimió los beneficios que tenían los huérfanos de las clases, que el mismo Azaña había concedido en dos órdenes, porque había tal cantidad que impedía a los que no tenían ese derecho, el normal ascenso a cabo y sargento64. Los subtenientes que ascendieran de manera voluntaria al empleo de alférez, pasarían automáticamente a la situación de retiro. Más de año y medio después de aprobada la ley, se publicó el reglamento que la desarrollaba. En contra de lo habitual, aquel decreto tenía una advertencia preliminar, en lugar de una exposición de motivos, en la que se dejaba en manos de los jefes de Cuerpo las funciones imprevistas en dicho reglamento. Se exhortaba a no desdeñar la realización de cometidos que pertenecían a las clases de tropa, y en ausencia de ellas, para que sirviera de estímulo o ejemplo, y también se instaba a que se asumieran responsabilidades de oficiales si la ausencia de ellos así lo aconsejaba65.Entre las regulaciones se contempló el ingreso y retiro, ascensos, cursos, situaciones y uniformidad. También se tuvieron en cuenta las funciones de cada uno de los empleos, los servicios y las faltas con sus correspondientes correctivos66. Muy importante fue la ordenación de los servicios de armas y los económicos, a los que tendrían que acoplarse los miembros del nuevo Cuerpo67.
El mando natural del sargento primero era el de pelotón, en franca competencia con los sargentos; los brigadas eran auxiliares del capitán en la administración de las compañías; los subayudantes prestaban servicio como auxiliares en las oficinas de mando, mayoría, almacenes y cajas, y los subtenientes eran los auxiliares del ayudante mayor y estaban exentos de cualquier otro servicio, excepto el de abanderado o portaestandarte68. Las nuevas eventualidades que surgían para contemplar a un Cuerpo intermedio entre oficiales y tropa, se normalizaron a lo largo de 1932 y 1933, conforme las necesidades así las marcaba. Las dietas por comisión de servicio declaradas indemnizables fueron marcadas con la quinta categoría para los funcionarios, es decir las de los auxiliares y subalternos69.
Positiva para ellos supuso la continuidad de la gratuidad de las licencias de armas de caza, como en el caso de la clase de tropa70. Cuando se desplazaban por permiso y licencia, debían presentarse en la secretaria de las Comandancias Militares de la plaza en donde se fuera a encontrar más de 24 horas, como los oficiales71. También se estableció un nuevo documento para que viajaran cuando tuvieran permiso, que sustituyera a los de las clases de tropa, que databan de 191772. En analogía con lo preceptuado para los jefes y oficiales, se estableció que a los miembros del nuevo Cuerpo se les podía conceder, en las mismas condiciones, un máximo de cuatro pagas de anticipo, incluyendo a los sargentos73. Las edades de retiro fueron desde los 48 años para los sargentos primeros, hasta los 51 para los subtenientes, correspondiéndoles las pensiones fijadas en la ley de las Clases Pasivas74.


59 Orden por la que se publican las plantillas del Cuerpo de Suboficiales, 23 de febrero de 1932: DOMG. n.º 46.
60 Orden por la que se dictan instrucciones para el cumplimiento de la ley referente al Cuerpo de Suboficiales, 26 de marzo de 1932: DOMG. n.º 73. 61 Orden por la que se dispone el cometido y las funciones que han de tener en el Cuerpo de Suboficiales los de dicho empleo no acogidos al referido Cuerpo, 24 de noviembre de 1932: DOMG n.º 279. Fue ampliada por orden de 5 de mayo de 1934: DOMG. n.º 103.
62 Orden por la que se dan instrucciones sobre la pernocta de los sargentos, de 25 de junio de 1932: DOMG. n.º 150. Para los suboficiales que voluntariamente pernoctaran en los cuarteles, se les permitió retirarse dos horas después que a los sargentos, en ambos casos siempre de uniforme, por orden de 18 de enero de 1934: DOMG. n.º 15.
63 Orden por la que se publica el escalafón de cabos y sargentos reenganchados de las armas y cuerpos, 26 de septiembre de 1931: DOMG. n.º 218. 64 Orden por la que se deroga el beneficio de ingreso y ascenso a cabo y sargento, de los huérfanos de clases de tropa, 19 de agosto de 1932: DOMG. n.º 197. Azaña lo había concedido para las clases de infantería y caballería por orden de 3 de noviembre de 1931: DOMG. n.º 247, y lo amplió al resto de armas y cuerpos por orden de 31 de marzo de 1932: DOMG. n.º 88.
65 Decreto por el que se aprueba el Reglamento del CS del Ejército, 18 de agosto de 1933: GM n.º 257.
66 Los servicios que realizaban los suboficiales venían contemplados en el Régimen Interior que emanaba de las RR. OO. de Carlos III. Estos servicios eran (AGM, Prontuario, 1962, I, 199):
 De armas.- Los que requerían el uso de armas para su desarrollo: campaña, guardias, retenes, vigilancias, etc.
 Económicos.- Los relacionados con el régimen de vida del Ejército como organismo: semana, etc.
 Mecánicos.- Los que requerían un esfuerzo físico: cocina, distribución de comidas, compras, etc.
 Técnicos.- Los que requerían conocimientos técnicos: conductores.
 Justicia.- Los relacionados con la administración de la Justicia Militar: secretarios de causas.
 Especiales.- Todos aquellos no incluidos en los párrafos anteriores: comisiones, conducción de reclutas, etc.
Como prenda de cabeza para los servicios, formaciones y maniobras, se estableció el casco para todos. Para paseo los suboficiales y los sargentos llevarían la gorra de plato, como los jefes y oficiales, por orden de 14 de enero de 1933: DOMG. n.º 15.
67 Orden por la que se dan instrucciones para la realización de los servicios para los miembros del CS, 12 de mayo de 1932: DOMG. n.º 113. Los sargentos que se encontraban realizando el curso de acceso para el ingreso en el Cuerpo de Suboficiales, estaban dispensados de su prestación, por orden de 10 de agosto de 1932: DOMG. n.º 192. En esa misma orden se daban instrucciones para la separación en las hospitalizaciones de los suboficiales con respecto a los oficiales y las clases de tropa. Y se materializó de manera definitiva por orden de 17 de noviembre de 1932: DOMG. n.º 272.
68 Orden por la que se dan instrucciones para los portabanderas o estandartes, 14 de junio de 1932: DOMG. nº.132.
69 Orden por la que se marca la categoría de las dietas para el personal del CS, 8 de junio de 1932: DOMG. n.º 136.
70 Orden por la que se dan instrucciones para la autorización de las armas de caza a los suboficiales, de 27de junio de 1932: DOMG. nº 151.
71 Orden por la que se establece la obligatoriedad del personal del Cuerpo de Suboficiales, de presentarse a los Comandantes Militares, de 28 de enero de 1933: DOMG. n.º 26.
72 Orden por la que se establece un nuevo documento de viaje para los miembros del CS, 3 de junio de 1932: DOMG. n.º 132. En este sentido hay que destacar que al Cuerpo de Suboficiales se le denegó viajar en primera clase del ferrocarril, porque la norma establecía que para ello, debería tener como mínimo el sueldo de alférez, por orden de 21 de septiembre de 1932: DOMG. 231. Un nuevo intento se realizó cuando se promulgó la ley de reorganización del Cuerpo de Suboficiales en julio de 1934; esta vez fue solicitado por aquellos que tenían sueldo igual o superior a alférez, en analogía a lo conseguido por el personal de las primera y segunda secciones del CASE; fue denegada por orden de 21 de julio de 1934: DOMG. n.º 167.
73 Orden por la que se conceden pagas de anticipo a los miembros del CS, 10 de septiembre de 1932: DOMG. n.º 217. 74 Ninguna diferencia con las ya concedidas a la segunda clase de tropa.


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Leyes de reorganización del CS

Las instancias políticas y militares daban un perfil elevado a la consolidación del CS. Tras las elecciones de 19 noviembre de 1933, Alejandro Lerroux, del Partido Radical, fue elegido presidente del Consejo de Ministros y nombró ministro de la Guerra a Diego Hidalgo, notario y diputado por Badajoz. A diferencia de Azaña, que había estudiado en profundidad el ejército francés, Hidalgo nunca se había interesado por los temas castrenses pues, ni tan siquiera había hecho el servicio militar, del que se libró acogiéndose a la fórmula de la redención en metálico. Consecuentemente, su nombramiento constituyó una verdadera sorpresa, al no postularse para esa cartera ministerial. Sin renunciar a la esencia de la obra de Azaña, realizó una serie de reformas que definió como apaciguadoras, dirigidas por el propio partido, con el fin de suavizar las aristas más ingratas del bienio anterior, sobre todo en lo relativo al apartado de personal, que venía causando malestar en el seno del Ejército (Seco, 1968, 408). Su planteamiento de reconciliación Estado-Ejército afectaba a los sectores políticos y a los grupos profesionales más sensibles a las reformas de Azaña, que Payne tacharía de “insultantes”, aunque económicamente generosas, y que crearon un ambiente de tensión y mutua hostilidad entre el Gobierno y gran parte de la oficialidad (1974, 19).
Las medidas reformistas decretadas por Hidalgo iban dirigidas a mejorar la situación de los jefes, oficiales y, más especialmente, de los suboficiales, los hombres más olvidados del Ejército (Muñoz p, 1986, 91). A tal fin, presentó a las Cortes un proyecto de ley con tres objetivos primordiales75:

 Mejorar el acceso a oficial de los empleos superiores del CS.
 Aligerar los empleos, reduciéndolos a dos.
 Mejorar los ingresos económicos de los suboficiales.

Durante su trámite parlamentario, el diputado socialista por Málaga, Fernández Bolaño emitió un voto particular en el sentido de incluir a los sargentos dentro del Cuerpo, al entender que un gran número de individuos con la misma categoría, con igual denominación, e incluso con el mismo sueldo, iba a quedar fuera del Cuerpo, por la única diferencia de que unos llevaban fusiles y otros pistolas. Bolaño era teniente coronel de ingenieros retirado y por tanto, conocedor de los temas del personal militar. Expresó que el problema lesionaba la satisfacción interior de los sargentos, que en el ejército francés sí eran considerados como suboficiales, aportando numerosos datos para respaldar su propuesta. Fue apoyado por el diputado conservador Luis Rodríguez de Viguri, quien haciendo gala de una erudición en organización militar europea, sorprendente en un abogado, sostuvo que el sargento era algo superior a la clase de tropa, por lo que debería ser colocado como primer empleo de la jerarquía de los suboficiales, aunque llevara fusil76. Hidalgo replicó que él había propuesto lo mismo al Estado Mayor Central, pero que éste se pronunció en contra por la necesidad de mantener dentro de la tropa un empleo que dirigiera con autoridad al pelotón, al mismo tiempo que realizara los servicios propios de auxiliar de los suboficiales.
Esta función la desempeñaban los cabos primeros en el ejército francés, que realizaban las mismas funciones que los sargentos, y aquellas que los cabos no podían realizar, al tener encomendadas las suyas propias de mando de escuadra y de auxiliar de los sargentos. El ministro propuso que si los sargentos se integraban en el Cuerpo, lo hicieran en las mismas condiciones que tenían en ese momento. Fernández Bolaño aceptó y la Comisión de Guerra admitió la enmienda, aunque el ministro insistió en que la inclusión de los sargentos restaría prestigio al CS77. La ley, votada el 3 de julio de 1934, introdujo cambios trascendentales para el diario quehacer de los suboficiales y para el futuro del Cuerpo, además de simplificar el número de empleos78:

 Sargento.
 Brigada.
 Subteniente.

La integración de los sargentos en el Cuerpo se realizó con carácter voluntario, a los que se les dio un plazo de 30 días para solicitarla79. Ingresaron con el sueldo único de 291,66 pesetas 3.500 pesetas anuales, más quinquenios. Los que no se integraron, continuaron con los derechos adquiridos y figuraron en escalafón aparte hasta su extinción80. Además, se aumentó el sueldo al personal que ya pertenecía al Cuerpo: 4.500 pesetas anuales para los brigadas y 5.000 para los subtenientes. Si el aumento producía una disminución de lo que cobraban antes, continuarían con la misma cantidad que hasta la fecha. Adicionalmente se les reconoció el derecho a percibir quinquenios, algo a lo que, como ya hemos visto, Azaña se había opuesto en 1931 por falta de presupuesto81. Al pasar a la situación de retiro, a los treinta años de servicio, los brigadas y los subtenientes percibirían el sueldo regulador de capitán, siempre que no ganaran más. De igual manera, la nueva ley dispuso que podrían ascender aquellos suboficiales que en 1931 ya tuvieran cumplidas las condiciones para hacerlo a alféreces, pero que optaron por quedarse en el nuevo Cuerpo. Sin embargo, no se autorizó que los sargentos, aunque integrados en el CS, a que pudieran vestir el mismo uniforme que sus compañeros, ni portar el mismo armamento.
Con la desaparición de los empleos de subayudante y sargento primero, el Ministerio los ascendió a los empleos inmediatos, a falta de la publicación de las plantillas. Como es de suponer, el vuelco fue importante para todo el Cuerpo. Los ascensos se publicaron en tres diarios consecutivos y el resultado final fue82:

Ascensos a: Inf. Cab. Art. Ing. Int. San.
Total Subtenientes 870 126 369 184 53 34 1.636
Brigadas 826 124 349 158 51 33 1.541
Total 1.696 250 718 342 104 67 3.177
Tabla 2. Ascensos CS por la ley de 5 de julio de 1934.

Debido al gran número de vacantes de sargentos producidas por estos ascensos, se convocó con carácter de urgencia un examen extraordinario de aptitud para el ascenso a sargento, para todos aquellos que hubieran seguido los cursos correspondientes en las escuelas regimentales, pero se suspendieron una semana después, y es que antes de la publicación de la ley, ya había un gran número de cabos con ese examen superado y por tanto con la aptitud para el empleo de sargento, por lo que se publicó una ampliación a la ley que permitió su ascenso83. Pero para hacerlo a brigada, no todos los sargentos con más de cuatro años de servicio, tenían la aptitud para ello. Unos porque lo habían suspendido, y otros porque no se celebró debido a la próxima publicación de la ley.
Y como la necesidad era mucha, se optó porque por una sola vez, se examinaran y ascendieran con las condiciones que marcaba la ley84. Los sargentos que no se acogieron a la ley de creación del CS, y que alcanzaron otro empleo, podían conservarlos pero sin ascender hasta que no lo hicieran los de su misma antigüedad de sargentos que si prefirieron ingresar en su momento85. La inclusión de los sargentos en el CS fue un hecho de extraordinaria importancia. Según el autor de la ley: “Llevó la tranquilidad, la interior satisfacción y el júbilo a 14.000 hogares de unos españoles ansiosos de mejoras justas y necesarias, desesperanzados ya de obtenerlas y cansados de oír durante tres años toda la gama de las promesas” (Hidalgo, 1934, 110). Ocuparse de la situación de los sargentos, fue una gran inyección de moral (Muñoz Tinoco, 1986, 90 y 91). Casi tres años después de la creación del Cuerpo, los suboficiales consiguieron todas y cada una de las reivindicaciones que habían venido solicitando, incluso desde que eran clase de tropa. Lo que supuso todo un logro para un colectivo con mínimo peso específico dentro del Ejército y con escasa atención entre los medios políticos, a cambio de no ascender a oficial sin realizar los estudios correspondientes.
La reforma de Hidalgo, como la de Azaña, tuvo gran repercusión mediática. Así, por ejemplo, Víctor de la Serna publicó en el diario La Libertad un artículo, titulado «En el primer tiempo de saludo», en el que se ensalzaba la figura del sargento y con él, la del ministro, por haberles reconocido un derecho sustraído por los anteriores gobiernos republicanos86. La importancia del empleo del sargento venía dada por su antigüedad: 440 años en 193487. Por eso fue muy importante el reconocimiento del empleo más numeroso de entre los existentes y el que más contacto tenía con la tropa, como mando componente del CS:

Nos guste o no, lo comprendamos o no, es de justicia reconocer que el Sargento ha sido, es y lo será siempre, el alma de los suboficiales, el espíritu que impregna de historia y tradición su manera de ser y de actuar (Maldonado, 1993, 10).

Otro cambio introducido por Hidalgo fue la implantación de un nuevo modelo de hoja de servicio para el personal del Cuerpo, que hasta entonces venía utilizando la de las clases de tropa a las que había pertenecido88. También veló por la instrucción táctica de sus componentes, para lo cual estableció que, en analogía con los oficiales, debían realizar prácticas de tiro obligatorias una vez al año, separado de los oficiales y tropa, consistentes en tiro de fusil, ametralladora, granada de mano y pistola, finalizando con concursos que incentivaran la maestría entre ellos89. Y suprimió los agasajos que venían recibiendo los componentes de la segunda clase de tropa, desde que se establecieron en 1931 en los actos de la Fiesta Militar, los días 7 del mes de octubre, en conmemoración de la batalla de Lepanto: una peseta en mano para cada sargento. Ya no tenía sentido que se continuara con aquella costumbre, al no pertenecer a las clases de tropa. Su situación social así lo recomendó90.



75 Decreto proyecto de ley modificando la ley de suboficiales y clases de tropa, 18 de mayo de 1934: Diario de Sesiones de las Cortes, n.º 84, apéndice 3º.
76 Diplomático y abogado, había sido titular de la cartera de Fomento durante el reinado de Alfonso XIII y de la de Economía Nacional durante la dictadura de Primo de Rivera.
77 Diario de Sesiones de las Cortes n.º 110, de 30 de junio de 1934, 4303-4317.
78 Ley por la que se reorganiza el CS del Ejército, 5 de julio de 1934: GM. n.º 193.
79 Orden por la que se da un plazo de 30 días, para acogerse a la ley de 5 de julio, de 17 de agosto de 1934: DOMG. n.º 180.
80 Se incluían también los reenganches, para lo que se publicó la orden de que los sargentos no acogidos a la nueva ley llevarían, como distintivo honroso de su constancia en el servicio, uno o más galones de panecillo de oro, de 15 mm. de ancho, colocados en sentido horizontal sobre la manga derecha a la altura del bolsillo, el primero de los cuales se adquiría a los seis años de servicio, el segundo a los doce y el tercero a los 18 y uno más cada seis años, hasta ascender al empleo superior, que se cesaba en su uso, por orden de 7 de julio de 1934: DOMG. n.º 158. Como es lógico, quedó suprimida para los sargentos cuando fueron integrados en el Cuerpo, por orden de 11 de agosto de 1934: DOMG. n.º 187.
81 A los suboficiales y sargentos destinados en Canarias y África, no se les reconoció el derecho a la percepción de la residencia, como a los oficiales hasta enero de 1933, por orden 19 de abril de 1933: DOMG. n.º 92. En cuanto al cómputo de tiempo de los quinquenios de los sargentos y sargentos primero a extinguir, comenzaba desde la primera revista de sargentos; la de los brigada y subtenientes, la primera revista de brigada cuando ascendieron por la ley 4 de diciembre de 1931; si el subteniente había logrado el empleo sin pasar por brigada, comenzaba desde la primera revista en el empleo superior a brigada, por orden de 20 de mayo de 1935: DOMG. n.º 117.
82 Orden por la que se asciende a los empleos superiores al personal del Cuerpo de suboficiales como consecuencia de la ley de 5 de julio de 1934, de reorganización del Cuerpo, 30 de octubre de 1934: DD. OO. MG. nn.º 251, 252 y 253.
83 Orden por la que se convocan exámenes extraordinarios de aptitud para el ingreso en el CS, 6 de diciembre de 1934: DOMG. n.º 283. Se suspendieron por orden de 14 de diciembre de 1934: DOMG. n.º 290. La ampliación a la ley de 5 de julio de 1934 se promulgó mediante otra ley que añadió la disposición transitoria tercera, 7 de febrero de 1935: GM. n.º 46.
84 Orden por la que se dictan las normas para las apruebas aptitud para el ascenso a brigada a los sargentos con más de cuatro años de servicio, 20 de febrero de 1935: DOMG. n.º 43.
85 Orden por la que se permite conservar el empleo a los sargentos que no se acogieron a la ley de 4 de diciembre de 1931, 25 de febrero de 1934: DOMG. n.º 40.
86.1 de julio de 1934, p. 7.
87 El empleo se creó en 1494.
88 Orden por la que se adopta el nuevo modelo de hoja anual para el personal del Cuerpo de Suboficiales, 2 de marzo de 1934: DOMG. n.º 54.
89 Orden por la que se establece la instrucción de tiro para los suboficiales, 13 de marzo de 1934: DOMG. n.º 62.
90 Orden por la que se suprimen los agasajos a los sargentos, de 21 de julio de 1934: DOMG. n.º 169. El agasajo se estableció por orden de 3 de octubre de 1931: DOMG. n.º 224. Después se estableció la Fiesta Nacional, el 14 de abril, en la que había que entregar un regalo a la segunda clase de tropa, por orden de 5 de abril de 1932: DOMG. n.º 83. La supresión se ratificó por orden de 30 de septiembre de 1935: DOMG. n.º 225.


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En mayo de 1934 el Gobierno, a instancia de Salvador de Madariaga, ministro de Justicia, había promulgado la llamada ley de amnistía, que contemplaba, entre otros, los delitos de rebelión y sedición militar definidos en el Código de Justicia Militar, aunque su epígrafe C precisaba que los militares condenados por dichos delitos no serían reintegrados en sus empleos ni carreras, sufriendo la separación definitiva91.
Ahora bien, para poder reconocer los derechos adquiridos derechos pasivos de los militares que podían acogerse a aquella amnistía, no había más remedio que solicitar la reincorporación al Ejército y el retiro, todo en la misma instancia.
Así, Hidalgo decretó la readmisión de los militares amnistiados, entre los que se encontraba gran número de suboficiales, previa solicitud y con el fin de obtener el retiro de manera automática92. En aquella época no era raro que dentro de los cuarteles se realizaran abiertamente manifestaciones de tipo político, defendiendo una u otra opción. Muchos militares, sobre todo las clases menos favorecidas, militaban en partidos políticos y sindicatos, y acudían con asiduidad a la prensa para expresar sus quejas sobre su situación profesional y económica, lo que desestabilizaba al estamento militar y lo sumergía en la vorágine política del momento.
Para evitar aquel estado de cosas, a principio de agosto de 1934, Hidalgo prohibió a los militares profesionales, mientras se encontraran en activo, pertenecer como socios, afiliados o adheridos, a ningún centro, partido, agrupación o sociedad que tuviera carácter político, ni a ninguna organización o entidad de carácter sindical o societario, incluidos los que estaban en situación de reserva, e instó a darse baja en el plazo de un mes a cuantos pertenecieran a cualquiera de los centros o sociedades indicados, debiendo declararlo por escrito ante su jefe de unidad. También les vetó asistir a actos de carácter político y sindical, introducir en los centros militares cualquier tipo de lectura de carácter reivindicativo y acudir a la prensa para expresar su parecer o reivindicar actos de carácter militar93.
Un año después de la aprobación de la ley de Hidalgo, José María Gil Robles sucedió a Lerroux en el Ministerio de la Guerra y publicó el nuevo reglamento del CS en el que, entre otras cuestiones importantes, redujo al 40 por ciento las plazas reservadas a los suboficiales para ingresar en las academias militares y modificó las hojas de servicios para los suboficiales, de forma análoga a las de los oficiales94. En lo relativo a los escalafonamientos, el personal de la segunda clase de tropa que no se acogiera a la ley de creación del Cuerpo de 1931 pero si a la de 1934, se colocaría en el puesto que les hubiera correspondido en caso de haberse acogido, aunque para ello tuviera que ascender al empleo superior95. Sin embargo, la aportación más relevante de Gil Robles en este asunto fue sin duda, la promulgación de la ley que redujo a dos los empleos del CS: sargento y brigada96. Para resolver la situación de los subtenientes, cuyo empleo desapareció, se les ascendió en bloque al empleo de alférez. El número de los ascendidos fueron97:

Subtenientes Alférez
Infantería 1.138
Caballería 135
Artillería 417
Ingenieros 224
Intendencia 60
Sanidad 39 Total 2.013
Tabla 3. Ascensos de subteniente a alférez por la ley de 5 de septiembre de 1935

Los que querían ascender a teniente debían ingresar en la academia especial de su arma o cuerpo, según lo dispuesto en las leyes de reclutamiento de la oficialidad98. Como consecuencia hubo un movimiento importante en los diferentes escalafones en los que ingresaron 113 sargentos y ascendieron a brigada 358 sargentos. Al mismo tiempo se estaba llevando a cabo la reorganización del Ejército por el decreto de septiembre de 1935, lo que suponía desestabilizaciones personales y familiares por los nuevos cambios de destino para muchos de los militares99.
Al mismo tiempo, la situación social y política se estaba descomponiendo muy rápidamente y los militares estaban tomando cada vez más protagonismos en ellas, por lo que el Ministerio tomó una serie de medidas para tratar de atajar el problema. Reiteró la no pertenencia de los militares a grupos políticos ni sindicales que ya se había realizado el año anterior, a la vez que les exhortó a no inmiscuirse en temas extraños a la milicia. El último párrafo de la orden decía100:

Ni alabanzas ni censuras, halagos y menos aún amenazas, han de separarnos de este camino honrado en el buen servicio de la Patria; en procurarlo y conseguirlo hemos de poner nuestra dignidad y la propia satisfacción, considerándolo, cual es, como elemento fundamental para el mantenimiento de la disciplina. base de la propia existencia de las Instituciones armadas y por ello, aunque seguro de interpretar el sentir unánime de la colectividad militar encargo a los Generales de las divisiones orgánicas, Comandantes militares de Baleares y Canarias y Jefe Superior de las Fuerzas Militares de Marruecos, cuiden del más exacto cumplimiento de lo dispuesto en el decreto de 19 de julio de 1934 (C. L. núm. 414), corrigiendo con severidad las infracciones y velando con el mayor celo por el cumplimiento de las normas señaladas en esta circular.

Como medida apaciguadora, a los suboficiales se les otorgaron los mismos derechos que a los oficiales en materia de sufragio electoral101. Y como a aquéllos, se les eliminaron de las copias de las Hojas de Servicio las notas desfavorables invalidadas, con el fin de que no aparecieran en las documentaciones que se acompañaban en las peticiones de súplicas. Además, no podían ingresar en la Real y Militar Orden de San Hermenegildo, como los oficiales102. Los sueldos y los derechos económicos continuaron siendo los establecidos, incluso al pasar a la situación de retiro. Se puede entender como una manera de paliar, dentro de lo posible, la merma de aspiraciones a la promoción de oficial. Vieron reconocidas por ley, las aspiraciones tradicionales de los suboficiales de ascender a oficiales, aunque fuera al final de su carrera. Un tema siempre recurrente desde la creación del CS, que heredaron de la época en que pertenecían a la clase de tropa. El Ministerio tuvo que aclarar el concepto de sueldo único que definía el artículo 13 de la ley de creación del Cuerpo, en 1934 mediante un decreto. En su artículo 2º decía103:

Se considerará incompatible con los sueldos únicos fijados, los devengos por periodos de servicio, suplemento por pan, combustible en metálico, gratificación de casa e indemnización por vestuario, a casusa de estar tomados en cuenta al computar los sueldos que fueron asignados a cada clase.

El Cuerpo quedó reducido a los dos empleos más arraigados en lo que iba de siglo y con sus misiones mejor definidas: los sargentos como jefes de pelotón, y los brigadas como auxiliares administrativos en las unidades tipo compañía y plana mayor. El empleo de subteniente no volvió a reimplantarse hasta 25 años después. De nuevo lo veremos en el periodo siguiente que se va a estudiar. Los sargentos pasaron de no estar dentro del CS, cuando éste se creó en 1931, a adquirir la mayor importancia y número dentro de él al final de la República. Desde entonces su importancia siempre ha sido de la mayor relevancia entre los suboficiales pues fueron ellos los que asumieron la responsabilidad de formación y dirección táctica de las pequeñas unidades de tropa.
También es importante destacar que, a partir de aquella legislatura, a los suboficiales se les dotó del título de su empleo, expedido por las Unidades en las que se encontraran en el momento del acceso o ascenso104. Gil Robles, en su intento de llenar los cuadros de suboficiales de las unidades destacadas en el protectorado de Marruecos y las plazas de soberanía africanas, por las que pocos de ellos aceptaban pasar de manera voluntaria, pensó darles un premio a los soldados que quisieran ascender a cabo y sargento, dentro de su propia arma y unidad. Pero no pasaba de ser una especie de ensoñación pues ese empleo era pura utopía fuera de sus unidades, teniendo que acudir a los correspondientes cursos de sargento, sin ninguna clase de ventajas, los que quisieran ingresar en el CS. Y lo que era pero aún, no se le reconocía el tiempo permanecido en esos empleos, a efectos de quinquenios ni ningún otro concepto retributivo. Al final, los que aceptaron ese tipo de prebendas, engrosaron las filas de las escalas de complemento105



91 Ley por el que se concede amnistía para los casos que se refieren, 24 de abril de 1934: GM n.º 115.
92 Decreto por el que se concede la reincorporación y retiro en sus escalas al personal amnistiado por la ley de 24 de abril, 9 de mayo de 1934. GM. n.º 131.
93 Decreto por el que se prohíbe la pertenencia a grupos políticos y sindicales a los militares, 19 de julio de 1934: GM n.º 201. Pero los miembros del Cuerpo, habían conseguido cuanto se habían propuesto antes de alcanzar la completa profesionalización.
94 Decreto por el que se aprueba el reglamento del Cuerpo de Suboficiales, 10 de julio de 1935: GM n.º 193. La modificación de las hojas anuales de los suboficiales se publicó por orden de 27 de junio de 1935: DOMG. n.º 148.
95 Orden por la que se dan las instrucciones de escalafonamiento para el CS, 16 de septiembre de 1935: DOMG. n.º 214.
96 Decreto por el que se autoriza al Ministerio de la Guerra a presentar un proyecto de ley para limitar los empleos del CS, 23 de octubre de 1935: GM. n.º 300. Posteriormente se convirtió en ley y se suprimió el empleo de subteniente, 5 de diciembre 1935: GM. n.º 345.
97 Órdenes por la que se asciende al empleo de alférez a los subtenientes, 13 y 14 de diciembre de 1935: DOMG. n.ºs 287 y 288.
98 Durante la Guerra Civil, continuaban existiendo las asimilaciones a subteniente, aunque el empleo había desaparecido, por lo que se tuvo que volver a regular sus insignias, amoldándolas a las que se cambiaron por orden de 31 de octubre de 1936 (DOMG. nº. 226), 1 de agosto de 1937: DOMG. n.º 186.
99 Decreto de reorganización de Ejército, 26 de septiembre de 1935: GM. n.º 270.
100 Orden por la que se ordena a los militares la no injerencia en actividades políticas, de 28 de enero de 1936.
101 Orden por la que se equipara a los suboficiales con los oficiales en materia de sufragio electoral, 12 de febrero de 1936: DOMG. n.º 036.
102 Orden por la que se establece la eliminación de las Hojas de Servicio de las notas desfavorables invalidadas, 19 de febrero de 1936: DOMG. n.º 44.
103 Decreto aclarando el sueldo único del personal del Cuerpo de Suboficiales, de 19 de febrero de 1934: DOMG. n.º 44.
104 Orden por la que se dispone que al personal del CS del Ejército se le provea del título correspondiente al empleo que disfruten, 11 de julio de 1935: CLE. n.º 437.
105 Ley por la que se crean en África los sargentos voluntarios, 5 de diciembre de 1935: DOMG. n.º 284.


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Justicia

Las responsabilidades adquiridas por el personal del nuevo Cuerpo, se organizaron al no contemplarlas ni en el Código de Justicia Militar ni los distintos reglamentos, lo que dio lugar a un extenso cuerpo legal. Se le asignaron las mismas situaciones militares que a los oficiales106. Mientras se reformaba el nuevo Código de Justicia Militar, que contemplaría las vicisitudes del nuevo Cuerpo, se ordenó de manera transitoria, cuáles deberían ser aquellas. A los suboficiales se les asignaron labores de secretario de causas (artículo 141).
Podían ser juzgados como clase de tropa en ciertos artículos, aplicándoseles las penas correspondientes (artículos 44, 48, 261, 265, 299, 300, 473, 643); serían tratados como oficiales en otros casos (artículos 185 a 188, 201, 206, 207, 223, 282, 283, 285, 303, 304, 307, 310, 326, 329, 339, 331, 333, 334 y 336, 481, 530, 571, 642, 643, 705 a 719, )107; y no incurrirían en las señaladas en otros (286 al 290, 292). Con respecto al artículo 311, se le podrían imponer los siguientes correctivos:

 Apercibimiento
 Reprensión
 Arresto hasta 15 días en lugar que designen los cuarteles o establecimientos militares, con separación de la tropa,
 Arresto desde 15 días hasta dos meses en castillo u otro establecimiento militar en lugar distinto de la clase de tropa.

Los suboficiales podían corregir las faltas leves cometidas por la clase de tropa, siguiendo las normas generales de subordinación y disciplina existentes en el Ejército; en estos casos podían arrestar preventivamente a cuantos les estaban subordinados, suboficiales incluidos, dando parte a su capitán o al que estuviera al mando, quien aquilataría el castigo. Pero a los cabos y soldados los podía arrestar hasta seis días en compañía. Por todo ello, se dio la orden de habilitar en los cuarteles y dependencias militares en donde prestaran servicios los miembros del Cuerpo, los locales adecuados para que, con la separación debida de los oficiales y clase de tropa, pudieran cumplir sus correctivos y efectuar los servicios que su misión requiera108.
La acumulación de faltas leves fue una dificultad que se hizo necesario regular. Se ordenó, en consonancia con el artículo 339 del Código, que para el caso de los suboficiales se entendería como tal, la repetición de cuatro que daría lugar a una falta grave, siempre que superaran las 24 horas de arresto109. Otro avance hacia la normalización del nuevo Cuerpo en temas de justicia, fue que cuando a un suboficial le faltaran por cumplir menos de seis meses de prisión militar, lo podía finalizar en las instalaciones de un cuartel designado por el Capitán General de su región militar, siempre que se observara rigurosamente la separación de los suboficiales110. Incluso se les permitió presentar su candidatura a diputados a Cortes, en aplicación del artículo 53 de la Constitución y de la ley electoral, algo a lo que no tenían derecho cuando pertenecían a las clases de tropa111.


106 Decreto por el que se disponen las mismas situaciones para los suboficiales que tenían los oficiales, 11 de marzo de 1932: DOMG. n.º 61. Se confirmó por decreto por el que aparecieron las figuras del disponible forzoso y voluntario, y desapareció la de procesado, 5 de enero de 1933: BOE. n.º 6. En 1935 volvió a aparecer la de procesado y se creó la de suspenso de empleo, por decreto de 7 de septiembre de 1935: GM. n.º 253. Las situaciones de procesado y suspenso de empleo fueron añadidas por el decreto de 7 de septiembre de 1935: GM. n.º 253.
107 Destacar el artículo 530, por el cual el juez podía retener parte del sueldo a los oficiales, para atender a las posibles responsabilidades a que pudiera hacer frente, y que a las clases de tropa no se efectuaba. Se recordó por orden de 15 de junio de 1933: DOMG. n.º 137.
108 Orden por la que se establecen las normas a aplicar al CS del Código de Justicia Militar, 19 de marzo de 1932: GM. n.º 140. El Código de Justicia Militar aplicado se publicó por ley de 8 de octubre de 1890: GG.MM. n.º 278 a 285.
109 Orden por la que se dictan normas sobre la acumulación de faltas leves en el personal del CS, de 27 de marzo de 1934: DOMG. n.º 74. En ese aspecto fueron equiparados a los oficiales, y ratificado por otra orden de 5 de junio de 1934: DOMG. nº. 282.
110 Orden por la que se accede al cumplimiento de los seis últimos meses de prisión militar, en cuarteles, castillos o prisiones que se designen, 12 de julio de 1932: DOMG. n.º 166.
111 Orden por la que se autoriza a los suboficiales a presentarse a diputados a Cortes, 8 de noviembre de 1933: DOMG. n.º 61


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Formación

Cuando en noviembre de 1934, Alejandro Lerroux se hizo cargo del Ministerio de la Guerra, simultaneándolo con el de presidente del Consejo de Ministros, se impulsaron las escuelas regimentales que tenían como principal objetivo impartir cursos a fin de que las clases de tropa llegaran bien formadas para ocupar su lugar entre los suboficiales. Igualmente atendían al proceso de perfeccionamiento para el ascenso a brigada, elaborando amplios planes de estudios que desarrollarían las unidades112. Al ser herederas de las anteriores a la República, las academias tenían los mismos defectos, sin aportan ninguna virtud. Y como entonces, no hubo una seria predisposición ni política ni militar, para cambiarlas por lo que la formación para acceder al CS, careció del rigor necesario para dotarlo de profesionales competentes, en los que destacaba de manera especial, su dilatada experiencia, a veces con vicios profesionales fuertemente arraigados. Y lo mismo podía decirse de los cursos de perfeccionamiento para el ascenso a los diferentes empleos de suboficiales. Es el caso de los subayudantes que tenían la aptitud para el ascenso a alférez acreditada, no tenían que someterse a la conceptuación del curso, por ser iguales los programas, pero sí asistir a ellos113.
En este sentido, la Segunda República no innovó nada. Fue más interesante el planteamiento efectuado en los cursos de perfeccionamiento para el ascenso a subteniente. Se desarrollaban en tres fases. En la primera, los suboficiales, preferiblemente los subayudantes, impartían conferencias, dirigidas por los capitanes, a los suboficiales sobre temas no sólo militares, que eran las más importantes, si no humanísticos. Al tratarse de una preparación previa a los cursos de perfeccionamiento, eran evaluados por la Junta de Jefes. Una segunda fase, después de efectuado el examen de ingreso, se realizaba en sus escuelas de las armas y cuerpos, con una duración de tres meses. En la tercera fase se trasladaban todos a la escuela de equitación durante un mes, excepto los de caballería, que lo realizaron en la Escuela Central de Tiro114. Los convocados podían renunciar a cualquier curso de perfeccionamiento, y por tanto al ascenso que traía consigo, de manera permanente115


112 Orden por la que se dictan normas para el funcionamiento de las Escuelas regimentales, 15 de febrero de 1935: DOMG. n.º 43. Ya se ha estudiado anteriormente, la historia de las academias regimentales para las clases de tropa.
113 Orden por la que se dispensa a los subayudante de la conceptuación final de los cursos, de 14 de septiembre de 1932: DOMG. n.º 220.
114 Orden por la que se dan instrucciones para la realización del curso de perfeccionamiento para subtenientes, de 23 de julio de 1932: DOMG. n.º 180. Los primeros convocados a dicho curso lo fueron por la orden de 5 de agosto de 1932: DOMG. nº. 185.
115 Orden por la que se autoriza a la renuncia de los cursos de perfeccionamiento de los miembros del Cuerpo de Suboficiales, de 7 de marzo de 1933: DOMG. n.º 60.


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Promoción

Ya hemos visto que Azaña había suprimido la Reserva Retribuida, escala curricular para la promoción de la segunda clase de tropa. La promoción del CS supuso un hecho novedoso: se realizó mediante reserva de plazas en las oposiciones anuales de las academias militares. Cuando en 1927 Primo de Rivera refundó la Academia General Militar AGM, no había previsto que la segunda clase de tropa tuviera plazas reservadas para su promoción, ya que existía la Reserva Retribuida, aunque sí se le proporcionaban determinadas facilidades para su ingreso116. Para el ascenso a oficial, Azaña había previsto para los suboficiales tres vías distintas117:

 Por acceso directo, como los jóvenes civiles, y en las mismas condiciones que ellos: mayores de dieciocho años de edad, título de bachillerato, más ciertas asignaturas aprobadas en una facultad universitaria, y las demás circunstancias que se solicitaran en las diferentes convocatorias.
 Mediante la reserva del 60 por ciento de plazas, en las condiciones que se señalaran en la convocatoria, sin exigencia de la titulación del grupo anterior.
 Además, se abría otra vía para el personal no acogido a la ley de 4 de diciembre de 1931: realizar un curso de un semestre, a cuyo término, continuarían con las vicisitudes de los alumnos de los grupos anteriores con los que finalizarían la carrera.
 Por último, los subtenientes podían acceder al empleo de alférez al final de su carrera profesional, previa superación de un curso de capacitación en una academia especial.

Aunque estaban dispensados del título de bachillerato y del curso universitario, la permanencia en las academias iba a suponer una dura prueba para ellos, dado el escaso nivel exigido para ascender a sargento (Cardona, 1986, p. 77). En septiembre de 1933, se convocaron 280 plazas para el ingreso en las academias.

De ellas se reservó el 60 por ciento: 168 plazas
45 plazas para el grupo B y 45 para el grupo C, para infantería, 3 y 3 para caballería, 15 y 15 para artillería, y 21 y 21 para ingenieros para los siguientes grupos118:

 Grupo B, 84 plazas: para suboficiales y sargentos.
 Grupo C, 84 plazas: para el CS que tuvieran aprobado el curso de aptitud para el ascenso a subteniente, o el similar que se exigía en otra época, para ascender a oficial de la desaparecida Escala de Reserva Retribuida.

Al grupo al que pertenecía el personal civil, se les asignaron un total de 112 plazas119. Durante el periodo de formación en las academias militares, los alumnos que eran suboficiales o sargentos no estaban obligados a permanecer en régimen de internado, a diferencia de los procedentes de la vida civil, y cobraban su sueldo íntegro, además de percibir una gratificación de cinco pesetas diarias. Pero no cabe duda de la ardua tarea que tenían ante sí los suboficiales con aspiraciones para promocionar a oficial, por lo que el Ministerio se vio obligado a poner los medios para que los preceptos de la ley se consiguieran.
En octubre de 1933 el ministro de la Guerra Vicente Iranzo, continuó con el desarrollo de la ley referente a la promoción del CS.
En noviembre se creó el Colegio Preparatorio Militar en Ávila CPMA, que brindaba la posibilidad de adquirir una buena preparación, necesaria para tomar parte en las convocatorias anuales de ingreso en las academias militares y la posterior formación académica. Fue consecuencia lógica de la ley de reclutamiento para la oficialidad y para hacer efectivos los beneficios concedidos a los sargentos no acogidos a la ley de diciembre de1931 y personal del nuevo Cuerpo120. Se fijó una capacidad máxima de 200 aspirantes, la mitad para cada grupo.
Para obtener plaza en el CPMA, los aspirantes debían estar bien conceptuados por su jefe de Cuerpo, y superar unas pruebas de cultura general en las cabeceras de las divisiones orgánicas, consistentes en aritmética, geometría plana y espacial, geografía e historia de España y escritura al dictado. En las primeras pruebas se observó que había ponderaciones muy diferentes entre los distintos tribunales, unas muy elevadas y otras que no superaban la media, por lo que el Ministerio decidió en 1934, que se desplazara un único tribunal a todas las cabeceras y comandancias para realizar las pruebas bajo los mismos criterios121. Los suboficiales y sargentos ingresados en el Colegio también cobraban su sueldo íntegro. Además percibían 75 pesetas en concepto de gratificación para atender a los gastos de desplazamiento, libros y material de enseñanza (art. 7.º del reglamento). En 1934 al Ministerio le pareció que aquella cantidad era insuficiente, por lo que en el mismo decreto de la creación de un único tribunal examinador, la aumentó a 100 pesetas. El reglamento del colegio de Ávila se publicó de manera provisional en 1934, con el fin de regir la vida diaria en la institución122.
El curso preparatorio tenía una duración de diez meses, desde el primero de octubre al 31 de julio, disfrutando de los mismos días de vacaciones que el resto de academias militares. Las clases para ambos grupos se impartían separadas, habida cuenta de la diferencia militar de cada grupo. Dado que los alumnos que acudían al colegio lo hacían de manera voluntaria, se esperaba de ellos el mayor esfuerzo y aplicación para corresponder a la decisión de la República de darles los medios para poder acceder a oficial, mediante su conducta, trabajo metódico y espíritu militar. Por tanto, el proceso para facilitar el ingreso de los suboficiales en las academias militares de oficiales, tal y como marcaba la ley de 4 de diciembre de 1931, se cumplió escrupulosamente123. Se estableció en un curso el tiempo máximo de estancia para los suboficiales y en dos para los sargentos. Los que no superaran las pruebas de acceso a las academias debían reincorporarse a sus unidades de origen, y allí, por sus propios medios, debían continuar con la preparación si lo deseaban. Hubo tres convocatorias para el CPMA.
Las primeras plazas ofertadas fueron en noviembre de 1933, una vez que se había publicado la convocatoria para las academias militares de oficiales, que sirvieron de base para la proporción que había que aplicar124. En el caso de falta de aspirantes de un grupo, el otro cubría las bajas. Los que tenían beneficio de ingreso, no ocupaban plazas anunciadas. A esta primera convocatoria no se le aplicó el tiempo de permanencia en el Colegio a los que no ingresaran en las academias militares, por la poca duración del curso. Los pertenecientes al arma de Aviación, tan sólo podían concurrir si aún continuaban perteneciendo a sus armas de origen. La segunda convocatoria se realizó al año siguiente. Ya sólo se convocaron 98 para el grupo C, es decir, para el CS, por ser las plazas vacantes en ese momento en el Colegio, con las mismas condiciones que la anterior en lo relativo a la falta de plazas en uno y otro grupo.
En esta ocasión no coincidía el número de convocados para los grupos B y C a las academias militares del mes de agosto, 88 plazas para todas las armas y grupo, con las convocadas para el Colegio, debido a las renuncias de la anterior, y había más plazas disponibles125. En marzo de 1935 se convocaron un total de 76 plazas a partes iguales para los dos grupos y armas126. A esa convocatoria no se correspondió otra para el CPMA. Este hecho habría que enmarcarlo en el ya comentado proyecto de ley de Gil Robles para refundar la AGM y que preveía suprimir el Colegio al finalizar la oposición publicada en marzo; y se disminuía la proporción de cada uno de los grupos de suboficiales al 40 por ciento en cada convocatoria.


Grupo B Grupo C Beneficio Ingreso Total Ingresados
Convocados Ingresados Convocados Ingresados
Infantería 45 63 45 40 6 109
Caballería 3 4 3 4 8
Artillería 50 19 15 20 39
Ingenieros 21 40 21 11 51
Total 119 126 84 75 6 207 T
abla 4. Primera convocatoria noviembre 1933

Grupo B Grupo C Beneficio Total de Ingreso ingresados
Convocados Ingresados Convocados Ingresados
Infantería 27 62 27 52 1 115
Caballería 2 11 2 12 23
Artillería 6 14 6 2 16
Ingenieros 9 26 9 3 29
Total 44 113 44 69 1 183
Tabla 5. Segunda convocatoria noviembre 1934

Hubo dos convocatorias que se publicaron en enero de 1936. Tenían unas características especiales. Iban dirigidas a los alféreces de las armas que habían pertenecido al CS. No indicaban el número de plazas. Se creó lo que la orden definió como escala de aspirantes, una especie de lista de aprobados en convocatorias anteriores sin plaza, a la que podían concurrir también los sargentos del grupo C. Los componentes admitidos de estas convocatorias no pudieron finalizar su preparación, por la precipitación de los acontecimientos del 18 de julio del mismo año. El primer ingreso para los alféreces y sargentos durante el año 1936 fue:

Grupo B Grupo C Total
Infantería 38 35 73
Caballería 8 9 17
Artillería 8 8
Ingenieros 8 1 9
Total 62 45 107
Tabla 6. Primer ingreso alféreces CPMA enero 1936.127

El segundo ingreso para los alféreces y sargentos durante el año 1936 fue:

Grupo B Grupo C
Total Infantería 31 17 48
Caballería 3 3 6
Artillería 6 2 8
Ingenieros 17 3 20
Total 57 25 82
Tabla 7. Segundo ingreso alféreces CPMA febrero 1936128

Hubo una última publicación, con los admitidos para cubrir las bajas de las dos anteriores:

Grupo B Grupo C
Total Infantería 20 20
Caballería 5 5
Artillería 3 3
Ingenieros 8 8
Total 36 0 36
Tabla 8. Cubren bajas alféreces CPMA marzo 1936.129

El colegio dejó de funcionar el 18 de julio de ese año, debido a la Guerra Civil y Franco lo suprimió en mayo de 1937.130.
Estas fueron las últimas convocatorias de ingreso en el CPMA.



116 Real decreto por el que se crea la Academia General Militar, 20 de febrero de 1927: DOMG. n.º 43.
117 Ley por la que se dictan las normas de ingreso para la oficialidad del Ejército, 12 de septiembre de 1932: GM nº. 117. En este punto hay que recordar que Azaña suprimió la AGM. Decreto de 1 de julio de 1931: GM. n.º 182
118 Orden por la que se dictan normas para la asistencia a las convocatorias de ingreso del Cuerpo de Suboficiales a las Academias Militares, 5 de septiembre de 1933: DOMG. n.º 208.
119 Se cumplió escrupulosamente lo marcado por la ley.
120 Decreto por el que se crea el Colegio Preparatorio Militar de Ávila, 9 de noviembre de 1933: GM. n.º 315. Este centro sí tomó el nombre correcto, pues era de preparación para el ingreso en las Academias Militares y no como el de Zamora del siglo anterior.
121 Decreto por el que se dictan normas para el examen, en lo sucesivo, de los alumnos aspirantes a ingresar en el CPMA y elevar la gratificación que han de percibir dichos alumnos, 23 de agosto de 1934: DOMG n.º 237.
122 Orden aprobando, con carácter provisional, el reglamento para el régimen interior del CPMA, 7 de noviembre de 1934: DOMG nº. 260.
123 En 1935, Gil Robles presentó un proyecto de ley para refundar la AGM, en el que se preveía la desaparición del CPMA. Finalmente los acontecimientos se precipitaron y dicho proyecto de ley no llegó a debatirse en las Cortes. Decreto por el que se remite a las Cortes un proyecto de ley para la creación de la Academia General Militar, 2 de julio de 1935: GM. n.º 187.
124 Ver nota 21.
125 Orden por la que se convocan plazas para las academias militares, 30 de agosto de 1934: DOMG. n.º 200. La orden de convocatoria para el CPMA de ese año fue de fecha 21 de noviembre de 1934: DOMG. n.º 271.
126 Orden por la que se convocan 190 plazas para las academias militares, 13 de marzo de 1935: DOMG. n.º062.
127 Orden de ingreso en el CPMA, 24 de enero de 1936: DOMG. n. 21.
128 Órdenes de ingreso en el CPMA, 18 de febrero de 1936: DOMG. n.º 42; y de 26 de febrero de 1936: DOMG. n.º 49.
129 Orden de ingreso en el CPMA, por bajas y renuncias, 19 de marzo de 1936: DOMG. n.º 67.
130 Orden por la se suprime el CPMA, 1 de mayo 1937: BOE. n.º 197.


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Nuevos Cuerpos de Suboficiales

La Segunda República creó otros CS, además de los establecidos en la ley de 4 de diciembre de 1931. Junto a las armas y cuerpos del Ejército, se crea también en el Cuerpo de Aviación el de Suboficiales131. En noviembre de 1933 se constituyó definitivamente el CS de Aviación mediante el acoplamiento de los suboficiales y sargentos que pertenecían al arma y los de las distintas procedencias que venían prestando sus servicios en Aviación, siempre que se encontraran destinados previamente, y así lo solicitaran132. Y en diciembre se publicó la relación de dicho escalafón compuesto por un total de 297 miembros133. Una vez constituido el escalafón inicial, se procedió a la corrida de escalas para cubrir las plantillas, mediante la proporcionalidad entre las distintas armas y cuerpos, y para cada uno de los empleos.
Para el año 1932 las plantillas fueron establecidas134:

Inf. Cab. Art. Ing. Int. Total
Subtenientes 1 3 4
Subayudantes 2 2 10 14
Brigadas 4 4 18 26
Sargentos 1º 4 1 3 20 2 30
Sargentos 16 3 8 63 4 94
Total 27 4 17 114 6 168 Tabla 9.
Plantillas CS año 1932

Y se concretaron para el Ejército de África en135:
África
Subtenientes 1
Subayudantes 5
Brigadas 4
Sargentos 1º 8
Sargentos 18
Total 36 Tabla 10.
Plantillas CS de África año 1932

En 1934 se convocó un único curso para el ingreso en el CS de Aviación, con un total de 77 sargentos136. Previo al curso, los sargentos deberían superar un examen en la base de Cuatro Vientos, ante un tribunal nombrado al efecto137. El proceso del curso, que se distribuía entre el 15 de febrero al 12 de julio, era de una gran dispersión geográfica: Los dos primeros meses en sus unidades, en donde estudiarán los programas dispuestos; del 1 al 12 de mayo, en los parques más cercanos a su unidad; del 12 de mayo al 2 de junio, en la Escuela de Gimnasia de Toledo; del 4 al 23 de junio en la base de Cuatro Vientos, para estudiar transporte, protección de vuelos, armamento y gases; y del 25 de junio al 12 de julio tiro antiaéreo en Los Alcázares.
La Guardia Civil había sido apartada del Ministerio de la Guerra en agosto de 1932. Aprovechando las adaptaciones que se hicieron necesarias para su acoplamiento en el Ministerio de la Gobernación, el ministro Casares Quiroga implementó el Cuerpo de Suboficiales en 1933, con la diferencia de que los subtenientes ascenderían directamente al empleo de teniente ocupando una de cada tres vacantes, con ocasión de vacantes, en vez de a alférez, que desapareció del Instituto por ese decreto138. Otros CS creados por la República fueron el de El Tercio, en marzo de 1933 y el de la Escala de Complemento en 1934. Ambos se estudiarán más extensamente en otro capítulo. Pero habría que destacar en este apartado un CS que se gestó en 1932 pero que al final nunca llegó a crearse. Se trata del Cuerpo de Tren. Se creó en septiembre de 1932 cuando se promulgó la ley de la oficialidad del Ejército, que ya se ha estudiado. El artículo primero de la orden de marzo de 1932, por la que se daban instrucciones para la aplicación de la ley de 4 de diciembre de 1931, de creación del CS, decía:

Las actuales clases de segunda categoría del Ejército que opten por ingresar en el nuevo Cuerpo de Suboficiales, así como los que no lo deseen […] podrán, en su día, si las Cortes aprueban la creación del Cuerpo de Tren, aspirar a su ingreso en él, siempre que reúnan, llenen y cumplan las circunstancias, requisitos y condiciones que al efecto se determinen para su organización e ingreso en el mismo.

En marzo de 1933 se promulgó el decreto de organización del Cuerpo de Tren, en el que se detallaba el reclutamiento de aquellos suboficiales con el único fin de realizar un curso para ascender al empleo de alférez del nuevo Cuerpo, es decir que estaría compuesto tan sólo por oficiales139. El Cuerpo de Tren fue disuelto después de la Guerra Civil, sin haber logrado sus expectativas, y sus oficiales regresaron a sus Armas y Cuerpos de origen140. En esta situación estaban los suboficiales cuando el 18 de julio de 1936 un grupo de generales llevó a cabo un intento de golpe de estado contra la República que al no triunfar, desembocó en la Guerra Civil.


131 El Cuerpo de Aviación en el Ejército se crea por decreto de 27 de junio de 1931: GM. n.º 178. En 1926 se había creado el Servicio de Aviación, con tropas de otras Armas del Ejército, por real decreto de 23 de marzo: DOMG. n.º 66. La uniformidad para el Cuerpo se creó por orden de 10 de julio de 1931: DOMG. n.º 153; y se concretó para los suboficiales por orden de 22 de enero de 1932: DOMG. n.º 23.
132 Orden por la que se constituye el Cuerpo de Suboficiales en el Arma de Aviación, de 25 de noviembre de 1933: DOMG. n.º 277
133 Orden por la que se constituye el Cuerpo de Suboficiales del Arma de Aviación, de 30 de diciembre de 1934: DOMG. n.º 5 de 1935. Se constituyó con 8 subtenientes, 14 subayudantes, 21 brigadas, 18 sargentos primeros y 297 sargentos. Recordemos que los sargentos ya pertenecían al Cuerpo de Suboficiales.
134 Orden por la que se publican las plantillas del Ejército, 23 de febrero de 1932: DOMG. n.º 46.
135 Orden por la que se publican las plantillas del Ejército de África, 26 de diciembre de 1932: DOMG. n.º 305.
136 Orden por la que se convoca un curso de acceso al Cuerpo de Suboficiales de Aviación, por orden 6 de febrero de 1934: DOMG. n.º 32. Recordemos que en ese mismo año, el ministro Hidalgo integraría a los sargentos en el CS.
137 Orden por la que se establece la base de Cuatro Vientos para el examen de ingreso al curso de suboficiales del Aire, 25 de abril de 1934: DOMG. 99
138 Decreto por el que se reorganiza la Guardia Civil, 28 de julio de 1933: GM. n.º 223.
139 Decreto por el que se organiza el Cuerpo de Tren, de 25 de marzo de 1933: DOMG. n.º 77. Por orden de 27 de agosto de 1934, se publicaron los programas para los cursos teórico-prácticos para los suboficiales que aspiraban a formar parte del Cuerpo de tren: DOMG. n.º 197.
140 Ley por la que se disuelve el Cuerpo de Tren, de 12 de agosto de 1940: BOE. n.º 235. Casi 50 años más tarde, y dentro de las diferentes normativas para regular la situación de los militares que tomaron parte en la Guerra Civil, al amparo del real decreto-ley 6/1978, de 6 de marzo, se promulgó la ley 21 de 1984, de 15 de junio: DOE. n.º 142, por la cual se restituyeron los derechos al personal que procedentes de suboficial, ingresó en el disuelto Cuerpo de Tren, y que al ser disuelto no ascendieron hasta ser rebasados por los más antiguos del Cuerpo de Suboficiales. Y se reguló por orden ministerial 49/1985, de 10 de septiembre. Los beneficiados finales fueron los familiares, porque la mayoría ya habían fallecido.


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CAPÍTULO III
EL CUERPO DE SUBOFICIALES EN LA GUERRA CIVIL (1936-1939)


La guerra es siempre cruel y convulsa, y más si se trata de un enfrentamiento fratricida, como fue nuestra Guerra Civil. El enfrentamiento enconado entre facciones opuestas aumenta con el tiempo, desemboca en un conflicto armado, y se enquista en la sociedad durante varias generaciones, si es que alguna vez desaparece del todo. De ella nadie sale realmente vencedor, y sí muchos vencidos. En la Guerra Civil se exhibió por primera vez parte del arsenal armamentístico, que más tarde sería el protagonista de la Segunda Guerra Mundial, por lo que significó un laboratorio inmejorable para el desarrollo del personal como elemento combatiente.
Se experimentaron bombardeos aéreos masivos sobre poblaciones civiles, como terrible preludio de lo que vendría después en Europa y Asia. Los avances tecnológicos no fueron determinantes para ninguno de los bandos. España carecía de una industria que permitiera la investigación, el desarrollo y la producción importante de armamento. Su origen era la compra a terceros países que proporcionaron escasos adelantos, cuando no material obsoleto. En el conflicto se vio involucrada toda la sociedad, civil y militar, por razones políticas, sociales e incluso religiosas. Y precisamente ese fue el verdadero actor involuntario de la contienda: el hombre como civil militarizado.
No hay que olvidar que en los conflictos armados, sobre todo en el pasado, los principales protagonistas fueron civiles con puestos de trabajo cotidianos, que se vieron en la obligación de tomar las armas e interpretar papeles que desconocían, en situaciones para las que no estaban preparados. Representó una generación a la que le sucedieron hechos terribles y trascendentales para la historia de España. De la correcta preparación de los civiles para el combate, más que del armamento, dependió en gran medida el resultado final. Aplicar métodos ya contrastados de formación militar significó, a la postre, la diferencia entre la victoria y la derrota. El suboficial profesional existente al comenzar el conflicto, fue utilizado como materia prima que engrosaría las filas de los oficiales, impelidos por la escasez y necesidad de mandos subalternos. En los meses previos al levantamiento militar, el ambiente social estaba muy enrarecido por causa de la política. Esa situación de preocupación hacía tiempo que se había trasladado a los miembros del Ejército. Ya hemos visto cómo el Ministerio trató de evitarlo, sin conseguirlo. Durante la contienda se constituyeron dos bandos armados antagónicos, con mentalidades tácticas, logísticas y organizativas diametralmente opuestas. Estuvieron condicionados por las vicisitudes de los combatientes, de sus necesidades y sobre todo, de las disponibilidades económicas y armamentísticas.
La dirección de los ejércitos y los importantes componentes políticos de unos y otros, determinaron el resultado final. Y los aliados de cada bando, incluso los neutrales, también jugaron un papel decisivo. Si la política de personal en cuanto a la formación y la promoción de ambos bandos era diferente, se hizo notar aún más en el CS, ya que los modelos resultantes no se asemejaron en nada. Sin embargo, el reclutamiento fue idéntico: la clase de tropa y los miembros de las milicias. Al comenzar la contienda, el número de suboficiales que tenía el Ejército en la Península y archipiélagos era de 5.617 y de 1.004 en África. 6.621 entre las cuatro armas e intendencia, de los cuales 2.936 estaban en la zona republicana y 3.685, en la zona insurrecta (Gárate Córdoba, 1977, p. 22). Si tomamos como base las plantillas previstas para el año 1936, las cifras variaban: 6.361 suboficiales para el Ejército de la Península, Baleares y Canarias; y 1.569 para el Ejército de África, no contemplándose El Tercio, cuyas plantillas databan de 1932, cuando aún tenían cuatro empleos y los sargentos no pertenecían al Cuerpo141.
Los dos gobiernos expulsaron al personal militar que se había pasado al bando contrario o al que, simplemente, había sorprendido la rebelión en territorio equivocado. Asimismo se admitieron a aquellos militares, independientemente de su situación administrativa, que se unieron desde el principio para formar parte del correspondiente ejército, incluidos los retirados. En la Guerra Civil, los suboficiales fueron una pieza fundamental para el Ejército en el desarrollo de las operaciones, al tener unas misiones perfectamente definidas, como era la del mando directo de la tropa y eslabón de ésta con los oficiales. Pero además en ambos bandos, fueron utilizados como cantera de la que extraer de manera rápida y fácil la oficialidad subalterna. La guerra reclamaba de manera urgente mandos subalternos profesionales con experiencia, por lo que los suboficiales se hicieron imprescindibles para abastecer a este grupo. Poseían la necesaria experiencia y profesionalidad para asumir misiones superiores a las asignadas. Esto trajo como consecuencia la desaparición de estos profesionales adiestrados en ambos casos. Debido a este hecho, los ejércitos tuvieron que reclutar y formar de manera constante y urgente a nuevos suboficiales.
El Ejército popular no supo, o no pudo, articular los mecanismos necesarios para continuar con el desarrollo del CS. Desde el principio lo vació de contenido y no vio la necesidad de crear los nuevos reemplazos, a pesar de la gran necesidad que de ellos tuvo durante todo el conflicto. Ni tan siquiera pensó en la necesidad de crear centros de formación específicos para ellos. Se contentó con nombrar sargentos, a los que no obtenían la formación mínima para ser oficial. Solo cuando la guerra estaba decidida, volvió a los modelos de reclutamiento y formación de cabos y sargentos anteriores a ella. Todas esas acciones y omisiones, limitaron al Ejército y al final, le pasaron factura. Las razones se pueden buscar en varios factores: la fuerte politización que presidió al Ejército; la falta de firmeza de los distintos gobiernos a la hora de atajar las disensiones políticas, que afectaron al Ejército de manera fundamental; la falta endémica de oficiales profesionales, que pudieron reconvertir la situación con la firmeza y disciplina que la urgencia de la situación requería. Pensar que un ejército puede ser eficaz sin un consolidado cuerpo de mandos intermedio, fue un error irreparable. No darle la importancia a un grupo militar profesional tan importante como son los suboficiales en el Ejército, le trajo consecuencias indeseadas. Desde luego no parece que el reclutamiento de personal civil, con origen en las diferentes milicias, por muy militarizada que estuvieran, fuera la solución al problema. Máxime cuando la extracción social de aquellos miembros, con poca instrucción escolar, era la menos adecuada para adquirir de manera rápida la formación necesaria y ejercer el mando con firmeza.
Otro factor importante fue la escasa conciencia de disciplina militar. La experiencia en combate per se, aunque necesaria, no era suficiente. La desaparición de los empleos de suboficial, que acabó con la del Cuerpo, y el regreso del sargento a la clase de tropa, fue la gota que colmó el vaso de las desgracias tanto del Ejército como de los propios suboficiales. Diferente fue el planteamiento adoptado desde el principio por el Ejército Nacional, ya que éste se basó en la disciplina. A partir de ella, se utilizó la materia prima que suponían los suboficiales, para la rápida creación de una base sólida de oficiales, que mandarían las unidades de vanguardia.

El objetivo de la disciplina se logra cuando un hombre siente que vive bajo reglas que lo protegen y apoyan. Los factores que integran el concepto de disciplina son: respeto de sí mismo, liderazgo, eficacia, motivación, productividad, lealtad, moral, espíritu de cuerpo y concepto de misión (Janowitz, 1960, p. 135).

Pero lo más importante es que no renunció al tesoro estratégico que suponía un compacto CS. Para ello, desarrolló un amplio plan de formación para oficiales provisionales, con el fin de no desmantelarlo enteramente, a la vez que imponía su formación para la obtención de nuevos suboficiales provisionales que se integraran a las unidades. Las condiciones fueron extremadamente difíciles, lo que hace aún más meritoria su labor. Formaron un marco común bajo un mismo cuerpo doctrinal. Aun así, no olvidó la carrera de los suboficiales profesionales, que continuaron con sus ascensos y promoción, tanto por antigüedad como por méritos de guerra. Y esto fue definitivo para el mantenimiento del mismo una vez finalizada la contienda. No cabe duda que el plan fue bueno y con óptimos resultados.
No solo las cifras dan fe de ello. Quedó una impronta indeleble gracias a su actuación en el combate. Muestra de ello es la gran cantidad de condecoraciones de todo tipo que recibieron durante la campaña. Aquel modelo de provisionalidad, que fue tan eficaz en combate, supuso un problema tanto para el personal como para la institución militar, una vez finalizada la guerra. Y se desperdició para la posteridad la oportunidad que había supuesto la experiencia de la formación para los suboficiales en academias específicas. Una vez finalizada la guerra, se volvieron a los obsoletos e inútiles métodos de las escuelas regimentales del siglo XIX que la República había perpetuado. La guerra demostró la eficacia de las academias, y la paz la desaprovechó. Ambos contendientes usaron y desarrollaron modelos muy diferentes.
Los dos destinaron ingentes recursos a la formación, pero solo el bando nacional lo hizo de manera específica para los suboficiales. Y tal vez ese hecho inclinó la balanza final de los acontecimientos militares. En resumen, ambos bandos tenían concepciones sociales y militares diferentes. El republicano era militarmente idealista. Trató de romper lo establecido y crear nuevas estructuras, con una amplia base popular y mostró más entusiasmo que efectividad. El nacional fue más pragmático. Utilizó los resortes militares existentes, los desarrolló y aplicó de manera general la disciplina como vehículo de contención. El general alemán Hans von Seeckt decía que ”Una masa de reclutas, con instrucción breve y superficial, escarne de cañón, en el peor sentido de la palabra, si se le opone un pequeño número de técnicos experimentados”. Y eso fue, en términos generales, lo que a la postre sucedió. Como el objetivo final de los rebeldes era el cambio radical del sistema político legalmente establecido, nunca se contempló la posibilidad de procurar condiciones de paz distintas que no fueran la total derrota incondicional y posterior depuración del contrario. Y por ello, el que mejor preparado se encontraba, en términos militares, se alzó con la victoria. La guerra supuso una dura prueba para la sociedad española, para el Ejército y para el CS.
Era una estructura joven, creada a finales de 1931, aunque con una solera avalada por siglos de experiencia en las clases de tropa. Y el resultado final para él fue que salió fortalecido y consolidado. Supuso un rotundo éxito para el que lo gestionó de manera eficaz y que se alzó victorioso del envite. Para entender mejor lo sucedido al CS durante la Guerra, aunque tan solo se trate de su armazón legal, es necesario estudiar por separado los distintos modelos142.



141 Orden por la que se publican las plantillas del Ejército, 31 de diciembre de 1935: DOMG. n.º 1 de 1936. Fue como consecuencia del decreto por el que se reorganizó el Ejército, 26 de septiembre de 1935: BOE. n.º 270. Las plantillas de El Tercio, junto con las del resto de Unidades de África, se publicaron por orden de 26 de diciembre de 1932: DOMG. n.º 305.
142 Ver anexo XV.


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El CS del Ejército Popular

Al estallar el levantamiento militar el 18 de julio de 1936, el Gobierno de la República decretó el licenciamiento de la tropa con el fin último de evitar que los rebeldes pudieran formar sus unidades con ellos. También se disolvieron unidades con el mismo criterio. Pero estos decretos solo se obedecieron en la zona donde no había triunfado el golpe militar143. Los cuarteles se quedaron desiertos y sus componentes regresaron a sus domicilios, por lo que el Ejército apenas quedó en su esqueleto. En septiembre, Largo Caballero fue nombrado Presidente del Consejo de Ministros y asumió la cartera del Ministerio de la Guerra. Con él comenzó un proceso de refundación del Ejército, para intentar poner fin al caos en el que se había convertido después del levantamiento militar. Así mismo, asumió el mando unificado del Ejército y las Milicias, con su Estado Mayor144. Previamente, las milicias fueron militarizadas para tratar de evitar el enfrentamiento entre militares profesionales y milicianos. Este conflicto persistió de manera larvaria a lo largo de toda la guerra, puesto que era más lo que les separaba que lo que les unía, comenzando por la disciplina y terminando en la uniformidad145. Nunca desapareció la desconfianza entre unos y otros, y peor aún desde la aparición de los comisarios de guerra.

Los milicianos no tenían confianza en los pocos militares que fueron fieles a la República, y ello fue causa de que se creara el Comisariado de Guerra para todas las unidades. Los Comisarios habían de ser nombrados por el Ministro, designándolos de los partidos y organizaciones que combatían en los frentes. El Comisario debía ser el vigilante, el tutor, el padrino de todos los combatientes sin distinción de tendencias políticas o sindicales, esto es, como defensores de la República (Largo Caballero, 1976, pp. 112-113).

La confusión inicial trajo consigo una verdadera revolución en el Ejército que no siempre fue positiva y que afectó tanto a lo social como a lo militar. Un ejemplo fue el cambio de los emblemas y las divisas de todo el personal militar para diferenciarlo del bando antagónico, añadiendo una estrella roja de cinco puntas de manera generalizada146. La estrella roja fue suprimida pocos días antes de la finalización del conflicto147. De igual manera se generalizó, rozando el absurdo, el uso del mono de trabajo como uniforme y los saludos militares, como muestra de manifestación contraria a la disciplina militar148. Cuando por fin se ordenó la movilización general, los combatientes prefirieron alistarse en organizaciones políticas y sindicales, donde la disciplina era más relajada. Así nacieron batallones y brigadas republicanas, socialistas, comunistas, de la CNT, etc. (Azaña, 1986, p. 37).
Con el fin de incentivar el ingreso de milicianos de manera ordenada, en agosto se crearon los Batallones de Voluntarios, en especial en Madrid que estaba asediada. Para el ingreso, los milicianos debían tener entre 20 y 30 años de edad. Se comprometían a permanecer en filas mientras duraran las operaciones. Estaban al mando de oficiales y suboficiales del Ejército, Guardia Civil, de Asalto o Carabineros. Para incentivarlos se articularon una serie de ventajas equiparables al resto del Ejército, como el alojamiento, manutención, uniformes, y los haberes149. Otra ofrecía preferencia al ingreso en la Guardia Civil, Asalto o Carabineros. Al poco tiempo de la implementación del decreto de los milicianos voluntarios, se notó que no funcionaba tal y como había sido diseñado, porque a finales del mismo mes se derogó.
Se centraron entonces, con un nuevo decreto, en el ingreso directo en las Milicias Republicanas organizadas, y las encuadradas en unidades militares. Con él se propuso la posibilidad de ascender a los empleos que se hicieran acreedores por méritos en campaña. Aquellos empleos, hasta suboficial incluidos, les serían reconocidos al finalizar la guerra, pudiendo ingresar con ellos en las unidades del Ejército si así lo deseaban. Del mismo modo, se cancelarían las obligaciones militares contraídas. Se continuó con las preferencias de ingresos en instituciones de Seguridad, propuesto en el decreto anterior, y se aumentó con las Administraciones del Estado, provinciales y municipales. Los que tuvieran puestos de trabajos, les serían reservados por parte de la empresa150. En las movilizaciones se apeló a la reincorporación al servicio activo a petición propia, de los suboficiales en otras situaciones diferentes a la actividad, dentro de los límites de edad reglamentarios.
Había que aprovechar el bagaje profesional que atesoraban y que tan necesarios les iban a resultar. Fue la consecuencia lógica al decreto de 20 de julio de 1936, que permitía el reingreso de los jefes y oficiales en situación de retiro, reserva, complemento y cualquier otra que, a juicio del Gobierno, hubiera prestado servicios a la República151. Y en diciembre, se admitieron a los suboficiales en situación de retirado, que a petición propia, así lo solicitaran152. Pero hubo un exceso de peticiones que no cumplían las condiciones señaladas por el decreto, por lo que se aclaró que tan solo podían solicitarlo aquellos que, como mínimo, hubieran causado baja con el empleo de sargento. La normativa se suprimió en junio del año siguiente153. Conforme las hostilidades se alargaban, la necesidad de militares profesionales, suboficiales entre ellos, se hizo más perentoria.
El último decreto de reingreso voluntario se hizo en febrero de 1938 y a partir de entonces se dejó de apelar a la voluntariedad154. Así, en abril se ordenó la movilización de los suboficiales pertenecientes a los llamamientos de 1927 y 1928, aunque hubieran sido clasificados inútiles totales155. Y lo mismo sucedió en mayo para los llamamientos de 1925 y 1926156. El último se realizó en enero del año siguiente para el llamamiento de 1922, cuando el signo de la guerra estaba ya decidido157. El CS comenzó a diluirse en la vorágine de la guerra, drenado por los ascensos a oficial, lo que lo dejó inerme y falto de contenido. Incluso a los suboficiales de complemento, personal de dilatada experiencia, con formación previa y preparada en el mando con la tropa, se les ascendió al empleo de alférez, previo curso de información de quince días158.Llegados a este punto, es conveniente explicar el proceso mediante el cual el CS va desapareciendo poco a poco hasta su total extinción, por un decreto y una orden, que marcaron su devenir para el resto de la contienda. En primer lugar, con el decreto de 7 de agosto de 1936, el Gobierno autorizó al ministro de la Guerra, a conceder el ascenso a sargento, brigada y alférez, a los que se hicieran acreedores de ello, previo informe favorable de los jefes de las columnas159.
La orden de desarrollo de este decreto estableció que la antigüedad de los ascensos sería el 1 de agosto de 1936. En cuanto a los cabos que debían ingresar en el CS, dictaba que los declarados aptos para el ascenso se establecerían mediante riguroso orden de escalafonamiento, y los no aptos, mediante la antigüedad del empleo de cabo160. Los ascensos se fueron realizando en el transcurso de los seis meses siguientes de manera sucesiva, atendiendo a las necesidades de las unidades. Dos nuevas órdenes de ascenso general se realizaron en los meses de septiembre y octubre, con antigüedad del primero en cada uno de dichos meses, para aquellos que, a juicio del Gabinete de Información y Control, se hubieran hecho acreedores por su fidelidad y servicios a la República161.
Las antigüedades de las órdenes de ascenso de agosto y septiembre, fueron rectificadas a la de 19 de julio, para los sargentos y brigadas, y el uno de septiembre, para los alféreces162. La estadística de tales ascensos, hasta febrero de 1937, se resume en el siguiente cuadro:

Arma/Empleo Sargento Brigada Alférez Total
Infantería 1.709 606 215 2.530
Caballería 142 117 43 302
Artillería 664 307 84 1.055
Ingenieros 532 182 81 795
Intendencia 70 24 12 106
Sanidad 19 19 5 43
Total 3.136 1.255 440 4.831 Tabla 11.
Ascensos CS Ejército Popular agosto de 1936

En segundo lugar, hay que referirse al drástico cambio que supuso para el CS la orden por la que se suprimieron los empleos de brigada y de alférez, en el mes de noviembre163. En dicha orden se contemplaba el empleo de suboficial, que nunca perteneció al CS, puesto que era de la segunda clase de tropa antes de la ley de 4 de diciembre de 1931.



143 Decretos por el que se licencia las tropas cuyos mandos se hubieran colocado frente a la legalidad, y la disolución de las unidades del Ejército que tomaron parte en la insurrección, 18 de julio de 1936: DOMG. n.º 166.
144 Orden por la que el Ministro de la Guerra, asume el mando unificado del Ejército y Milicias, 15 de octubre de 1936: DOMG. n.º 211.
145 Decreto por el que se militarizan las milicias populares, 29 de septiembre de 1931: GM. n.º 274.
146 Orden por la que se suprimen las insignias militares del Ejército y son sustituidas por las que se relacionan, 31 de octubre de 1936: DOMG n.º 226. No debió ser muy estricto su cumplimiento cuando en abril de 1937, se recuerda la obligación de su uso por parte de todos los miembros del Ejército, 2 de abril de 1937: DOMG. n.º 83.Ver anexo XV.
147 Decreto por el que se suprime la estrella roja de cinco puntas de los uniformes militares, 17 de marzo de 1939: Diario Oficial de la Consejería de Guerra, DOCG n.º 3.
148 Orden por la que se establece el nuevo saludo militar con armas y sin ellas, 7 de octubre de 1936: DOMG. n.º 203.
149 Decreto por el que se crean los Batallones de Voluntarios, 2 de agosto de 1936: GM. n.º 216.
150 Decreto por el que se establecen los ascensos y demás prebendas, a los voluntarios de las Milicias Republicanas, 26 de agosto de 1936: GM. n.º 240
151 Decreto por el que se hace extensivo al personal del CS del Ejército los preceptos del Decreto de 20 de julio último (GM. n.º 208), 3 de octubre de 1936: GM. n.º 278. Se aclaró por orden de 23 de enero de 1937: DOMG. n.º 21.
152 El ingreso se realizaba en el mismo empleo con el que habían pasado a la situación de retirados, lo que produjo situaciones curiosas, como el hecho de que comenzaran a aparecer subtenientes en el Ejército, aunque fuera de manera transitoria hasta su ascenso a tenientes; el empleo de subteniente había desaparecido con la ley de reforma del CS de 1935, por lo que se hizo necesario regular sus insignias: una estrella roja sobre un barra de hilillos de oro de cinco milímetros de ancho y 35 de largo, en la guerrera y en la gorra, 1 de agosto de 1937: DOMG n.º 186.
153 Decreto por el que se concede el reingreso en servicio activo, a los retirados, 11 de diciembre de 1936: GM. N.º 347. Se aclaró por orden de 23 de enero de 1937: DOMG. n.º 21. Más tarde se suprimieron los reingresos de retirado por orden de 12 de junio de 1937: DOMG. n.º 142.
154 Decreto por el que se da de plazo hasta el 30 de abril, para el reingreso de oficiales y suboficiales en situaciones distintas a la actividad, 25 de febrero de 1938: DOMDN. N.º 50.
155 Decreto por el que se ordena la movilización de los llamamientos de 1927 y 1928, 12 de abril de 1938: DOMDN. n.º 89.
156 Decreto por el que se ordena la movilización de los llamamientos de 1925 y 1926, 27 de mayo de 1938: DOMDN. n.º 128.
157 Decreto por el que se ordena la movilización del llamamiento de 1922, 4 de enero de 1939: DOMDN. n.º 5.
158 Decreto para el reclutamiento de oficiales del Ejército, 15 de septiembre de 1936: DOMG. n.º 186.
159 Decreto por el que se autorizaba al Ministro de la Guerra, el ascenso a sargento, brigada y alférez, 7 de agosto de 1936: GM. n.º 221.
160 Orden circular por la que se concede el empleo superior inmediato a todos los suboficiales y cabos que sucesivamente se irán relacionando, 31 de agosto de 1936: GM. n.º 247. A los oficiales se les concedió por orden de 15 de septiembre: DOMG. n.º 185.
161 Orden por la que se asciende al empleo superior a los cabos, sargentos, brigadas, alféreces y tenientes, 15 de septiembre de 1936: DOMG. n.º 185 y 11 de octubre de 1936: DOMG. n.º 208.
162 Orden por la que se establecen las antigüedades de los ascensos, de 21 de septiembre de 1936: DOMG. n.º 190.
163 Orden por la que se asciende al empleo a teniente, de los suboficiales y se suprimen los empleos de brigada y alférez, 26 de noviembre de 1936: DOMG. n.º 250. Aquella orden fue rectificada por otra de 6 de diciembre del mismo año: DOMG. N.º 259.


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Y eso era así porque muchos de los reingresados al Ejército lo hacían con dicho empleo, y que habían continuado ostentando en la situación de retiro.

Puede haber parecido innecesario seguir manteniendo esas graduaciones en el nuevo Ejército, pero el resultado fue que el Ejército republicano se quedó sin suboficiales experimentados […] El verdadero armazón de un ejército lo constituyen los suboficiales con experiencia, y de ellos había pocos en el Ejército republicano, por lo que a nivel pelotón y sección se dio una ineficacia generalizada (Alpert, 1977, p. 147).

En un principio, preveía el ascenso a teniente de 1.120 alféreces y suboficiales de las diferentes Armas y Cuerpos:

Empleo/Armas Inf. Cab. Art. Ing. Int. Total
Alféreces
Suboficiales 820 40 190 40 30 1.120
Brigadas
Sargentos
Tabla 12. Ascensos a teniente de alféreces y suboficiales noviembre de 1936.

La orden significó una transformación en la estructura del Cuerpo y del Ejército, ya que el sargento quedó como único miembro componente entre los suboficiales. Paradoja de la historia, ya que Azaña no lo había incluido cuando lo creó. Para acogerse a ella, debían reunir dos condiciones:

 Demostrar ser adicto o indiferente hacia el régimen republicano.
 Acreditar dos años de antigüedad antes del 19 de julio de 1936,
además de haber asistido a dos cursos en academias regimentales
con buena nota, requisito que normalmente en esa fecha, ya todos cumplían.

Si el número de tenientes para el ascenso a capitán no era suficiente para cubrir las plazas ofertadas, se completaría con alféreces, suboficiales, brigadas y sargentos, por ese orden y en las mismas condiciones. Las vacantes de brigada y sargento serían cubiertas en las unidades, mediante el ascenso a sargento de los cabos y soldados más aptos para tales empleos, tanto por méritos en operaciones de campaña, como por sus conocimientos profesionales, siguiendo las instrucciones dictadas por las órdenes de ascenso general de los meses de agosto, septiembre y octubre ya citadas. Se entiende que en una contienda total como fue aquella, se empleen métodos de reclutamientos de suboficiales poco ortodoxos, hasta encontrar el más conveniente y sobre todo, eficaz, para los resultados que se pretendían. Pero el tiempo y la experiencia demostraron que en este caso no fue así.
Como resultado de ello, en los primeros días de enero de 1937, ascendieron a teniente todos los alféreces y brigadas164. Además, dado que su número no era aún suficiente, en órdenes posteriores se fueron sucediendo los ascensos de sargento a brigada y en la misma, de éstos al empleo de teniente. De igual manera ocurrió con los brigadas, que lo hicieron al empleo de alféreces y a continuación al de teniente, en la misma orden. El cuadro final de las sucesivas órdenes de diciembre, enero y mediados de febrero, es el siguiente:

Arma/Empleo Teniente
Infantería 848
Caballería 103
Artillería 586
Ingenieros 269
Intendencia 68
Sanidad 21
Total 1.895
Tabla 13. Ascenso a teniente de alféreces y brigada enero-febrero de 1937

Se puede apreciar que los sargentos que quedaban eran los que ascendieron desde el empleo de cabo, sin curso previo, y con escasa o nula formación, ya que habían ingresado en el Ejército como consecuencia de la urgente movilización, o que tenían su origen en las distintas milicias. Pero la realidad era que se necesitaba una acumulación de experiencia y formación para el mando de pelotón de la que ellos carecían y para la que no fueron preparados. Más tarde, ascenderían directamente al de teniente cuando tuvieran cumplidas las pocas condiciones que se necesitaban. Las consecuencias fueron de un gran calado y trajeron unas secuelas que se reflejaría en el mes de febrero de 1937, cuando se regularizó semejante transformación.
La degradación del CS era constante y acumulativa. Para entonces, no quedaban profesionales entre sus filas, con la suficiente experiencia, ni entre los sargentos y mucho menos entre los cabos. Todos los que eran suboficiales al comenzar la guerra, habían promocionado ya oficial desde hacía meses. Y habían sido sustituido por el rápido progreso en el escalafón desde cabo a teniente. Y a los que quedaban no se les podía considerar suboficiales. Por eso, a mitad de febrero de 1937, tuvo lugar el hito histórico más importante para el CS en su corta carrera: en el Ejército Popular se suprimió el escalón intermedio de los suboficiales, y los sargentos volvieron a tener la consideración de clases de tropa, junto con
los cabos y soldados. Era Ministro de la Guerra Francisco Largo Caballero y Manuel Azaña, presidente de la República, el mismo que lo había creado por ley en 1931. Esta sería la última actuación legislativa relativa al CS de la Segunda República165.

Artículo tercero. Las categorías en el Ejército serán, en lo sucesivo, las siguientes:
Jefes: Coronel, Teniente Coronel y Mayor; Oficiales: Capitán y Teniente; Clases: Sargento y Cabo […]
(Decreto 16 de febrero de 1937, DOMG. n.º 42)

Ya no se consideraba necesario para el Ejército, porque lo que más se apreciaba de los suboficiales era precisamente su amplia y dilatada experiencia en el mando directo con la tropa, su trato cercano. A partir de entonces, en la legislación militar que generó la Segunda República, o el Frente Popular, desaparece el grupo de mando de los suboficiales, y se refieren siempre a jefes, oficiales y clases: ascensos, plantillas, etc. Como ejemplo, citar que en noviembre de 1937, se dictó un decreto que regulaba los haberes de los sargentos del Ejército, “en armonía con los señalados para los cabos y soldados…”166. Por ello, cuando se realizó la citada movilización general de mayo de 1938, se incluyeron a los brigadas, que habían desaparecido en noviembre de 1936, en la inteligencia de que serían ascendidos a continuación a teniente, al no existir sus empleos en la nueva organización. De todos modos es necesario conocer los métodos de reclutamiento, formación y promoción, cuando el Cuerpo aún existía, y también conocer el ascenso a sargento y promoción de éstos a oficial, una vez extinguidos. Los mandos que se formaron en el Frente Popular, como sus ascensos, lo hicieron con carácter permanente y consolidado. Fue la principal característica diferenciadora con el Ejército Nacional, que lo fueron con carácter de provisionalidad. Pero aquel nuevo Ejército no llegó a fraguar, al perder la guerra y de una manera u otra, los que no se exiliaron, fueron represaliados por los vencedores.



164 Orden por la que se asciende al empleo de teniente, a los alféreces y brigadas que se citan, 9 de enero de 1937: DOMG. n,º 9, 10, 11 y 13
165 Decreto por el que se fijan las nuevas categorías en el Ejército, 16 de febrero de 1937: DOMG. n.º 42.
166 Decreto por los que se establecen los haberes de los sargentos del Ejército, 29 de noviembre de 1937: DOMDN. N.º 291.


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Reclutamiento, formación y promoción

El Frente Popular estaba altamente politizado, plagado de roces, inquinas y desconfianzas entre los diferentes partidos y sindicatos. El único afán era el de controlar el Ejército, lo que trajo consigo verdaderos enfrentamientos que el Gobierno fue incapaz de atajar. Especialmente por parte del Partido Comunista, que trató de hacerse con el poder castrense. Ese estado de perpetuo rencor, repercutió de manera negativa en el Ejército, y más concretamente, en el reclutamiento y formación de los mandos.

Antes de comenzar su estudio, hay que explicar que lo aquí expuesto trata sobre la enseñanza militar reglada del Ejército Popular para oficiales, es decir, la que dependía y controlaba directamente el Gobierno de la República. Las distintas facciones y partidos políticos tuvieron en un principio, sus propias escuelas de formación militar, al igual que Cataluña y País Vasco. De ellas no se hace eco este estudio. La razón de exponerlo es porque desde un principio se trató de alguna manera, de una formación para la promoción interna de los suboficiales, y además porque los que no lograban superar los planes de estudio, ascendían a lo que se denominó “sargentos en campaña”. No todo el que acudió a los distintos centros de formación que se crearon estaba en condiciones óptimas para asimilar las enseñanzas que en ellos se pretendían impartir. Era una muestra más del grado de postración en la que se encontraba la sociedad en materia de educativa, especialmente las clases menos favorecidas, que eran la inmensa mayoría en el Frente Popular. Por tanto, la formación militar siempre fue un reflejo de esas carencias previas. La urgencia ya expuesta, con la que había que atender la constante necesidad de cuadros de mando intermedio que la guerra requería, hizo estragos en el reclutamiento y en la formación. Comenzó a realizarse casi desde el principio de manera improvisada, muchas veces carente de imaginación y con frecuentes cambios de orientación en los métodos de enseñanza. Además, la llegada de nuevo material de guerra, de manera lenta pero inexorable, hacía necesario crear nuevos métodos de formación y promoción, con el fin de que las nuevas incorporaciones tuvieran un mínimo de preparación para la misión que tenían por delante. En octubre de 1936 se llevó a cabo el primer intento de promoción, con la creación de tres centros de formación para cuadros de mando y especialistas, precisamente con categoría de suboficial167:

 De instrucción de infantería y caballería, en la Escuela Central de Tiro
y Escuela de Aplicación de Caballería, en Carabanchel.
 De instrucción y organización permanente de artillería, en el cuartel del
Regimiento a Caballo de Madrid, y la sección de costa, en Cartagena.
 Instrucción de ingenieros, con dos secciones: zapadores y transmisiones,
en Retamares.

Estaba previsto que los cursos fueran de corta duración, sobre quince días, pero de gran intensidad y eminentemente prácticos, desarrollados con preferencia en el campo, con el fin de procurar el máximo rendimiento. En ellos realizarían los cursos los suboficiales que promocionarían a oficiales, con las normas ya citadas. Pero aquellos centros de instrucción nunca llegaron a funcionar, debido a que la vanguardia del ejército rebelde se encontraba a las puertas de Madrid. Aunque habría que puntualizar que también fueron causas de peso en la última decisión, la disparidad de pareceres entre las fuerzas políticas ya expresada y el Ejército. Este sería el método elegido durante la contienda para la formación de oficiales y para la promoción de suboficiales. Hay que observar que desde el principio, no se había previsto el reclutamiento y formación para al CS desde la tropa, y eso trajo graves consecuencias para el Ejército Popular.
En noviembre de 1936 se crearon los denominados Centros de Instrucción para oficiales, que supusieron el embrión sobre el que a posteriori, se basaría la enseñanza militar del Ejército republicano. Se crearon en base a la Escuela Antifascista de Valencia168. A partir de diciembre, aquellos centros adquirieron la denominación de Escuelas Populares de Guerra EPG, para la formación de oficiales de las diferentes armas y el cuerpo de intendencia169. El componente de “popular”, muy en boga en la época, fue precisamente el germen que acabó con la formación de oficiales antes de comenzar. Pasaron a depender de la recién creada Delegación e Inspección General de Escuelas Militares, con sede en Valencia, constituida por un Delegado Inspector General y tres Subdelegados, además de personal auxiliar170. Su número y ubicación fueron171:

 EPG n.º 1: intendencia, en Portaceli (Valencia)
 EPG n.º 2: artillería, primero en Lorca (Murcia) y después en Almansa (Albacete)
 EPG n.º 3: infantería-caballería, en Paterna (Valencia)
 EPG n.º 4: ingenieros, en Godella (Valencia)
 EPG n.º 5: artillería, en Gijón (Asturias)
 EPG n.º 6: infantería, en Bilba

Hubo otros intentos unilaterales por parte de partidos y demarcaciones territoriales de crear nuevas Escuelas, que fueron rápidamente corregidos por el Gobierno. Es el caso de la Escuela organizada por el Comisariado de la Circunscripción de Jaén que, aunque sus alumnos fueron ascendidos a tenientes en campaña, quedó claro que en lo sucesivo no se reconocerían otras enseñanzas ni títulos que no fueran adquiridos en las EPG172. En el mismo mes de diciembre, las EPG se llenaron de contenido mediante el destino de profesores y el nombramiento de los diferentes delegados de las distintas Escuelas y con la primera convocatoria para el ingreso en las mismas173.
Los profesores eran militares, pero podían ser también civiles asimilados a teniente o capitán provisional, dependiendo de la equiparación profesional previa, por lo que eran considerados movilizados y militarizados mientras ejercían sus cometidos en las escuelas174. A partir de mayo de 1937, las EPG se distinguieron tan solo por su numeración, partiendo de la antigüedad de creación, y se prohibió que se indicara su ubicación, tan solo su arma o cuerpo175:

 EPG n.º 1: Instructores de guerra de Cataluña
 EPG n.º 2: Artillería, en donde se cursaban todas las especialidades del arma
 EPG n.º 3: Infantería, Caballería e Intendencia
 EPG n.º 4: Ingenieros
 EPG n.º 5: Transmisiones
 EPG n.º 6: Del Norte, solo para infantería

Al desaparecer el Cuerpo de Suboficiales, para ser sargento había que realizar la formación correspondiente en las EPG, pero no una específica para ello. Eran precisamente los que no superaban la formación para oficiales, los que eran promovidos a lo que se denominó de manera general hasta el fin de la Guerra, sargentos en campaña o incluso a cabos en campaña:

Segundo. Los alumnos que fueren desaprobados en los cursos preparatorios, de aplicación o de repetición de éste, serán promovidos al empleo de cabo o sargento en campaña, de la respectiva arma o cuerpo; en virtud de la clasificación que de su aptitud y capacidad formulen los tribunales de examen como resultado del mismo; y si fuesen sargentos del Ejército, se reintegrarán a sus Cuerpos de procedencia176.

Las condiciones de ingreso variaron a lo largo de la campaña, con el fin de adaptarlas a las necesidades y sobre todo a la disponibilidad de aspirantes. Las edades para el ingreso estaban comprendidas entre los 19 y 36 años. Era por oposición libre y, por la fuerte politización del momento y a la falta de confianza existente, debían pertenecer a un partido político u organización sindical del Frente Antifascista, por lo que no era necesario ser previamente militar. Para los militares no se requerían tales filiaciones. Además, si tenían el empleo de sargento o superior, quedaban exentos de los exámenes de ingreso, tanto médicos como escritos, por lo que en este caso, se podía considerar para los sargentos como centros de promoción interna. La exención de examen era solo para los sargentos del Ejército Voluntario, procedentes del Ejército Regular, y los cabos con el curso de sargento aprobado177.
Para el ingreso, no se exigía titulación académica alguna, pero debían superar un examen sobre gramática, geografía, historia, idioma, geometría, álgebra y trigonometría. El régimen de las EPG era interno y sometidos a la disciplina militar, sin permisos ni licencias mientras durara la formación. Y el objetivo era obtener, en el mínimo tiempo, la máxima eficacia para el mando en combate. Constaba de dos cursos. El primero, preparatorio, común para todos, de 20 días de duración; el segundo, de aplicación, ya específica de las armas o cuerpos, con la misma duración para los que tuvieran aptitud, base de conocimiento y capacidad, y de 40 días para el resto de los aprobados en el preparatorio. Los alumnos cobraban diez pesetas diarias, a descontar la manutención y el material escolar. Los militares continuaban cobrando sus haberes correspondientes178. Los que superaban el curso, elegían arma o cuerpo, dependiendo de la calificación final. Los que no lo lograban, podían repetir curso una vez. Este hecho fue el origen de múltiples conflictos, al ser aprovechado para escapar temporalmente de las miserias del frente. Si de todos modos no conseguían superar la formación, ascendían a cabo o sargento en campaña. Y si eran expulsados, debían reintegrarse a sus unidades de origen y prestar servicio en filas hasta el final de la campaña.


167 Decreto por el que se crean los Centros de Instrucción de las armas y especialistas, 7 de octubre de 1936: GM. 283. Previamente se había creado una escuela con tres secciones, infantería, artillería e ingenieros, para la formación de oficiales. Orden 11 de agosto de 1936: DOMG. n.º 179.
168 Orden por la que se crean los Centros de Instrucción, 25 de noviembre de 1936: DOMG. n.º 248.
169 Orden por la que se denomina a los centros de formación, Escuelas Populares de Guerra, 8 de diciembre de 1936: DOMG. n.º 258. A partir de mayo de 1937, se asignó número a cada una de las EPG, orden 21 de mayo de 1937: DOMG. n.º 124. De esa manera, la n.º 1 pasó a denominarse de Instructores de Guerra de Cataluña. El reglamento de las mismas no se publicó hasta el 3 de enero de 1938: DOMG. n.º 11. Y el distintivo del profesorado se publicó por orden de 14 de noviembre de 1937: DOMG. 28.
170 Orden por la que se crea la Delegación e Inspección General de Escuelas Militares, 8 de diciembre de 1936: DOMG. n.º 258. Posteriormente se corrigió por orden de 7 de diciembre de 1936: DOMG. n.º 259. Desapareció por orden de 3 de junio de 1937: DOMG. n.º 134. A partir de entonces, las EPG pasaron a depender directamente de la Subsecretaría del Ejército, Sección de Instrucción.
171 De manera provisional, se crearon la de infantería, n.º 6 de Bilbao y la de artillería, n.º 5 de Trubia, por orden de 18 de diciembre de 1936: DOMG, nº. 268.
172 Orden por la que se asciende a tenientes en campaña, a los alumnos que habían realizado su formación en Jaén, 18 de febrero de 1937: DOMG. n.º 44.
173 Los profesores y delegados fueron nombrados en diferentes órdenes, con las mismas fechas y diario oficial, 24 de diciembre de 1936: DOMG. n.º 273. Cuando ascendían los así destinados, no perdían el destino, por orden de 6 de febrero de 1937: DOMG. n.º 33. La primera convocatoria, de 400 aspirantes para la EP G de infantería, caballería e intendencia, 28 de diciembre de 1936: DOMG. n.º 275. Hasta la finalización de la Guerra, se fueron sucediendo las convocatorias y cursos.
174 Artículo 9 de la orden 21 de mayo de 1937: DOMG. n.º 124.
175 Orden por la que se designan la EPG, 21 de mayo de 1936: DOMG. 124.
176 Orden por la que se dictan normas sobre las EPG, 8 de marzo de 1937: DOMG. n.º 68.
177 Orden por la que se dictan las exenciones para el ingreso en las EPG para los sargentos, 25 de enero de 1937: DOMG. n.º 22.
178 Posteriormente se amplió a los funcionarios y empleados públicos, ya fueran del Estado, municipios etc., y a los de entidades públicas, jornaleros y demás empleados que así lo tuvieran reconocido, orden de 30 de enero de 1937: DOMG. n.º 29.


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Al ser voluntario el ingreso en las EPG, era considerado un compromiso militar de servicio activo, mientras persistiera la guerra, por lo que no podía rescindirse ni renunciar al mismo por parte del que lograba superar la formación y ascender al empleo correspondiente179. Como consecuencia de la falta de aspirantes por una parte, y del deseo de alejarse del frente por otra, se hizo necesario regular su incorporación. A partir de julio de 1937, los aspirantes debían ser propuestos a la Subsecretaría por los jefes de su división, con respecto a sus condiciones y aptitud para el mando, además del entusiasmo por la causa republicana, debiendo como mínimo, saber leer y escribir, además de las cuatro reglas aritméticas180.
Como se puede observar, el nivel ya bajo de por sí, continuaba disminuyendo, muestra de la ineficacia del Ejército Popular. El método de selección era largo y complicado, dilatándose en el tiempo más de lo deseado, teniendo en cuenta las circunstancias que se vivían: cada jefe de unidad distribuía el número que le correspondía entre las compañías que la componían de manera proporcional. En éstas, se elegía por votación entre sargentos, cabos y soldados, un número doble del asignado. En una Junta integrada por el jefe de la división, el comisario político y un representante de cada una de las compañías que habían propuesto algún candidato, se confeccionaba la lista definitiva para elevarla a la superioridad. El resto de condiciones ya expresadas, continuaron. El método, aunque democrático, no cabe duda de que restaba eficacia al sistema. Debió ser bastante complejo y difícil de llevar a cabo, porque desde mediados del mes de octubre del mismo año, volvió a restablecerse el de las primeras convocatorias181.
Una nueva Escuela se creó en agosto de 1937 para la enseñanza de perfeccionamiento: la Escuela de Tiradores. Se trataba de formar a oficiales y sargentos como profesores de tiro de mortero, ametralladora, fusil y pistola. Los cursillos eran de corta duración, 15 días útiles. Los titulados en esta Escuela, eran destinados a las unidades para instruir a la tropa en el correcto manejo de las armas182. Pero las EPG, como elementos básicos de instrucción, no llegaron a la cima de su desarrollo debido a la falta de unidad de criterio, coordinación y orientación en lo referente a planes de estudio, métodos de enseñanza y disciplina, además de los defectos de reclutamiento que venía arrastrando el Frente Popular. Por ello, se trató de cambiar en agosto de 1937 mediante la instauración de cinco ciclos formativos, establecidos de manera escalonada183.

 Instrucción de clases.- En cada batallón o unidad similar, se crearon las escuelas de cabos, con el fin de instruir a los soldados y capacitarlos para el empleo de sargento. Tendría una duración de 40 días hábiles, tras los cuales se someterían a las pruebas pertinentes y los declarados aptos serían ascendidos a cabo.
Del mismo modo, en las brigadas se crearon las escuelas de sargentos, con análogas instrucciones que la de cabos en cuanto a duración de los cursos y pruebas, con el fin de instruirlos para el mando de sección. Estas escuelas tendrían dos periodos de formación: uno común de conocimientos generales y otro específico de cada arma.
 Escuelas de oficiales.- Establecidas en las brigadas y divisiones para la formación hasta nivel compañía, con una duración de 20 días hábiles. Tanto estas escuelas como las de sargentos, no capacitaban para el ascenso, tan solo informaban a los interesados sobre los conocimientos necesarios hasta nivel compañía.  EPG.- Se reunieron en un único centro de enseñanza, bajo una misma dirección. El objeto era el de promoción de sargentos a tenientes y el de teniente para capitán. También podían ingresar civiles, pero con una experiencia mínima en combate de seis meses.  Escuelas de Aplicación de Oficiales en Campaña.- Se establecieron en los cuerpos de ejército, y el fin era la de ampliación de conocimientos de cada arma o cuerpo.
 Cursos de Información.- Se trataba de curso para la formación de capitanes y mayores para el mando de batallón y brigada.

Las EPG se ubicaron en la n.º 3, de infantería-caballería, en Paterna (Valencia), con cinco secciones:

 1ª Sección.- Infantería.
 2ª Sección.- Artillería.
 3ª Sección.- Intendencia.
 4ª Sección.- Ingenieros.
 5ª Sección.- Transmisiones.

Un paso intermedio más, dentro de la formación, se organizó para preparar el ingreso en las EPG de manera eficaz. Se trataba de la creación de la Escuela General de Enseñanza Militar184. Tenía régimen de internado, con una duración no superior a cuarenta días. Las asignaturas serían las mismas que las necesarias para el ingreso en las EPG, además de la instrucción militar y gimnasia, común en los programas de las escuelas de sargentos. La salida de la Escuela con destino a las EPG y el ingreso de los nuevos alumnos, se realizaría sin solución de continuidad, para evitar pérdidas de tiempo, tan escaso para la preparación.
El reclutamiento e instrucción continuaba siendo insuficiente para las constantes necesidades de personal en las unidades, por lo que se crearon 15 Centros de Reclutamiento e Instrucción. Tenían misiones de alistamiento de los voluntarios, en vez de en las propias unidades en donde venían realizándose. Igualmente, ejercerían la misión de la movilización de personal, ganado y material185. En agosto de 1937, se estableció con carácter obligatorio, la instrucción premilitar para los jóvenes entre 18 y 20 años de edad, con periodos de entre tres y seis meses por año, compatible con los horarios de trabajo. Se creó la cartilla de instrucción premilitar, en donde se expresaba su filiación y conceptuación personal, estableciéndose dos periodos de formación: educación premilitar, hasta los dieciséis años de edad, e instrucción militar desde los diecisiete en adelante. En teoría, haría posible una más completa formación cuando se integraran al ejército regular186. A finales de 1938, y con el fin de unificar doctrinas, se creó la Inspección General de Instrucción Militar para dinamizar la formación187. Mediante el decreto se estableció que la instrucción para cabo se llevaría en los Centros de Instrucción de las brigadas, y para los sargentos en los de división. Los de oficiales se realizarían en los cuerpos de ejército. De ese modo, se requirió con carácter de urgencia el establecimiento de los Centros de Instrucción para cabos, sargentos y oficiales con el fin de que no se interrumpieran las funciones docentes188.
Dos hechos importantes destacan en el decreto. El primero es que a partir de entonces, para ser cabo era obligatorio ser previamente soldado, con un tiempo mínimo de experiencia de tres meses en el empleo, al igual que para ser sargento debía ser antes cabo. Esto que, antes de la contienda, parecía tan obvio, no venía realizando. Y el otro y más importante, es que la formación la realizaría el Ejército de Tierra. Es decir, se volvían a los modelos originales de reclutamiento y formación, tal y como se realizaba antes de la guerra189. Dada la dificultad de implementar el decreto, se ordenó la continuación de las EPG190. Pero ya era demasiado tarde para tratar de reconducir el reclutamiento y la formación de cabos y sargentos.
Los sargentos en campaña eran promovidos por los propios capitanes de compañía o por los comandantes de batallón, atendiendo a sus necesidades. No siempre eran confirmados por el ministro mediante su publicación en el diario oficial correspondiente. Ni tan siquiera los suspendidos en los cursos de las EPG fueron publicados de manera regular, lo que ha complicado la realización de su estadística. Como aproximación, es más sencillo calcular el número de aspirantes convocados a las EPG para comprobar la necesidad que de ellos había:

Infantería
Caballería ...... Artillería Ingenieros Transmisiones General Total
Intendencia
2.060 445 595 370 1.500 4.970
Tabla 14. Ascensos a sargentos en campaña.

Como se puede apreciar, a todas luces insuficientes para hacer frente a un ejército organizado y disciplinado en un conflicto largo y complicado.



179 Orden por la que se dictan normas sobre las EPG, 8 de marzo de 1937: DOMG. n.º 68.
180 Orden por la que se convocan setecientas plazas de alumnos en la EPG núm. 3, 28 de agosto de 1937: DOMG. 210.
181 Orden por la que se convocan noventa plazas de alumnos en la EPG núm. 4 (ingenieros) y noventa para la EPG núm. 5 (transmisiones), 11 de octubre de 1937: DOMG. 246.
182 Orden por la que se crea la Escuela de Tiradores, 25 de agosto de 1937: DOMDN. n.º 207
183 Orden por la que se dictan normas para la instrucción de Cuadros del Ejército, 8 de agosto de 1937: DOMG. n.º 192.
184 Orden por la que se crea la Escuela General de Enseñanza Militar, 14 de noviembre de 1937: DOMG. n.º 278.
185 Decreto por el que se reorganiza el Ejército, 15 de julio de 1937: DOMG. n.º 170, desarrollado por la orden de 9 de agosto de 1937: DOMG. n.º 217. La de Instrucción del Personal, tanto voluntario como forzoso, se organizó por orden de 15 de abril de 1938: DOMDN. n.º 96. 186 Decreto n.º 72, por el que se establece la instrucción premilitar y militar, 22 de abril de 1938: DOMDN. n.º 98.
187 Decreto por el que se crea la Inspección General de Instrucción Militar, 8 de octubre de 1938: DOMDN. n.º 625.
188 Orden 23.392 por la que se ordena el urgente establecimiento de los distintos Centros de Instrucción para oficiales, sargentos y cabos, 16 de noviembre de 1938: DOMDN. n.º 304.
189 Orden 24.033 por la que se desarrolla el decreto 137, 28 de noviembre de 1938: DOMDN. n.º 315.
190 Orden 24.260 por la que se estable la continuidad de las EPG Oriental y Centro, 1 de diciembre de 1938.


2016 07 19, 6:08
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Mensaje sin leer Re: Los suboficiales del Ejército de Tierra.

El CS del Ejército Nacional

En el bando sublevado también sucedieron ciertos absurdos con respecto a las tradiciones militares, aunque no se toleró la falta de disciplina, al tratarse precisamente de un levantamiento castrense. Como ejemplo, por comparar con el bando del Frente Popular, el saludo militar. Cuando se estableció como obligatorio el saludo denominado nacional, con la mano derecha levantada por encima de la cabeza, en principio no se consideró obligarlo a los miembros del Ejército191. Pero cuando finalizó la Guerra Civil, y la marcha de la Segunda Guerra Mundial se decantaba para las fuerzas del Eje, sí que se les impuso en ciertos actos192. Al finalizar ésta, con la derrota de las dictaduras europeas, quedó derogado en el ámbito militar193.
Por lo demás, tanto los empleos como las insignias continuaron invariables durante toda la contienda. La disciplina fue desde el principio, la seña de identidad del Ejército Nacional. Para ello se dieron instrucciones para que el saludo militar de los inferiores, efectuado con brío, fuera contestado de igual manera por los superiores194. Incluso surgieron dudas sobre los saludos a los militares habilitados a empleos superiores, que tuvo que aclarar el jefe del Ejército. Del mismo modo, se especificaron las normas de uniformidad para los miembros del Ejército, como seña de identidad, ya fueran militares o civiles militarizados195. Y no menos importante fue la persecución de las recomendaciones en el Ejército. La duda sobre la rectitud de los que tenían que tomar las últimas decisiones, sobre los méritos propios, hacía que se hubiera extendido el vicio de las recomendaciones, para lograr los deseos personales196.
El Ejército estaba bien dirigido, pero no disponía ni de la tropa para completar las unidades de nueva creación, ni de los mandos subalternos necesarios para dirigirlas. Por tanto, como sucedió en el bando republicano, necesitaba con urgencia completar las plantillas de mandos profesionales que debía tener para hacer frente a una guerra, que ya se presumía larga y complicada, al no haber triunfado el golpe de estado. Algunas de las medidas que había tomado la República, fueron igualmente implementadas en este bando. En primer lugar, se ascendió al empleo inmediato superior, a los brigadas, sargentos y cabos de las armas y cuerpos, que se sumaron desde el primer momento a la insurrección. En esta orden no estaban comprendidos los pertenecientes a El Tercio, ni los de Regulares Indígenas197
Estos ascensos tuvieron carácter definitivo y se había previsto que cuando cambiaran las circunstancias que lo propiciaron, se fijaría la antigüedad de manera definitiva. Este hecho es importante constatarlo, pues en lo sucesivo, sería la provisionalidad la que marcaría la norma. No suponía cambio de destino, que se iría regularizando dependiendo de las necesidades del Ejército. En el caso de los cabos, tenían que haber superado las pruebas de aptitud para el ascenso a sargento.
En marzo de 1937, se dio un nuevo impulso al ordenarse correr escalas, dentro de los Anuarios Militares, para el inmediato ascenso del personal profesional, de nuevo sin pérdida de destino198. El número fue importante y los ascensos se fueron publicando en sucesivas órdenes, con expresión de la antigüedad que les correspondía. De este modo, casi la práctica totalidad de los suboficiales del Ejército o promocionaron a oficiales o ascendieron a brigada, por lo que en las filas del Cuerpo tan solo quedaron los que habían sido cabos sin experiencia que deberían adquirirla en combate, o brigadas sin la práctica necesaria que la guerra requería y que, además, pronto promocionarían también a alférez debido, precisamente, a la dinámica de la guerra, que se presentía larga y sangrienta.

Promoción Ascenso Promoción Total
Arma-Cuerpo .... Brigada a alférez Sargento a brigada Cabo a sargento
Infantería 400 400 400 1.200
Caballería 100 100 100 300
Artillería 200 200 200 600
Ingenieros 75 75 75 225
Intendencia 38 38 38 114 Total 813 813 813 2.439
Tabla 15. Ascensos CS marzo de 1937

La escasez de estos mandos se trató de paliar mediante el reingreso en el Ejército, de los suboficiales profesionales que habían pasado a la situación de retirado por diversas normas durante la República, y que se unieron desde el principio a la insurrección199. A este personal se le aumentaron sus derechos pasivos, con un complemento anual. Recordemos que durante el año 1931, la República dictó una serie de normas, conocida como las Leyes de Azaña, con el fin de aligerar el Ejército de profesionales. En 1937 el bando nacional reintegró a parte de aquel personal, entre ellos los suboficiales que, desde el principio, se habían posicionado con sus ideas y se incorporaron a las filas de su Ejército. Para ello, los interesados debían solicitar a las autoridades militares su reincorporación a la actividad en sus escalas de origen, razonando las causas que le llevaron a solicitar el pase anticipado a aquella situación.
Como consecuencia de las muchas peticiones de reincorporación realizadas y que no cumplían las normas dictadas, se debió aclarar que tan solo serían readmitidos aquellos que se habían incorporado desde el principio a las filas del Ejército y que por tanto, venían realizando misiones de mando200. Había que evitar la lógica picaresca, propiciada para aprovechar la situación de confusión del principio de la insurrección. A estos suboficiales se les concedió una gratificación anual de 500 pesetas, además de continuar cobrando sus haberes pasivos201. Este personal no necesitaba de formación, por lo que su eficacia se suponía inmediata. Y en un acto de ideal patriótico característico del momento, se permitió el reingreso a los que fueron sancionados como consecuencia de los hechos acaecidos en Madrid el 10 de agosto de 1932, y los desarrollados en la primavera de 1935 en Alcalá de Henares, implicados en actos involucionistas contra la República, y que por ello fueron separados del servicio202.

Consistió, en realidad, en varias conspiraciones diferentes, de republicanos derechistas y promonárquicos que nunca llegaron a constituir una seria amenaza contra el orden establecido. La intentona fue fácilmente sofocada, casi sin derramamiento de sangre, las figuras más destacadas fueron encarceladas y varios centenares de oficiales, sospechosos de complicidad, fueron trasladados o pasados a la reserva (Payne, 1974, p. 20).

Desde el principio, destacaron cuatro figuras jurídicas, para legalizar las diferentes situaciones militares:

 Provisional.- La urgente necesidad de mandos subalternos que tuvo el Ejército desde el principio, obligó a seleccionar y formar, de manera rápida y eficaz, a los aspirantes más idóneos. Con el fin de no alterar de manera radical la constitución interna de las fuerzas armadas, a los ascensos así concedidos, se les dio un carácter de provisionalidad, con lo que se dejó al gobierno la libertad de poder modelar el futuro de la institución una vez finalizada la contienda203.
 Asimilación.- Ciertas profesiones, aunque se encontraban contempladas en el Ejército, no contaban con un número lo suficientemente importante para atender sus necesidades. Como ejemplo, los practicantes de farmacia, sanidad y veterinaria, que se encontraban incluidos en el CASE con asimilaciones militares de suboficial. Los que se incorporaban desde la vida civil, eran militarizados y se les concedió la asimilación de brigadas y sargentos204.
 Habilitación.- Se promovieron al empleo de alférez, a los brigadas de las armas e intendencia, que llevaran ya más de dos años de sargento. Sus puestos y misiones eran ocupados por sargentos, sin necesidad de habilitación. Estas habilitaciones las llevaban a cabo los generales de las divisiones orgánicas, los del mando superior de Marruecos y el comandante general de Canarias, que debían remitir la relación de los mismos a la Secretaría de Guerra, para su publicación en el BOE. Y los cabos lo serían a sargento, por los capitanes de las compañías, escuadrones o baterías, con la aprobación de los jefes de batallón205.
 Empleo honorífico.- Se crearon para atender ciertas ramas de las que el Ejércitos tenía necesidad, pero que no estaban previstas dentro de su organización. Se asignaban a los miembros de las unidades que tenían ciertas profesiones o estudios y los ascensos eran provisionales. Fue el caso de los Auxiliares de Contabilidad. Esta situación no se dio entre los suboficiales.



191 Decreto por el que se establece como obligatorio el saludo nacional, 24 de abril de 1942: BOE. n.º 187. Por orden de 15 de junio de 1938: BOE. n.º 602, se especificó que si el militar concurría a actos conjuntos con milicias, se emplearía el saludo nacional, al igual que cuando se desfilaba sin armas. Por fin, en marzo de 1938, se estableció como obligatorio, cuando se hallara descubierto, 3 de agosto de 1938: BOE. n.º 36.
192 Decreto por el que se refunden las disposiciones vigentes en lo que respecta al Himno Nacional, Cantos Nacionales y Saludos, 17 de julio de 1942: BOE. n.º 202.
193 Decreto por el que se deroga el decreto 263, de 24 de abril de 1937, disposiciones complementarias, y varios artículos del texto refundido por decreto de 17 de julio de 1942, 11 de septiembre de 1945: BOE. n.º 207.
194 Orden por la que se dictan normas sobre el saludo militar entre tropa y mandos, 17 de julio de 1942: BOE. n.º 202.
195 Orden por la que se establecen las normas de uniformidad para el personal del Ejército, 2 de noviembre de 1936: BOE. n.º 21.
196 Orden por la que se dictan normas para perseguir las recomendaciones, 1 de noviembre de 1936: BOE. n.º 21.
197 Decreto n.º 50, por el que se asciende al empleo superior a los suboficiales y cabos que se unieron al levantamiento, 18 de agosto de 1936: BOJDN. N.º 8. Este decreto fue muy importante y trascendió al final de la Guerra Civil.
198 Orden para que en el último Anuario Militar, corran las escalas los números necesarios para que inmediatamente ascienda el personal siguiente, 20 de marzo de 1937: BOE. N.º 151.
199 Decreto-ley de 2 de enero de 1937: BOE. n.º 83. Se reguló por orden de 19 de enero de 1937: BOE. n.º 13. Y se volvió a aclarar por orden de 28 del mismo mes y año: BOE. n.º 101.
200 Orden por la que aclaran las condiciones de reingreso en el Ejército dictada por el decreto-ley de 2 de enero de 1937, 28 de enero de 1937: BOE. n.º 101.
201 Orden por la que se conceden 500 pesetas anuales a los suboficiales retirados que se hallen prestando servicio en el Ejército, 13 de octubre de 1936: BOE. 3. En febrero de 1938 se hizo efectiva a los que se incorporaran y prestaran servicio por orden de la Autoridad Militar.
202 Decreto n.º 109, por el que se reintegran al servicio, en la situación, puesto y empleo que les correspondieren de no haber sido sancionados, 13 de septiembre de 1936: BOJDN. n.º 22. El 10 de agosto de 1932, el general Sanjurjo y un grupo de militares, se sublevaron contra la Segunda República sanjurjada. Solo tuvo cierto éxito momentáneo en Sevilla.
203 Decreto por el que se concede el empleo de alférez al CS y clases de tropa con las condiciones que se indican, 4 de septiembre de 1936: BOJDN. n.º 17.
204 Decreto por el que se militariza a los médicos y practicantes, con las asimilaciones que se contemplan, 13 de septiembre de 1936: BOJDN. n.º 23. 205 Orden por la que se establecen las normas de habilitación en el Ejército, 23 de noviembre de 1936: BOE. n.º 39.


2016 07 19, 6:27
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